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Documento DOUE-L-2012-82638

Decisión 2012/829/PESC del Consejo, de 21 de diciembre de 2012, por la que se modifica la Decisión 2010/413/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Irán.

Publicado en:
«DOUE» núm. 356, de 22 de diciembre de 2012, páginas 71 a 77 (7 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2012-82638

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Unión Europea, y en particular su artículo 29,

Considerando lo siguiente:

(1) El 26 de julio de 2010, el Consejo adoptó la Decisión 2010/413/PESC ( 1 ).

(2) Debe insertarse una disposición relativa a la mejora de la supervisión de todas las actividades de las entidades financieras de la Unión con las entidades financieras de Irán a la Decisión 2010/413/PESC.

(3) Además debe modificarse también una disposición de la Decisión 2010/413/PESC relativa a la inmovilización de fondos y recursos económicos.

(4) Además, debe incluirse a más personas y entidades en la lista de personas y entidades sujetas a medidas restrictivas que figura en el anexo II de la Decisión 2010/413/PESC, al tiempo que deben suprimirse de la misma los nombres de determinadas entidades y modificarse las menciones correspondientes a determinadas entidades.

(5) La Decisión 2010/413/PESC deberá por ello modificarse en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La Decisión 2010/413/PESC se modifica como sigue:

1) En el artículo 10 se intercala el apartado siguiente:

"3 bis) Las entidades financieras, en sus actividades con los bancos y entidades financieras que cita el apartado 1, deberán:

a) vigilar continuamente la actividad de las cuentas, entre otras cosas mediante sus programas relacionados con la debida diligencia del cliente y según sus obligaciones relativas al blanqueo de dinero y la financiación del terrorismo;

b) exigir que se cumplimenten todos los campos informativos de las instrucciones de pago relacionados con el origen y el beneficiario de la transacción de que se trate; de no facilitarse esa información, deberán rechazar la transacción;

c) mantener todos los registros de las transacciones durante un periodo de cinco años y ponerlos a disposición de las autoridades nacionales cuando éstas lo soliciten;

d) cuando sospechen o tengan motivos fundados para sospechar que los fondos están relacionados con la financiación de la proliferación, informar rápidamente de sus sospechas a la UIF o a otra autoridad competente designada por el Estado miembro de que se trate. La UIF o esa otra autoridad competente tendrán acceso directa o indirectamente y de manera periódica a la información financiera, administrativa y ejecutiva que necesiten para llevar a cabo adecuadamente esa función, incluido el análisis de los informes sobre transacciones sospechosas.".

2) El artículo 20, apartado 1, letra b) se sustituye por el siguiente:

"b) personas y entidades no incluidas en el anexo I que se dediquen, estén directamente vinculadas o presten apoyo a las actividades nucleares de Irán relacionadas con la proliferación o al desarrollo de sistemas vectores de armas nucleares, incluso mediante su participación en la adquisición de artículos, bienes, equipos, materiales y tecnologías prohibidos, las personas o entidades que actúen en su nombre o bajo su dirección, las entidades que sean de su propiedad o estén bajo su control, también por medios ilegales, y las personas que hayan ayudado a personas y entidades designadas a evadir las sanciones o infringir las disposiciones de las RCSNU 1737 (2006), 1747 (2007), 1803 (2008) y 1929 (2010) o de la presente Decisión, así como otros miembros veteranos y entidades del IRGC y del IRISL y entidades que sean de su propiedad o estén bajo su control, que actúen por cuenta de ellas o que les prestan servicios de seguro y otros servicios esenciales, según se enumeran en el anexo II.".

Artículo 2

El Anexo II de la Decisión 2010/413/PESC se modificará en los términos que figuran en el Anexo de la presente Decisión.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 21 de diciembre de 2012.

Por el Consejo

El Presidente

A. D. MAVROYIANNIS

_________________________

( 1 ) DO L 195, 27.7.2010, p. 39.

ANEXO

I. Se añadirá a la lista que figura en el Anexo II de la Decisión 2010/413/PESC a las personas y entidades que se enumeran a continuación:

"I. Personas y entidades implicadas en actividades relacionadas con la energía nuclear o con misiles balísticos y personas y entidades que apoyan al Gobierno de Irán

Personas

Nombre

Información identificativa

Motivos

Fecha de inclusión en la lista

1.

Babak Zanjani

Fecha de nacimiento: 12 de marzo de 1971

Babak Zanjani ayuda a entidades vetadas a infringir las disposiciones del Reglamento de la UE relativo a Irán y presta apoyo financiero al Gobierno de Irán. Zanjani es un muñidor fundamental para los tratos petroleros iraníes y para las transferencias de dinero relacionado con el petróleo. Zanjani es titular y dirigente del Grupo Sorinet basado en los Emiratos Árabes Unidos, y utiliza ciertas de sus compañías para canalizar pagos relacionados con el petróleo.

22.12.2012

Entidades

Nombre

Información identificativa

Motivos

Fecha de inclusión en la lista

1.

National Iranian Oil Prodcuts distribution Company (NIOPDC) Calle Shadab, n. o 1, Av. Iranshahr, Teherán, Apdo. de correos: 79145/3184 Tel: +98-21-77606030 Sitio web: www.niopdc.ir Filial de la National Iranian Oil Refining and Distribution Company (NIORDC)

22.12.2012

2.

Iranian Oil Pipelines and Telecommunications Company (IOPTC) Av. Sepahbod Gharani, n. o 194, Teherán, Tel: +98-21-88801960/ +98-21-66152223 Fax: +98-21-66154351 Sitio web: www.ioptc.com Filial de la National Iranian Oil Refining and Distribution Company (NIORDC)

22.12.2012

3.

National Iranian Oil Engineering and Construction Company (NIOEC) Av. Ostad Nejatollahi, n. o 263, Teherán, Apdo. de correos: 11365/6714 Tel: +98-21-88907472 Fax: +98-21-88907472 Sitio web: www.nioec.org Filial de la National Iranian Oil Refining and Distribution Company (NIORDC)

22.12.2012

4.

Instituto de Compuestos Iraní

Instituto de Compuestos Iraní, Universidad Iraní de Ciencia y Tecnología, 16845-188, Teherán, Irán, Teléfono: 98 217 3912858 Fax: 98 217 7491206 Correo elec.: ici@iust.ac.ir Sitio web: http://www.irancomposites.org El Instituto de Compuestos Iraní (ICI, igualmente denominado Instituto de Compuestos de Irán) ayuda a entidades vetadas a infringir las disposiciones relativas a las sanciones a Irán de las Naciones Unidas o de la UE y apoya directamente las actividades nucleares que amenazan proliferación. El ICI ha sido contratado desde 2011 para suministrar rotores de centrifugado IR-2M a la Iran Centrifuge Technology Company (TESA), entidad vetada por la UE.

22.12.2012

ES 22.12.2012 Diario Oficial de la Unión Europea L 356/73 Nombre

5.

Jelvesazan Company

Calle Bahman, 22, Av. Bozorgmehr, 84155666, Ispahán, Irán Tel: 98 0311 2658311 15 Fax: 98 0311 2679097 La Jelvesazan Company ayuda a entidades vetadas a infringir las disposiciones relativas a las sanciones a Irán de las Naciones Unidas y de la UE y apoya directamente las actividades nucleares iraníes que amenazan proliferación. Desde principios de 2012, Jelvesazan pretendió suministrar bombas controladas de vacío a la Iran Centrifuge Technology Company (TESA), entidad vetada por la UE.

22.12.2012

6.

Iran Aluminium Company

Arak Road, km 5, Tehran Road, 38189-8116, Arak, Irán Tel: 98 861 4130430 Fax: 98 861 413023 Sitio web: www.iralco.net La Iran Aluminium Company (igualmente denominada IRALCO, Iranian Aluminium Company) ayuda a entidades vetadas a infringir las disposiciones relativas a las sanciones a Irán de las Naciones Unidas y la UE y apoya directamente las actividades nucleares iraníes que amenazan proliferación. Desde mediados de 2012, IRALCO tiene contrato para suministrar aluminio a la Iran Centrifuge Technology Company (TESA), entidad vetada por la UE.

22.12.2012

7.

Simatec Development Company

La Simatec Development Company ayuda a entidades vetadas a infringir las disposiciones relativas a las sanciones a Irán de las Naciones Unidas y la UE y apoya directamente las actividades nucleares iraníes que amenazan proliferación. Desde principios de 2010, la Simatec fue contratada por la la Kalaye Electric Company (KEC), vetada por las Naciones Unidas, para suministrar inversores Vacon a las centrifugadoras de enriquecimiento del uranio de las centrales. Desde mediados de 2012, la Simatec ha intentado suministrar inversores controlados por la EU.

22.12.2012

8.

Aluminat

1. Calle Parcham, km 13 de la Qom Road, 38135 Arak (Fabrica) 2. Unidad 38, 5. o piso, Edificio n. o 60, Calle Golfam, Jordan, 19395-5716, Teherán Tel: 98 212 2049216 / 22049928 / 22045237 Fax: 98 21 22057127 Sitio web: www.aluminat. com Aluminat ayuda a entidades vetadas a infringir las disposiciones relativas a las sanciones a Irán de las Naciones Unidas y la UE y apoya directamente a las actividades nucleares iraníes que amenazan proliferación. A principios de 2012, Aluminat firmó contrato para suministrar aluminio 6061-T6 a la Iran Centrifuge Technology Company (TESA), entidad vetada por la UE.

22.12.2012

9.

Organización de Innovación e Investigación para la Defensa La Organización de Innovación e Investigación para la Defensa (SPND) ayuda a entidades y a personas vetadas a infringir las disposiciones relativas a las sanciones a Irán de las Naciones Unidas y la UE y apoya directamente a las actividades nucleares iraníes que amenazan proliferación. El OIEA considera que la SPND puede estar vinculada a las posibles dimensiones militares del programa nuclear

iraní, respecto del cual Irán sigue negándose a cooperar. La SPND está dirigida por Mohsen Fakhrizadeh, incluido en listas por las Naciones Unidas, y forma parte del Ministerio de Defensa para las las Logísticas de las Fuerzas Armadas (incluido en listas por la UE en mayo de 2011). Davoud Babaei también fue vetado por la UE en diciembre de 2011 en razón de su cargo de Jefe de Seguridad de la SPND, organización en la que es responsable de prevenir la revelación de información, incluyendo al OIEA.

22.12.2012

10.

First Islamic Investment Bank

Sucursal: 19A-31-3A, Nivel 31, Business Suite, Wisma UOA, Jalan Pinang 50450, Kuala Lumpur; Kuala Lumpur; Wilayah Persekutuan; 50450 Tel: 603-21620361/2/3/4, +6087417049/ 417050, +622157948110 Sucursal: Unidad 13 (C), Main Office Tower, Financial Park Labuan Complex, Jalan Merdeka, 87000 Territorio Federal (F.T.) de Labuan, Malasia; Labuan F.T; 87000 Relaciones de inversión: Menara Prima, piso 17, Jalan Lingkar, Mega Kuningan Blok 6.2 Yakarta 12950 – Indonesia; Yakarta Meridional; Yakarta; 12950 El First Islamic Investment Bank (FIIB) ayuda a entidades vetadas a infringir las disposiciones del Reglamento de la UE sobre Irán y ofrece apoyo financiero al Gobierno de Irán. El FIIB forma parte del Grupo Sorinet, del que es propietario y dirigente Babak Zanjani. Este banco se utiliza para canalizar pagos iraníes relacionados con el petróleo.

22.12.2012

11.

International Safe Oil

La International Safe Oil (ISO) ayuda a entidades vetadas a infringir las disposiciones del Reglamento de la UE sobre Irán y ofrece apoyo financiero al Gobierno de Irán. La ISO forma parte del Grupo Sorinet, del que es propietario y dirigente Babak Zanjani. Este banco se utiliza para canalizar pagos iraníes relacionados con el petróleo.

