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Documento DOUE-L-2013-81890

Decisión de Ejecución 2013/469/PESC del Consejo, de 23 de septiembre de 2013, por la que se aplica la Decisión 2011/101/PESC relativa a medidas restrictivas contra Zimbabue.

Publicado en:
«DOUE» núm. 252, de 24 de septiembre de 2013, páginas 31 a 31 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2013-81890

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 31, apartado 2,

Vista la Decisión 2011/101/PESC del Consejo ( 1 ) y, en particular, su artículo 6, apartado 1,

Considerando lo siguiente:

(1) El 15 de febrero de 2011, el Consejo adoptó la Decisión 2011/101/PESC.

(2) Debe retirarse a una entidad de la lista de personas y entidades del anexo I de la Decisión 2011/101/PESC.

(3) Procede modificar la Decisión 2011/101/PESC en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Queda suprimida de la lista de personas y entidades del anexo I de la Decisión 2011/101/PESC la siguiente entidad:

Zimbabwe Mining Development Corporation.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 23 de septiembre de 2013.

Por el Consejo

El Presidente

L. LINKEVIÈIUS

___________________

( 1 ) DO L 42 de 16.2.2011, p. 6.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 23/09/2013
  • Fecha de publicación: 24/09/2013
  • Fecha de entrada en vigor: 24/09/2013
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo I de la Decisión 2011/101, de 15 de febrero (Ref. DOUE-L-2011-80285).
Materias
  • Comercio extracomunitario
  • Cuentas bloqueadas
  • Minas
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • Sanciones
  • Zimbabwe

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