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Documento DOUE-L-2013-80566

Reglamento de Ejecución (UE) nº 290/2013 de la Comisión, de 26 de marzo de 2013, que modifica por 190a vez el Reglamento (CE) nº 881/2002 del Consejo, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con la red Al-Qaida.

Publicado en:
«DOUE» núm. 87, de 27 de marzo de 2013, páginas 2 a 3 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2013-80566

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n o 881/2002 del Consejo, de 27 de mayo de 2002, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con la red Al-Qaida ( 1 ), y, en particular, sus artículos 7, apartado 1, letra a), 7 bis, apartado 1, y 7 bis, apartado 5.

Considerando lo siguiente:

(1) En el anexo I del Reglamento (CE) n o 881/2002 figura la lista de las personas, grupos y entidades a los que afecta la congelación de fondos y recursos económicos de acuerdo con ese mismo Reglamento.

(2) El 18 de marzo de 2013, el Comité de Sanciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (CSNU) decidió retirar una persona física de la lista de personas, grupos y entidades a los que afecta la congelación de fondos y recursos económicos. El 19 de marzo de 2013, el Comité de Sanciones del CSNU decidió añadir una entidad a la lista. Además, el 15 de marzo de 2013, el Comité de Sanciones del CSNU decidió modificar tres entradas de la lista.

(3) En vista de ello, el anexo I del Reglamento (CE) n o 881/2002 debe modificarse en consecuencia.

(4) El presente Reglamento debe entrar en vigor inmediatamente a fin de garantizar la eficacia de las medidas previstas en el mismo.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo I del Reglamento (CE) n o 881/2002 queda modificado de acuerdo con lo establecido en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 26 de marzo de 2013.

Por la Comisión, en nombre del Presidente Director del Servicio de Instrumentos de Política Exterior

_______________________

( 1 ) DO L 139 de 29.5.2002, p. 9.

ANEXO

El anexo I del Reglamento (CE) n o 881/2002 queda modificado como sigue:

1) En el epígrafe «Personas jurídicas, grupos y entidades» se añade la entrada siguiente:

«Ansar Eddine (alias Ansar Dine). Dirección: Mali. Fecha de designación mencionada en el artículo 2 bis, apartado 4, letra b): 20.3.2013.».

2) En el epígrafe «Personas físicas» se suprime la entrada siguiente:

«Abdelghani Mzoudi [alias a) Abdelghani Mazwati, b) Abdelghani Mazuti, c) Talha]. Dirección: Marruecos. Fecha de nacimiento: 6.12.1972. Lugar de nacimiento: Marrakech (Marruecos). Nacionalidad: marroquí. Pasaporte n o : F 879567 (pasaporte marroquí expedido en Marrakech [Marruecos] el 29.4.1992). Número de identificación nacional: E 427689 (documento nacional de identidad marroquí, expedido el 20.3.2001 por el Consulado de Marruecos en Düsseldorf [Alemania]. Información complementaria: a) el nombre del padre es Abdeslam Ahmed; b) el nombre de la madre es Aicha Hammou; c) tras su liberación, se fue de Alemania a Marruecos en junio de 2005. Fecha de designación mencionada en el artículo 2 bis, apartado 4, letra b): 10.6.2003.».

3) La entrada «Hassan Dahir Aweys [alias a) Ali, Sheikh Hassan Dahir Aweys, b) Awes, Shaykh Hassan Dahir, c) Hassen Dahir Aweyes, d) Ahmed Dahir Aweys, e) Mohammed Hassan Ibrahim, f) Aweys Hassan Dahir, g) Hassan Tahir Oais, h) Hassan Tahir Uways, i) Hassan Dahir Awes, j) Sheikh Aweys, k) Sheikh Hassan, l) Sheikh Hassan Dahir Aweys]. Título: a) jeque, b) coronel. Dirección: Somalia. Fecha de nacimiento: 1935. Lugar de nacimiento: Somalia. Nacionalidad: somalí. Información complementaria: a) se considera presente en Eritrea desde noviembre de 2007; b) origen familiar: del clan Hawiye’s Habergidir, Ayr; c) alto dirigente de Al-Itihaad Al-Islamiya (AIAI) y de Hizbul Islam en Somalia; d) sujeto desde el 12 de abril de 2010 a las medidas establecidas en el Reglamento (UE) n o 356/2010 relativo a Somalia y Eritrea. Fecha de designación mencionada en el artículo 2 bis, apartado 4, letra b): 9.11.2001.» del epígrafe «Personas físicas» se sustituye por el texto siguiente:

