EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 31, apartado 2,
Vista la Decisión (PESC) 2015/1333 del Consejo, de 31 de julio de 2015, relativa a la adopción de medidas restrictivas en vista de la situación existente en Libia y por la que se deroga la Decisión 2011/137/PESC (1), y en particular su artículo 12, apartado 1,
Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,
Considerando lo siguiente:
(1)
El 31 de julio de 2015, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2015/1333.
(2)
El 12 de mayo de 2016, el Comité del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, creado en virtud de la Resolución 1970 (2011) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, decidió suprimir un buque de la lista de buques sujeto (s) a medidas restrictivas].
(3)
Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo V de la Decisión (PESC) 2015/1333.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
El anexo V de la Decisión (PESC) 2015/1333 queda modificado con arreglo a lo dispuesto en el anexo de la presente Decisión.
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 23 de mayo de 2016.
Por el Consejo
La Presidenta
F. MOGHERINI
__________________________
(1) DO L 206 de 1.8.2015, p. 34.
ANEXO
.
Se suprime el siguiente buque de la lista de buques sujetos a medidas restrictivas establecida en la Parte B (entidades) del anexo V de la Decisión (PESC) 2015/1333.
1. Nombre: DISTYA AMEYA
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