Está Vd. en

Documento DOUE-L-2015-80467

Corrección de errores del Reglamento de Ejecución (UE) nº 477/2014 del Consejo, de 12 de mayo de 2014, por el que se aplica el Reglamento (UE) nº 269/2014 relativo a la adopción de medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania.

Publicado en:
«DOUE» núm. 66, de 11 de marzo de 2015, páginas 20 a 21 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2015-80467

TEXTO ORIGINAL

En la página 3, en el artículo 1:

donde dice:

«Artículo 1

Las personas y entidades que figuran en el anexo del presente Reglamento serán añadidas a la lista que figura en el anexo I del Reglamento (UE) no 269/2014.» ,

debe decir:

«Artículo 1

El anexo I del Reglamento (UE) no 269/2014 se modifica como sigue:

a)tras el título existente “Lista de personas físicas y jurídicas, entidades u organismos a que se refiere el artículo 2” se inserta el título “Personas”;

b)tras la lista de personas existente, se inserta una nueva sección titulada “Entidades”;

c)las personas y entidades que figuran en el anexo del presente Reglamento serán añadidas a la sección correspondiente del anexo I del Reglamento (UE) no 269/2014.»

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 11/03/2015
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 477/2014, de 12 de mayo (Ref. DOUE-L-2014-80948).
Materias
  • Cuentas bloqueadas
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • Sanciones
  • Ucrania

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid