Contingut no disponible en valencià

Us trobeu en

Documento DOUE-L-2013-81505

Decisión 2013/395/PESC del Consejo, de 25 de julio de 2013, por la que se actualiza y modifica la lista de personas, grupos y entidades a los que se aplican los artículos 2, 3 y 4 de la Posición Común 2001/931/PESC sobre la aplicación de medidas específicas de lucha contra el terrorismo, y se deroga la Decisión 2012/765/PESC.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOUE» núm. 201, de 26 de julio de 2013, páginas 57 a 59 (3 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2013-81505

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 29,

Considerando lo siguiente:

(1) El 27 de diciembre de 2001, el Consejo adoptó la Posición Común 2001/931/PESC, sobre la aplicación de medidas específicas de lucha contra el terrorismo (1).

(2) El 10 de diciembre de 2012, el Consejo adoptó la Decisión 2012/765/PESC por la que se actualiza la lista de personas, grupos y entidades a los que se aplican los artículos 2, 3 y 4 de la Posición Común 2001/931/PESC (2).

(3) De conformidad con el artículo 1, apartado 6, de la Posición Común 2001/931/PESC, es necesario realizar una revisión completa de la lista de personas, grupos y entidades a los que se aplica la Decisión 2012/765/PESC.

(4) La presente Decisión recoge los resultados de la revisión que el Consejo ha llevado a cabo con respecto a las personas, grupos y entidades a los que se aplican los artículos 2, 3 y 4 de la Posición Común 2001/931/PESC.

(5) El Consejo ha concluido que las personas, grupos y entidades a los que se aplican los artículos 2, 3 y 4 de la Posición Común 2001/931/PESC han intervenido en actos terroristas a tenor del artículo 1, apartados 2 y 3, de la Posición Común 2001/931/PESC, que una autoridad competente ha adoptado una decisión al respecto en el sentido del artículo 1, apartado 4, de dicha Posición Común, y que se les deben seguir aplicando las medidas restrictivas específicas establecidas en ella.

(6) El Consejo ha establecido además que otro grupo ha intervenido en actos terroristas a tenor del artículo 1, apartados 2 y 3, de la Posición Común 2001/931/PESC; que una autoridad competente en el sentido del artículo 1, apartado 4, de la citada Posición Común ha adoptado una decisión a su respecto, y que dicho grupo debe añadirse a la lista de personas, grupos y entidades a los que se aplican los artículos 2, 3 y 4 de la misma Posición Común. La decisión de mencionar al grupo no afecta a las transferencias financieras legítimas al Líbano ni al suministro de asistencia, incluida la asistencia humanitaria, de la Unión Europea y sus Estados miembros en Líbano.

(7) La lista de personas, grupos y entidades a los que se aplican los artículos 2, 3 y 4 de la Posición Común 2001/931/PESC debe actualizarse en consecuencia y la Decisión 2012/765/PESC debe derogarse.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La lista de personas, grupos y entidades a los que se aplican los artículos 2, 3 y 4 de la Posición Común 2001/931/PESC figura en el anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

Queda derogada la Decisión 2011/765/PESC.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 25 de julio de 2013.

Por el Consejo

El Presidente

L. LINKEVIČIUS

__________________

(1) DO L 344 de 28.12.2001, p. 93.

(2) DO L 337 de 11.12.2012, p. 50.

ANEXO
Lista de personas, grupos y entidades a que se refiere el artículo 1

1. PERSONAS

1. ABDOLLAHI Hamed (alias Mustafa Abdullahi), nacido el 11.8.1960 en Irán. No de pasaporte: D9004878.

2. AL-NASSER, Abdelkarim Hussein Mohamed, nacido en Al Ihsa (Arabia Saudí), nacional de Arabia Saudí.

3. AL YACOUB, Ibrahim Salih Mohammed, nacido el 16.10.1966 en Tarut (Arabia Saudí), nacional de Arabia Saudí.

4. ARBABSIAR Manssor (alias Mansour Arbabsiar), nacido el 6 o el 15 de marzo de 1955 en Irán. Nacional de Irán y de EE.UU. No de pasaporte iraní: C2002515; no de pasaporte estadounidense: 477845448. No de documento nacional de identidad: 07442833, fecha de caducidad: 15.3.2016 (permiso de conducción estadounidense).

5. BOUYERI, Mohamed (alias Abu ZUBAIR, alias SOBIAR, alias Abu ZOUBAIR), nacido el 8.3.1978 en Ámsterdam (Países Bajos), miembro del Hofstadgroep.

6. FAHAS, Sofiane Yacine, nacido el 10.9.1971 en Argel (Argelia), miembro de al-Takfir y al-Hijra.

7. IZZ-AL-DIN, Hasan (alias GARBAYA, Ahmed, alias SA-ID, alias SALWWAN, Samir), nacido en 1963 en el Líbano, nacional del Líbano.

8. MOHAMMED, Khalid Shaikh (alias ALI, Salem, alias BIN KHALID, Fahd Bin Abdallah, alias HENIN, Ashraf Refaat Nabith, alias WADOOD, Khalid Adbul), nacido el 14.4.1965 o el 1.3.1964 en Pakistán, pasaporte n o 488555.

