Está Vd. en

Documento DOUE-L-2010-80605

Reglamento (UE) nº 279/2010 de la Comisión, de 31 de marzo de 2010, por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 1284/2009 por el que se imponen determinadas medidas restrictivas contra la República de Guinea.

Publicado en:
«DOUE» núm. 86, de 1 de abril de 2010, páginas 20 a 21 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2010-80605

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n o 1284/2009 del Consejo, de 22 de diciembre de 2009, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas contra la República de Guinea ( 1 ) y, en particular, su artículo 15,

Considerando lo siguiente:

(1) El anexo II del Reglamento (UE) n o 1284/2009 establece la lista de personas, entidades y organismos afectados por la inmovilización de capitales y recursos económicos con arreglo a dicho Reglamento.

(2) La Decisión 2010/186/PESC del Consejo, de ( 2 ), modifica el anexo de la Posición Común 2009/788/PESC ( 3 ). Procede, pues, modificar en consecuencia el anexo II del Reglamento (UE) n o 1284/2009.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo II del Reglamento (UE) n o 1284/2009 quedará modificado según se especifica en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 31 de marzo de 2010.

Por la Comisión, en nombre del Presidente

João VALE DE ALMEIDA

Director General de Relaciones Exteriores

__________________________________

( 1 ) DO L 346 de 23.12.2009, p. 26.

( 2 ) DO L 83 de 30.3.2010, p. 23.

( 3 ) DO L 281 de 28.10.2009, p. 7.

ANEXO

El anexo II del Reglamento (UE) n o 1284/2009 quedará modificado como sigue:

Se suprimen las siguientes entradas:

Nombre (y posibles alias)

Datos de identificación

fecha y lugar de nacimiento (f.d.n. y l.d.n.), número de pasaporte (Pas.)/documento de identidad

Motivación

2.

General de División Mamadouba (alias Mamadou) Toto CAMARA

f.d.n.: 1.1.46 Pas.: R00009392

Ministro de Seguridad y Protección Civil

3.

General Sékouba KONATÉ

f.d.n.: 1.1.64

Ministro de Defensa

16.

Comandante Kelitigui FARO

f.d.n.: 3.8.72 Pas.: R0003410

43.

Sr. Kabinet (alias Kabiné) KOMARA

f.d.n.: 8.3.50 Pas.: R0001747

Primer Ministro

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 31/03/2010
  • Fecha de publicación: 01/04/2010
  • Fecha de entrada en vigor: 02/04/2010
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo II del Reglamento 1284/2009, de 22 de diciembre (Ref. DOUE-L-2009-82536).
Materias
  • Cuentas bloqueadas
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • República de Guinea
  • Sanciones

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid