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Documento DOUE-L-2007-80165

Reglamento (CE) nº 127/2007 de la Comisión, de 9 de febrero de 2007, por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 2368/2002 del Consejo por el que se aplica el sistema de certificación del proceso de Kimberley para el comercio internacional de diamantes en bruto.

Publicado en:
«DOUE» núm. 41, de 13 de febrero de 2007, páginas 3 a 5 (3 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2007-80165

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 2368/2002 del Consejo, de 20 de diciembre de 2002, por el que se aplica el sistema de certificación del Proceso de Kimberley para el comercio internacional de diamantes en bruto (1), y, en especial, su artículo 19,

Considerando lo siguiente:

(1) El artículo 19 del Reglamento (CE) no 2368/2002 establece una lista de autoridades comunitarias que la Comisión deberá mantener en el anexo III.

(2) Rumanía ha nombrado una autoridad comunitaria que ha comunicado a la Comisión. La Comisión concluyó que había pruebas suficientes de que esta autoridad podría cumplir de manera fiable, puntual, eficaz y adecuada las tareas encomendadas en los capítulos II, III y V del Reglamento (CE) no 2368/2002.

(3) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité mencionado en el artículo 22 del Reglamento (CE) no 2368/2002.

(4) Procede modificar el anexo III en consecuencia.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo III del Reglamento (CE) no 2368/2002 se sustituye por el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 9 de febrero de 2007.

Por la Comisión

Benita FERRERO-WALDNER

Miembro de la Comisión

___________________

(1) DO L 358 de 31.12.2002, p. 28. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 2026/2006 de la Comisión (DO L 384 de 29.12.2006, p. 85).

ANEXO

«ANEXO III

Lista de autoridades competentes de los Estados miembros y de las tareas encomendadas a las mismas, de conformidad con las disposiciones de los artículos 2 y 19

BÉLGICA

Federale Overheidsdienst Economie, KMO, Middenstand en Energie, Dienst Vergunningen/Service public fédéral économie,

PME, classes moyennes et énergie, Service licence

Italiëlei 124, bus 71

B-2000 Antwerpen

Tel. (32-3) 206 94 70

Fax (32-3) 206 94 90

E-mail: kpcs-belgiumdiamonds@economie.fgov.be

En Bélgica, los controles de las importaciones y las exportaciones de diamantes en bruto que exige el Reglamento (CE) no 2368/2002 y el régimen aduanero se realizará exclusivamente en:

The Diamond Office,

Hovenierstraat 22

B-2018 Antwerpen

REPÚBLICA CHECA

En la República Checa, los controles de las importaciones y las exportaciones de diamantes en bruto que exige el Reglamento (CE) no 2368/2002 y el régimen aduanero se realizará exclusivamente en:

Generální øeditelství cel

Budìjovická 7

CZ-140 96 Praha 4

Èeská republika

Tel.: (420) 261 33 38 41, (420) 261 33 38 59, mob. tel.: (420) 737 21 37 93

Fax: (420) 261 33 38 70

E-mail: diamond@cs.mfcr.cz

ALEMANIA

En Alemania, los controles de las importaciones y las exportaciones de diamantes en bruto que exige el Reglamento (CE) no 2368/2002, incluida la expedición de certificados comunitarios, la realizará exclusivamente la autoridad siguiente:

Hauptzollamt Koblenz

Zollamt Idar-Oberstein

Zertifizierungsstelle für Rohdiamanten

Hauptstraße 197

D-55743 Idar-Oberstein

Tel. (49-6781) 56 27-0

Fax (49-6781) 56 27-19

E-mail: zaio@hzako.bfinv.de

A efectos del artículo 5, apartado 3, de los artículos 6, 9 y 10, del artículo 14, apartado 3, y de los artículos 15 y 17 del presente Reglamento, relativos, en particular, a las obligaciones de informar a la Comisión, la autoridad alemana competente será la siguiente:

Oberfinanzdirektion Koblenz

Zoll- und Verbrauchsteuerabteilung

Vorort Außenwirtschaftsrecht

Postfach 10 07 64

D-67407 Neustadt/Weinstraße

Tel.: (49-6321) 89 43 49

Fax: (49-6321) 89 48 50

E-mail: poststelle@zabir.bfinv.de

RUMANÍA

Texto omitido en página 5

Tel. (40-21) 3184635 / 3129890 / 3121275

Fax (40-21) 3184635 / 3143462

www.anpc.ro

REINO UNIDO

Government Diamond Office

Global Business Group

Room W 3.111.B

Foreign and Commonwealth Office

King Charles Street

London SW1A 2AH

Tel. (44-207) 008 6903

Fax (44-207) 008 3905

GDO@gtnet.gov.uk»

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 09/02/2007
  • Fecha de publicación: 13/02/2007
  • Fecha de entrada en vigor: 14/02/2007
Referencias anteriores
  • SUSTITUYE el anexo III del Reglamento 2368/2002, de 20 de diciembre (Ref. DOUE-L-2002-82404).
Materias
  • Certificación comunitaria
  • Comercialización
  • Comercio extracomunitario
  • Piedras preciosas
  • Rumanía

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