Está Vd. en

Documento DOUE-L-2007-80410

Decisión de la Comisión, de 26 de marzo de 2007, que modifica la Decisión 2006/595/CE por la que se establece la lista de las regiones que pueden recibir financiación de los Fondos Estructurales con arreglo al objetivo de convergencia para el período 2007-2013 por lo que respecta a Bulgaria y Rumanía [notificada con el número C(2007) 1283].

Publicado en:
«DOUE» núm. 87, de 28 de marzo de 2007, páginas 15 a 15 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2007-80410

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1083/2006 del Consejo, de 11 de julio de 2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión y se deroga el Reglamento (CE) no 1260/1999 (1), y, en particular, su artículo 5, apartado 3,

Considerando lo siguiente:

(1) Mediante la Decisión 2006/595/CE (2), la Comisión estableció la lista de las regiones que pueden recibir financiación de los Fondos Estructurales con arreglo al objetivo de Convergencia para el período 2007-2013.

(2) Como consecuencia de la adhesión de Bulgaria y Rumanía, deberían añadirse regiones de esos dos países a la lista de regiones que se benefician de los Fondos Estructurales con arreglo al objetivo de Convergencia.

(3) Por lo tanto, procede modificar en consecuencia la Decisión 2006/595/CE.

(4) Por razones de claridad y seguridad jurídica, la presente Decisión debería ser aplicable a partir de la fecha de adhesión de Bulgaria y Rumanía.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El anexo I de la Decisión 2006/595/CE queda modificado como sigue:

a) antes del texto «CZ02 Střední Čechy» se inserta el texto siguiente:

«BG31 Severozapaden

BG32 Severen tsentralen

BG33 Severoiztochen

BG34 Yugoiztochen

BG41 Yugozapaden

BG42 Yuzhen tsentralen».

b) antes del texto «PT20 Região Autónoma dos Açores» se inserta el texto siguiente:

«RO11 Nord-Vest

RO12 Centru

RO21 Nord-Est

RO22 Sud-Est

RO31 Sud-Muntenia

RO32 București-Ilfov

RO41 Sud-Vest Oltenia

RO42 Vest».

Artículo 2

La presente Decisión será aplicable a partir del 1 de enero de 2007.

Artículo 3

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 26 de marzo de 2007.

Por la Comisión

Danuta HÜBNER

Miembro de la Comisión

___________________

(1) DO L 210 de 31.7.2006, p. 25. Reglamento modificado por el Reglamento (CE) no 1989/2006 (DO L 411 de 30.12.2006, p. 6).

(2) DO L 243 de 6.9.2006, p. 44.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 26/03/2007
  • Fecha de publicación: 28/03/2007
  • Aplicable desde el 1 de enero de 2007.
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo I de la DECISION 2006/595, de 4 de agosto (Ref. DOUE-L-2006-81718).
Materias
  • Ayudas
  • Bulgaria
  • Financiación comunitaria
  • Fondo de Cohesión
  • Fondo Estructural
  • Fondo Europeo de Desarrollo Regional
  • Fondo Social Europeo
  • Rumanía

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid