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Documento DOUE-L-2013-80472

Decisión de la Comisión, de 15 de marzo de 2013, por la que se modifican las Decisiones 2007/506/CE y 2007/742/CE al objeto de prorrogar la vigencia de los criterios ecológicos para la concesión de la etiqueta ecológica de la UE a determinados productos [notificada con el número C(2013) 1411].

Publicado en:
«DOUE» núm. 75, de 19 de marzo de 2013, páginas 34 a 34 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2013-80472

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n o 66/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, relativo a la etiqueta ecológica de la UE (1), y, en particular, su artículo 8, apartado 3, letra c),

Previa consulta al Comité de Etiqueta Ecológica de la Unión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1) La Decisión 2007/506/CE de la Comisión, de 21 de junio de 2007, por la que se establecen los criterios ecológicos para la concesión de la etiqueta ecológica comunitaria a jabones, champús y acondicionadores de cabello (2), expira el 31 de marzo de 2013.

(2) La Decisión 2007/742/CE de la Comisión, de 9 de noviembre de 2007, por la que se establecen los criterios ecológicos para la concesión de la etiqueta ecológica comunitaria a las bombas de calor accionadas eléctricamente o por gas o de absorción a gas (3), expira el 31 de marzo de 2013.

(3) Se ha llevado a cabo una evaluación de la pertinencia e idoneidad de los criterios ecológicos actuales, así como de los correspondientes requisitos de evaluación y comprobación, establecidos mediante esas Decisiones. Teniendo en cuenta las diferentes fases del proceso de revisión de esas Decisiones, conviene prorrogar los períodos de vigencia de los criterios ecológicos y los requisitos correspondientes de evaluación y comprobación en ellas establecidos. Procede prorrogar la vigencia de los criterios ecológicos y de los requisitos correspondientes de evaluación y comprobación establecidos en las Decisiones 2007/506/CE y 2007/742/CE hasta el 31 de diciembre de 2013.

(4) Procede, por tanto, modificar en consecuencia las Decisiones 2007/506/CE y 2007/742/CE.

(5) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité establecido en el artículo 16 del Reglamento (CE) n o 66/2010.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El artículo 4 de la Decisión 2007/506/CE se sustituye por el texto siguiente:

«Artículo 4

Los criterios ecológicos aplicables a la categoría de productos "jabones, champús y acondicionadores de cabello", así como los requisitos de evaluación y comprobación correspondientes, serán válidos hasta el 31 de diciembre de 2013.».

Artículo 2

El artículo 4 de la Decisión 2007/742/CE se sustituye por el texto siguiente:

«Artículo 4

Los criterios ecológicos para la categoría de productos "bombas de calor accionadas eléctricamente o por gas o de absorción a gas", así como los requisitos de evaluación y comprobación correspondientes, serán válidos hasta el 31 de diciembre de 2013.».

Artículo 3

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 15 de marzo de 2013.

Por la Comisión

Janez POTOÈNIK

Miembro de la Comisión

_____________

(1) DO L 27 de 30.1.2010, p. 1.

(2) DO L 186 de 18.7.2007, p. 36.

(3) DO L 301 de 20.11.2007, p. 14.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 15/03/2013
  • Fecha de publicación: 19/03/2013
Referencias anteriores
Materias
  • Aparatos de uso doméstico
  • Artículos de aseo e higiene
  • Climatización
  • Cosméticos
  • Etiquetas
  • Medio ambiente

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