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Documento DOUE-L-2015-80916

Corrección de errores del Reglamento (UE) 2015/104 del Consejo, de 19 de enero de 2015, por el que se establecen, para 2015, las posibilidades de pesca para determinadas poblaciones y grupos de poblaciones de peces, aplicables en aguas de la Unión y, en el caso de los buques de la Unión, en determinadas aguas no pertenecientes a la Unión, por el que se modifica el Reglamento (UE) n° 43/2014 y por el que se deroga el Reglamento (UE) n° 779/2014.

Publicado en:
«DOUE» núm. 114, de 5 de mayo de 2015, páginas 25 a 26 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2015-80916

TEXTO ORIGINAL

En la página 22, en el artículo 44, en el apartado 1, en la letra e):

donde dice:

«e) cazón (Galeorhinus galeus) cuando se pesque con palangreros en aguas de la Unión de la división CIEM IIa y la subzona CIEM IV y en las aguas de la Unión e internacionales de las subzonas CIEM I, V, VI, VII, VIII, XII y XIV;»,

debe decir:

«e) cazón (Galeorhinus galeus) cuando se pesque con palangreros en aguas de la Unión de la división CIEM IIa y de las subzonas CIEM I, IV, V, VI, VII, VIII, XII y XIV;».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 05/05/2015
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 2015/104, de 19 de enero (Ref. DOUE-L-2015-80091).
Materias
  • Control pesquero
  • Cuota de pesca
  • Flota pesquera
  • Pesca marítima
  • Pescado
  • Política Pesquera Común
  • Unión Europea
  • Veda de pesca
  • Zonas marítimas

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