22.12.2012

12.

Sorinet Commercial Trust

SCT Bankers Company Sucursal: N. o 1808, piso 18, Grosvenor House Commercial Tower, Sheik Zayed Road, Dubai, EAU, Apdo. de correos 31988 Tel: 0097 14 3257022-99 Correo elec.: INFO@ SCTBankers.com Código SWIFT de Dubai: SCTSAEA1 Sucursal: N. o 301, 3er piso, Edificio Sadaf, Kish Island, Irán, Apdo. de correos 1618 Tel: +98 764 444 32 341-2 Fax: +98 764 444 50 390-1 El Sorinet Commercial Trust (SCT) ayuda a entidades vetadas a infringir las disposiciones del Reglamento de la UE sobre Irán y ofrece apoyo financiero al Gobierno de Irán. El SCT forma parte del Grupo Sorinet, del que es propietario y dirigente Babak Zanjani. Este banco se utiliza para canalizar pagos iraníes relacionados con el petróleo.

22.12.2012

13.

Hong Kong Intertrade Company Ltd

Hong Kong Intertrade Company, Hong Kong

La Hong Kong Intertrade Company Ltd (HKICO) ayuda a entidades vetadas a infringir las disposiciones del Reglamento de la UE sobre Irán y ofrece apoyo financiero al Gobierno de Irán. La HKICO es una compañía ficticia controlada por la National Iranian Oil Company (NIOC), entidad vetada por la UE. A mediados de 2012, se previó que la HKICO recibiera millones de dólares de las ventas de petróleo de la NIOC.

22.12.2012

14.

Petro Suisse

Petro Suisse Avenue De la Tour-Halimand 6, 1009 Pully, Suiza Petro Suisse ayuda a entidades vetadas a infringir las disposiciones del Reglamento de la UE sobre Irán y ofrece apoyo financiero al Gobierno de Irán. Es una compañía ficticia controlada por la NIOC, entidad vetada por la UE. La NIOC estableció Petro Suisse como compañía y se supone que utiliza sus cuentas para efectuar y recibir pagos. Petro Suisse siguió manteniendo contacto con la NIOC en 2012.

22.12.2012

15.

Oil Industry Pension Fund Investment Company (compañía de inversión del fondo de pensiones de la industria petrolera) Calle Taleghani, n. o 234, Teherán, Irán La Oil Industry Pension Fund Investment Company de Irán (OPIC, igualmente denominada Oil Pension Fund, NIOC Pension Fund, Petroleum Ministry Pension Fund) ofrece apoyo financiero al Gobierno de Irán. La OPIC trabaja al ámparo del Ministerio del Petróleo de Irán y de la National Iranian Oil Company (NIOC), ambas entidades se encuentran incluidas en las listas de la UE. La OPIC posee acciones en una serie de entidades vetadas por la UE.

22.12.2012

16.

CF Sharp and Company Private Limited

Esta entidad ha aportado su apoyo a la Irano-Hind Shipping Company (IHSC) (vetada por las Naciones Unidas el 9 de junio de 2010) para obviar las sanciones adoptadas contra ella. Tras ser incluida en lista, la IHSC ha intentado disimular su propiedad de tres buques petroleros, confiando su gestión a la Noah Ship Management, y luego a la Marian Ship Management. CF Sharp and Co ha colaborado en estos esfuerzos, celebrando un contrato de gestión de personal con la IHSC para el equipo de navegación de estos tres buques petroleros. Dicho contrato ha sido ejecutado por la Noah Ship Management y por la Marian Ship Management.

22.12.2012

17.

Universidad de Tecnología Sharif

Av. Azadi, 11365-8639, Teherán, Irán Tel: 98 21 66022727 Fax: 98 21 66036005 Sitio web: www.sharif.ir La Universidad de Tecnología Sharif (UTS) ayuda a entidades vetadas a infringir disposiciones relativas a sanciones a Irán de las Naciones Unidas y de la UE y ofrece apoyo a las actividades nucleares iraníes que amenazan proliferación. Desde finales de 2011, la UTS ha facilitado laboratorios para su uso por la entidad nuclear iraní Kalaye Electric Company (KEC),

vetada por las Naciones Unidas, y la Iran Centrifuge Technology Company (TESA), vetada por la UE

22.12.2012

18.

