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Documento DOUE-L-2007-82351

Corrección de errores del Reglamento (CE) nº 41/2007 del Consejo, de 21 de diciembre de 2006, por el que se establecen, para 2007, las posibilidades de pesca y las condiciones correspondientes para determinadas poblaciones y grupos de poblaciones de peces, aplicables en aguas comunitarias y, en el caso de los buques comunitarios, en las demás aguas donde sea necesario establecer limitaciones de capturas.

Publicado en:
«DOUE» núm. 332, de 18 de diciembre de 2007, páginas 106 a 107 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2007-82351

TEXTO ORIGINAL

En la página 18, en el capítulo VIII, en el título:

donde dice: «… BUQUES PESQUEROS DE TERCEROS PAÍSES EN LA ZONA DE REGULACIÓN DEL CPANE»,

debe decir: «… BUQUES PESQUEROS DE TERCEROS PAÍSES EN LA ZONA DEL CONVENIO DE LA CPANE».

En la página 18, en el artículo 49:

donde dice: «… buques pesqueros de terceros países en la zona de regulación del CPANE …»,

debe decir: «… buques pesqueros de terceros países en la zona del Convenio de la CPANE …».

En la página 19, en el artículo 52, apartado 3, y en el artículo 54, apartado 2:

donde dice: «… en la zona de regulación del CPANE»,

debe decir: «… en la zona del Convenio de la CPANE».

En la página 26, en el artículo 75, en el cuadro, en el epígrafe en la columna de la derecha:

donde dice: «Total de capturas (Tm)»,

debe decir: «Total de capturas (toneladas)».

En la página 48, en el anexo IA, en la especie: Gallos Lepidorhombus spp. en la zona VIIIc, IX y X:

donde dice: «Zona: VIIIc, IX y X; aguas de la CE del CPACO 31.1.1 …»,

debe decir: «Zona: VIIIc, IX y X; aguas de la CE del CPACO 34.1.1 …».

En la página 51, en el anexo IA, en la especie: Rape Lophiidae en la zona VIIIc, IX y X:

donde dice: «Zona: VIIIc, IX y X; aguas de la CE del CPACO 31.1.1 …»,

debe decir: «Zona: VIIIc, IX y X; aguas de la CE del CPACO 34.1.1 …».

En la página 57, en el anexo IA, en la especie: Merlán Merlangius merlangus en la zona IX y X:

donde dice: «Zona: IX y X; aguas de la CE del CPACO 31.1.1 …»,

debe decir: «Zona: IX y X; aguas de la CE del CPACO 34.1.1 …».

En la página 85, en el anexo IA, en la especie: Espadín Sprattus sprattus en la zona VIId y VIIe:

donde dice: «CE 6 144 TAC 6 144»,

debe decir: «CE 6 145 TAC 6 145».

En la página 98, en el anexo IB, en la especie: Carbonero Pollachius virens en aguas de las Islas Feroe de la zona Vb:

donde dice: «Francia 1 630»,

debe decir: «Francia 1 632».

En la página 103, en el anexo IB, en la especie: Gallineta nórdica Sebastes spp. en aguas de las Islas Feroe de la zona Vb:

donde dice: «Alemania 2 083»,

debe decir: «Alemania 2 084».

En la página 121, en el anexo IIA, en el punto 8.1.b):

donde dice: «… más del 70 % de bogavante»,

debe decir: «… más del 70 % de cigala».

En la página 125, en el anexo IIA, en el punto 13, en el cuadro I, en la columna «Denominación», en la última fila:

donde dice: «… redes de arrastre o redes de cerco danesas con malla > 120 mm …»,

debe decir: «… redes de arrastre o redes de cerco danesas con malla ≥ 120 mm …».

En la página 126, en el anexo IIA, en el punto 13, en el cuadro I, en la columna «Artes de pesca del punto 4.1», en la última fila:

donde dice: «c.iii»,

debe decir: «c.iv».

En la página 156, en el anexo IIIA, en el punto 8.2.b) ii):

donde dice: «ii) sus características se ajusten a las exigencias técnicas que figuran en el anexo.»,

debe decir: «ii) sus características se ajusten a las exigencias técnicas que figuran en el anexo del Reglamento (CE) no 254/2002 del Consejo, de 12 de febrero de 2002, por el que se establecen las medidas aplicables durante el año 2002 con vistas a la recuperación de la población de bacalao en el Mar de Irlanda (División CIEM VIIa).».

En la página 157, en el anexo IIIA, en el punto 9.8.b):

donde dice: «b) cuando las marcas de las boyas o los datos del SLB muestren que el propietario ha sido localizado a una distancia inferior a 100 millas náuticas de los artes durante un tiempo superior a 120 horas;»,

debe decir: «b) cuando las marcas de las boyas o los datos del SLB muestren que el propietario no ha sido localizado a una distancia inferior a 100 millas náuticas de los artes durante un tiempo superior a 120 horas;».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 18/12/2007
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 41/2007, de 21 de diciembre (Ref. DOUE-L-2007-80035).
Materias
  • Cuota de pesca
  • Pesca marítima

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