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Documento DOUE-L-2016-81112

Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1006 de la Comisión, de 22 de junio de 2016, por el que se modifica el Reglamento (UE) nº 255/2010 en lo atinente a las disposiciones de la OACI a las que se refiere el artículo 3, apartado 1.

Publicado en:
«DOUE» núm. 165, de 23 de junio de 2016, páginas 8 a 9 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2016-81112

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n.o 551/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de marzo de 2004, relativo a la organización y utilización del espacio aéreo en el cielo único europeo (Reglamento del espacio aéreo) (1), y en particular su artículo 6, apartado 7,

Considerando lo siguiente:

(1)

El artículo 3, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 255/2010 de la Comisión (2) (ATFM en su sigla inglesa), exige que se ajusten a las disposiciones de la OACI contenidas en el anexo las medidas de planificación, coordinación y ejecución de esa gestión que adopten las partes —o los agentes que actúen en su nombre— implicadas en los procesos de ATFM contemplados en el artículo 1, apartado 3. En dicho anexo se hace referencia a las definiciones y a varias de las disposiciones que establece el anexo 11 del Convenio sobre Aviación Civil Internacional («Convenio de Chicago») y, más concretamente, a su decimotercera edición, de julio de 2001, que incorpora la enmienda n.o 47. Desde la adopción del Reglamento (UE) n.o 255/2010, la OACI ha modificado algunas de las definiciones y disposiciones del anexo 11 del Convenio de Chicago y, más recientemente, ha incorporado la enmienda n.o 49.

(2)

El anexo del Reglamento (UE) n.o 255/2010 hace referencia también a las disposiciones establecidas en los Procedimientos suplementarios regionales de la OACI (Doc 7030) y, más concretamente, a su quinta edición, fechada en 2007. Sin embargo, la quinta edición del Doc 7030 es, de hecho, de 2008 y debe por ello corregirse la referencia a la fecha de edición de 2007.

(3)

Es preciso, pues, corregir y actualizar las referencias del Reglamento (UE) n.o 255/2010 al anexo 11 del Convenio de Chicago y al Doc 7030 de la OACI para permitir que los Estados miembros cumplan sus obligaciones jurídicas internacionales y para garantizar la coherencia con el marco reglamentario internacional de la OACI.

(4)

Procede, por lo tanto, modificar en consecuencia el Reglamento (UE) n.o 255/2010.

(5)

Las medidas establecidas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité del Cielo Único creado en virtud del artículo 5 del Reglamento (CE) n.o 549/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo (3).

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo del Reglamento (UE) nº 255/2010 se sustituye por el texto siguiente:

«ANEXO

.

Lista de las disposiciones OACI a efectos de la gestión del flujo de tráfico aéreo

1. Capítulo 3, apartado 3.7.5 (Gestión de afluencia del tránsito aéreo) del anexo 11 del Convenio de Chicago — Servicios de tránsito aéreo (decimotercera edición, julio de 2001, que incorpora la enmienda nº 49).

2. Capítulo 3 (Capacidad ATS y Gestión de afluencia del tránsito aéreo) del Doc 4444 de la OACI, Procesos para los Servicios de Navegación (PANS-ATM) (decimoquinta edición, 2007).

3. Capítulo 8, apartado 8.3 (Exenciones de la asignación de franjas ATFM) del Doc 7030 de la OACI, Procedimientos suplementarios regionales Europa (EUR) (quinta edición, 2008).

4. Capítulo 8, apartado 8.4 1.c) (Adhesión del operador de la aeronave a las medidas ATFM) del Doc 7030 de la OACI, Procedimientos suplementarios regionales Europa (EUR) (quinta edición, 2008).

5. Capítulo 2, apartado 2.3.2 (Cambios de la hora prevista de fuera calzos) del Doc 7030 de la OACI, Procedimientos suplementarios regionales Europa (EUR) (quinta edición, 2008).»

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 22 de junio de 2016.

Por la Comisión

El Presidente

Jean-Claude JUNCKER

_____________________________

(1) DO L 96 de 31.3.2004, p. 20.

(2) Reglamento (UE) n.o 255/2010 de la Comisión, de 25 de marzo de 2010, por el que se establecen normas comunes sobre la gestión de afluencia del tránsito aéreo (DO L 80 de 26.3.2010, p. 10).

(3) Reglamento (CE) n.o 549/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de marzo de 2004, por el que se fija el marco para la creación del cielo único europeo (Reglamento marco) (DO L 96 de 31.3.2004, p. 1).

ANÁLISIS

Referencias anteriores
Materias
  • Aeronaves
  • Espacio aéreo
  • Navegación aérea
  • Organización de la Aviación Civil Internacional
  • Reglamentaciones técnicas

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