«Hassan Dahir Aweys [alias a) Ali, Sheikh Hassan Dahir Aweys, b) Awes, Shaykh Hassan Dahir, c) Hassen Dahir Aweyes, d) Ahmed Dahir Aweys, e) Mohammed Hassan Ibrahim, f) Aweys Hassan Dahir, g) Hassan Tahir Oais, h) Hassan Tahir Uways, i) Hassan Dahir Awes, j) Sheikh Aweys, k) Sheikh Hassan, l) Sheikh Hassan Dahir Aweys]. Título: a) jeque, b) coronel. Dirección: Somalia. Fecha de nacimiento: 1935. Lugar de nacimiento: Somalia. Nacionalidad: somalí. Información complementaria: a) Somalia meridional (desde noviembre de 2012), b) también se considera presente en Eritrea desde noviembre de 2007. Fecha de designación mencionada en el artículo 2 bis, apartado 4, letra b): 9.11.2001.».

4) La entrada «Hassan Abdullah Hersi Al-Turki [alias a) Hassan Turki, b) Hassen Abdelle Fihiye, c) Sheikh Hassan Abdullah Fahaih, d) Hassan Al- Turki, e) Hassan Abdillahi Hersi Turki, f) Sheikh Hassan Turki, g) Xasan Cabdilaahi Xirsi, h) Xasan Cabdulle Xirsi]. Fecha de nacimiento: aproximadamente 1944. Lugar de nacimiento: Región V, Etiopía (la Región de Ogaden en Etiopía Oriental). Nacionalidad: somalí. Información complementaria: a) se considera presente en el sur de Somalia, en el bajo Juba, cerca de Kismayo, principalmente en Jilibe y Burgabo, desde noviembre de 2007; b) origen familiar: del subclán Reer- Abdille del clan Ogaden clan; c) forma parte del grupo dirigente de Al-Itihaad Al- Islamiya (AIAI); d) sujeto a las medidas establecidas en el Reglamento (UE) n o 356/2010 relativo a Somalia. Fecha de designación mencionada en el artículo 2 bis, apartado 4, letra b): 6.7.2004.» del epígrafe «Personas físicas» se sustituye por el texto siguiente:

«Hassan Abdullah Hersi Al-Turki [alias a) Hassan Turki, b) Hassen Abdelle Fihiye, c) Sheikh Hassan Abdullah Fahaih, d) Hassan Al- Turki, e) Hassan Abdillahi Hersi Turki, f) Sheikh Hassan Turki, g) Xasan Cabdilaahi Xirsi, h) Xasan Cabdulle Xirsi]. Fecha de nacimiento: aproximadamente 1944. Lugar de nacimiento: Región V, Etiopía (la Región de Ogaden en Etiopía Oriental). Nacionalidad: somalí. Dirección: se considera presente en el sur de Somalia, en el bajo Juba, cerca de Kismayo, principalmente en Jilibe y Burgabo, desde noviembre de 2012; Fecha de designación mencionada en el artículo 2 bis, apartado 4, letra b): 6.7.2004.»

5) La entrada «Al-Itihaad Al-Islamiya/AIAI (alias AIAI). Información complementaria: a) se considera que opera en Somalia y Etiopía; c) entre los dirigentes figuran Hassan Abdullah Hersi Al-Turki y Hassan Dahir Aweys; c) AIAI ha recibido fondos a través de la Fundación Islámica Al-Haramain (Somalia). Fecha de designación mencionada en el artículo 2 bis, apartado 4, letra b): 6.10.2001.» del epígrafe «Personas jurídicas, grupos y entidades», se sustituye por el texto siguiente:

«Al-Itihaad Al-Islamiya/AIAI (alias AIAI). Información complementaria: Se considera que operó en Somalia y Etiopía. Fecha de designación conforme al artículo 2 bis, apartado 4, letra b): 6.10.2001.».

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 26/03/2013
  • Fecha de publicación: 27/03/2013
  • Fecha de entrada en vigor: 27/03/2013
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo I del Reglamento 881/2002, de 27 de mayo (Ref. DOUE-L-2002-80901).
Materias
  • Afganistán
  • Cuentas bloqueadas
  • Sanciones
  • Terrorismo

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