Moallem Insurance Company (igualmente denominada: Moallem Insurance; Moallem Insurance Co.; M.I.C; Export and Investment Insurance Co.) Bulevar Haghani, n. o 56, Plaza Vanak, Teherán 1517973511, Iran Apdo. de correos 19395- 6314, 11/1 Av. Sharif, Plaza Vanaq, Teherán 19699, Irán Tel.: (98-21) 886776789, 887950512, 887791835 Fax: (98-21) 88771245 Sitio web: www.mic-ir.com Aseguradora principal de la IRISL (compañía naviera de la República Islámica de Irán)

22.12.2012"

II. Las menciones correspondientes a las entidades que figuran en el Anexo II de la Decisión 2010/413/PESC se sustituirán por las menciones siguientes.

"B. Entidades

Nombre

Información identificativa

Motivos

Fecha de inclusión en la lista

1.

Technology Cooperation Office (TCO) (Oficina de Cooperación Tecnológica) del Gabinete del Presidente de Irán (también conocida como: Center for Innovation and Technology (CITC)) Teherán, Irán

Responsable del progreso tecnológico de Irán mediante adquisiciones importantes en el extranjero y mediante el mantenimiento de vínculos para la formación. Ofrece apoyo a los programas nucleares y de misiles.

26.7.2010

2.

Sureh (también conocida como: Soreh) (Nuclear Fuel Reactor Company)Nuclear Reactors Fuel Company (también conocida como: Nuclear Fuel Reactor Company; Sookht Atomi Reactorhaye Iran; Soukht Atomi Reactorha-ye Iran) Domicilio social: 61 Shahid Abtahi St, Karegar e Shomali; Teherán Complejo de Teherán: Persian Gulf Boulevard, Km20 SW Esfahan Road; Esfahan Filial de la Organización Iraní de Energía Atómica (OIEA), sancionada por las Naciones Unidas, formada por la Central de Conversión de Uranio, la Central de Fabricación de Combustible y la Central de Producción de Circonio.

23.5.2011

3.

Tidewater (también conocida como. Tidewater Middle East Co; Faraz Royal Qeshm Company LLC) Domicilio postal: Tidewater Building, n o 80, Vozara Street, cerca del Saie Park, Tehran, Iran propiedad de, o controlada por, IRGC

23.1.2012"

III. Las entidades que se enumeran a continuación deberán retirarse de la lista que figura en el Anexo II de la Decisión 2010/413/PESC:

1. CF Sharp Shipping Agencies Pte Ltd

2. Soreh (Nuclear Fuel Reactor Company)

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 21/12/2012
  • Fecha de publicación: 22/12/2012
  • Fecha de entrada en vigor: 22/12/2012
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE ANULA:
    • lo indicado, por Sentencia de 22 de septiembre de 2015 (Ref. DOUE-Z-2015-70027).
    • en la forma establecida lo indicado, por Sentencia de 10 de julio de 2014 (Ref. DOUE-Z-2014-70020).
    • lo indicado, por Sentencia de 3 de julio de 2014 (Ref. DOUE-Z-2014-70015).
    • en la forma establecida lo indicado, por Sentencia de 3 de julio de 2014 (Ref. DOUE-Z-2014-70016).
    • en la forma establecida lo indicado, por Sentencia de 3 de julio de 2014 (Ref. DOUE-Z-2014-70014).
  • CORRECCIÓN de errores en DOUE L 268, de 10 de octubre de 2013 (Ref. DOUE-L-2013-82032).
Referencias anteriores
  • MODIFICA los arts. 10, 20 y anexo II de la Decisión 2010/413,de 26 de julio (Ref. DOUE-L-2010-81327).
Materias
  • Armas
  • Comercio extracomunitario
  • Energía nuclear
  • Irán
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • Sanciones
  • Tecnología

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