EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 29,
Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,
Considerando lo siguiente:
(1)
El 27 de diciembre de 2001, el Consejo adoptó la Posición común 2001/931/PESC (1).
(2)
El 21 de diciembre de 2015, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2015/2430/ (2), por la que se actualiza la lista de personas, grupos y entidades a los que se aplican los artículos 2, 3 y 4 de la Posición común 2001/931/PESC («la lista»).
(3)
El Consejo ha decidido que ya no existen razones para mantener a una entidad en la lista.
(4)
La lista debe actualizarse en consecuencia.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
El anexo de la Decisión (PESC) 2015/2430 se modifica de conformidad con el anexo de la presente Decisión.
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Luxemburgo, el 21 de abril de 2016.
Por el Consejo
El Presidente
G.A. VAN DER STEUR
__________________________
(1) Posición común 2001/931/PESC del Consejo, de 27 de diciembre de 2001, sobre la aplicación de medidas específicas de lucha contra el terrorismo (DO L 344 de 28.12.2001, p. 93).
(2) Decisión (PESC) 2015/2430 del Consejo, de 21 de diciembre de 2015, por la que se actualiza la lista de personas, grupos y entidades a los que se aplican los artículos 2, 3 y 4 de la Posición común 2001/931/PESC sobre la aplicación de medidas específicas de lucha contra el terrorismo, y se deroga la Decisión (PESC) 2015/1334 (DO L 334 de 22.12.2015, p. 18).
ANEXO
.
La entidad que se menciona a continuación se suprime de la lista que figura en el anexo de la Decisión (PESC) 2015/2430:
II. GRUPOS Y ENTIDADES
12. «International Sikh Youth Federation» («ISYF») («Federación internacional de jóvenes sij»).
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