En la página 10, en el anexo (Anexo I: «Tribunal de la Función Pública de la Unión Europea»), en el artículo 7, en el apartado 5:
donde dice: «5. El Tribunal de la Función Pública decidirá sobre las costas. Sin perjuicio de las disposiciones particulares del Reglamento de procedimiento, la parte que pierda el proceso será condenada en costas, si así se decidiera.»,
debe decir: «5. El Tribunal de la Función Pública decidirá sobre las costas. Sin perjuicio de las disposiciones particulares del Reglamento de procedimiento, la parte que pierda el proceso será condenada en costas, si así lo hubiera solicitado la otra parte.».
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