9. SHAHLAI Abdul Reza (alias Abdol Reza Shala'i, alias Abd-al Reza Shalai, alias Abdorreza Shahlai, alias Abdolreza Shahla'i, alias Abdul-Reza Shahlaee, alias Hajj Yusef, alias Haji Yusif, alias Hajji Yasir, alias Hajji Yusif, alias Yusuf Abual-Karkh), nacido hacia 1957 en Irán. Direcciones: 1) Kermanshah, Irán, 2) Base militar de Mehran, provincia de Ilam, Irán.

10. SHAKURI Ali Gholam, nacido hacia 1965 en Teherán (Irán).

11. SOLEIMANI Qasem (alias Ghasem Soleymani, alias Qasmi Sulayman, alias Qasem Soleymani, alias Qasem Solaimani, alias Qasem Salimani, alias Qasem Solemani, alias Qasem Sulaimani, alias Qasem Sulemani), nacido el 11.3.1957 en Irán. Nacional de Irán. No de pasaporte: 008827 (pasaporte diplomático iraní), expedido en 1999. Cargo: General de División.

2. GRUPOS Y ENTIDADES

1. Organización Abu Nidal (ANO) (también denominada Consejo Revolucionario de Al Fatah, Brigadas Revolucionarias Árabes, Septiembre Negro y Organización Revolucionaria de los Musulmanes Socialistas).

2. Brigadas de los Mártires de Al-Aqsa.

3. Al-Aqsa e.V.

4. Al-Takfir y al-Hijra.

5. Babbar Khalsa.

6. Partido Comunista de Filipinas, incluido el New People's Army (NPA) / Nuevo Ejército del Pueblo (NEP), Filipinas.

7. Gama'a al-Islamiyya (Grupo Islámico) (también denominado Al-Gama'a al-Islamiyya, IG).

8. İslami Büyük Doğu Akıncılar Cephesi (Frente de Guerreros del Gran Oriente Islámico, IBDA-C).

9. Hamas (incluido Hamas-Izz al-Din al Qassem).

10. "Rama militar de Hizballah" (alias "Rama militar de Hezbollah", alias "Rama militar de Hizbullah", alias "Rama militar de Hizbollah", alias "Rama militar de Hezballah", alias "Rama militar de Hisbollah", alias "Rama militar de Hizbu'llah", alias "Rama militar de Hizb Allah", alias "Consejo de la Jihad") (y todas las unidades bajo su mando, incluida la Organización de Seguridad Exterior).

11. (Los) Muyahidines Hizbul (HM).

12. Hofstadgroep.

13. Holy Land Foundation for Relief and Development (Fundación Tierra Santa para el Socorro y el Desarrollo).

14. International Sikh Youth Federation (ISYF) (Federación Internacional de Jóvenes Sij).

15. Khalistan Zindabad Force (Fuerza de Jalistán Zindabad) (KZF).

16. Partido de los Trabajadores del Kurdistán (PKK) (también denominado KADEK y KONGRA-GEL).

17. Tigres de Liberación de Eelam Tamil (LTTE).

18. Ejército de Liberación Nacional.

19. Palestinian Islamic Jihad (PIJ) (Yihad Islámica Palestina).

20. Frente Popular de Liberación de Palestina (FPLP).

21. Frente Popular de Liberación de Palestina-Comando General (también denominado FPLP-Comando General).

22. Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC).

23. Devrimci Halk Kurtuluș Partisi-Cephesi (DHKP/C) (Ejército/Frente/Partido Revolucionario de Liberación Popular) (también denominado Devrimci Sol (Izquierda Revolucionaria) y Dev Sol).

24. Sendero Luminoso (SL).

25. Stichting Al Aqsa (también denominada Stichting Al Aqsa Nederland y Al Aqsa Nederland).

26. Teyrbazen Azadiya Kurdistan (TAK) (también denominados Halcones de la Libertad del Kurdistán).

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 25/07/2013
  • Fecha de publicación: 26/07/2013
  • Fecha de entrada en vigor: 26/07/2013
  • Fecha de derogación: 11/02/2014
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE ANULA Lo indicado, por Sentencia de 17 de diciembre de 2015 (Ref. DOUE-Z-2015-70007).
  • SE DEROGA, por Decisión 2014/72, de 10 de febrero (Ref. DOUE-L-2014-80254).
  • CORRECCIÓN de errores en DOUE L 257, de 28 de septiembre de 2013 (Ref. DOUE-L-2013-81911).
Referencias anteriores
  • DEROGA Decisión 2012/765, de 10 de diciembre (Ref. DOUE-L-2012-82477).
  • MODIFICA la Lista a la que se refieren los arts. 2, 3 y 4 de la Decisión 2001/931, de 27 de diciembre (Ref. DOUE-L-2001-82804).
Materias
  • Cooperación judicial internacional
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • Sanciones
  • Terrorismo

subir

Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid