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Documento DOUE-L-2016-80702

Reglamento de Ejecución (UE) 2016/620 del Consejo, de 21 de abril de 2016, por el que se aplica el artículo 2, apartado 3, del Reglamento (CE) nº 2580/2001 sobre medidas restrictivas específicas dirigidas a determinadas personas y entidades con el fin de luchar contra el terrorismo, y se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2425.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOUE» núm. 106, de 22 de abril de 2016, páginas 1 a 3 (3 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2016-80702

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) nº 2580/2001 del Consejo, de 27 de diciembre de 2001, sobre medidas restrictivas específicas dirigidas a determinadas personas y entidades con el fin de luchar contra el terrorismo (1), y, en particular, su artículo 2, apartado 3,

Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1) El 21 de diciembre de 2015, el Consejo adoptó el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2425 (2) por el que se aplica el artículo 2, apartado 3, del Reglamento (CE) nº 2580/2001, por el que se establece una lista actualizada de personas, grupos y entidades a los que se aplica el Reglamento (CE) nº 2580/2001 («la lista»).

(2) El Consejo ha decidido que ya no existen razones para mantener a una entidad en la lista.

(3) La lista debe por ello actualizarse en consecuencia.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

La lista prevista en el artículo 2, apartado 3, del Reglamento (CE) nº 2580/2001 se modifica de conformidad con el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Luxemburgo, el 21 de abril de 2016.

Por el Consejo

El Presidente

G.A. VAN DER STEUR

_______________________________

(1) DO L 344 de 28.12.2001, p. 70.

(2) Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2425 del Consejo, de 21 de diciembre de 2015, por el que se aplica el artículo 2, apartado 3, del Reglamento (CE) nº 2580/2001 sobre medidas restrictivas específicas dirigidas a determinadas personas y entidades con el fin de luchar contra el terrorismo, y se deroga el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1325 (DO L 334 de 22.12.2015, p. 1).

ANEXO

La entidad que se menciona a continuación se suprime de la lista prevista en el artículo 2, apartado 3, del Reglamento (CE) nº 2580/2001:

II. GRUPOS Y ENTIDADES

12. «International Sikh Youth Federation» («ISYF») («Federación internacional de jóvenes sij»).

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 21/04/2016
  • Fecha de publicación: 22/04/2016
  • Fecha de entrada en vigor: 23/04/2016
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Reglamento 2016/1127, de 12 de julio; (Ref. DOUE-L-2016-81252).
  • Fecha de derogación: 14/07/2016
  • Permalink ELI EUR-Lex: https://data.europa.eu/eli/reg/2016/620/spa
Referencias anteriores
  • SUSTITUYE la lista del art. 2 del Reglamento 2580/2001, de 27 de diciembre (Ref. DOUE-L-2001-82798).
Materias
  • Cuentas bloqueadas
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • Sanciones
  • Terrorismo

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