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Documento DOUE-L-2007-80153

Decisión nº 1/2007 del Comité mixto CE/Suiza, de 31 de enero de 2007, que sustituye los cuadros III y IV b) del Protocolo nº 2.

Publicado en:
«DOUE» núm. 35, de 8 de febrero de 2007, páginas 29 a 31 (3 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2007-80153

TEXTO ORIGINAL

EL COMITÉ MIXTO,

Visto el Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y la Confederación Suiza firmado en Bruselas el 22 de julio de 1972 (en lo sucesivo, «el Acuerdo»), modificado por el Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza por el que se modifica el Acuerdo en lo que se refiere a las disposiciones aplicables a los productos agrícolas transformados, firmado en Luxemburgo el 26 de octubre de 2004, y su Protocolo no 2, y, en particular, su artículo 7,

Considerando lo siguiente:

(1) Para aplicar el Protocolo no 2 del Acuerdo, el Comité mixto fija precios de referencia internos para las Partes contratantes.

(2) Los precios reales han variado en los mercados interiores de las Partes contratantes en lo relativo a las materias primas a las que se aplican medidas de compensación de precio.

(3) Es necesario, por tanto, actualizar en consecuencia los precios de referencia y los importes que figuran en los cuadros III y IV b) del Protocolo no 2.

(4) El mercado real ha cambiado significativamente en comparación con los dos últimos años, está previsto que en mayo de 2007 se efectúe una revisión de la representatividad de los precios.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El cuadro III y el cuadro que figura bajo la letra b) del cuadro IV del Protocolo no 2 se sustituyen por los cuadros del anexo I y el anexo II de la presente Decisión.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el 1 de febrero de 2007.

Hecho en Bruselas, el 31 de enero de 2007.

Por el Comité mixto

El Presidente

Matthias BRINKMANN

ANEXO I

«CUADRO III

Precios de referencia interiores de la CE y Suiza

TABLA OMITIDA EN PÁGINA 30

ANEXO II

«CUADRO IV

b) Importes de base de materias primas agrícolas que se tienen en cuenta para el cálculo de los elementos agrícolas

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 31/01/2007
  • Fecha de publicación: 08/02/2007
  • Fecha de entrada en vigor: 01/02/2007
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA el cuadro III, por Decisión 2/2007, de 26 de julio (Ref. DOUE-L-2007-81541).
Referencias anteriores
  • MODIFICA el Protocolo nº 2 del Acuerdo de 26 de octubre de 2004 (Ref. DOUE-L-2005-80076).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Comercio extracomunitario
  • Productos agrícolas
  • Productos alimenticios
  • Suiza

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