LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CE) n o 43/2009 del Consejo, de 16 de enero de 2009, por el que se establecen, para 2009, las posibilidades de pesca y las condiciones correspondientes para determinadas poblaciones y grupos de poblaciones de peces, aplicables en aguas comunitarias y, en el caso de los buques comunitarios, en las demás aguas donde sea necesario establecer limitaciones de capturas ( 1 ), y, en particular, su anexo XV, punto 4,
Considerando lo siguiente:
(1) La Comunidad Europea es Parte del Convenio sobre la futura cooperación multilateral en los caladeros del Atlántico Nororiental ( 2 ) desde 1981.
(2) En marzo de 2009, la Comisión de Pesquerías del Atlántico Nordeste (CPANE) modificó la lista de buques cuya participación en actividades de pesca ilegal, no declarada y no reglamentada ha quedado confirmada. Procede incorporar esa modificación en el ordenamiento jurídico comunitario.
(3) Procede, por tanto, modificar el Reglamento (CE) n o 43/2009 en consecuencia.
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El apéndice del anexo XV del Reglamento (CE) n o 43/2009 se sustituye por el texto del anexo del presente Reglamento.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 8 de julio de 2009.
Por la Comisión
Joe BORG
Miembro de la Comisión
_________________________________
( 1 ) DO L 22 de 26.1.2009, p. 1.
( 2 ) DO L 227 de 12.8.1981, p. 21.
ANEXO
El apéndice del anexo XV del Reglamento (CE) n o 43/2009 se sustituye por el texto siguiente:
«Apéndice del anexo XV
Lista de buques, con los correspondientes números OMI, cuya participación en actividades de pesca ilegal, no declarada y no reglamentada ha sido confirmada por la CPANE y la NAFO
Número OMI ( 1 ) de identificación del buque
Nombre del buque ( 2 )
Estado del pabellón ( 2 )
7306570
ALBORAN II
Panamá
7436533
ALFA
Georgia
7612321
AVIOR
Georgia
8522030
CARMEN
Chipre
7700104
CEFEY
8422852
DOLPHIN
Rusia
8604668
EROS DOS
Panamá
8522119
EVA
Chipre
6719419
GORILERO
Sierra Leona
7332218
IANNIS I
Panamá
8422838
ISABELLA
Chipre
8522042
JUANITA
Chipre
8707240
MAINE
Guinea Conakry
7385174
MURTOSA
Togo
8721595
NEMANSKIY
8421937
NICOLAY CHUDOTVORETS
Rusia
6706084
RED
Panamá
8522169
ROSITA
Chipre
7347407
SUNNY JANE
8606836
ULLA
Georgia
7321374
YUCATAN BASIN
Panamá
__________________________________
( 1 ) Organización Marítima Internacional.
( 2 ) En el sitio web de la CPANE figuran los cambios que se han producido en los nombres y pabellones, así como información adicional sobre los buques: www.neafc.org».
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