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Documento DOUE-L-2017-80791

Corrección de errores del Reglamento (UE) 2016/1388 de la Comisión, de 17 de agosto de 2016, por el que se establece un código de red en materia de conexión de la demanda.

Publicado en:
«DOUE» núm. 107, de 25 de abril de 2017, páginas 38 a 41 (4 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2017-80791

TEXTO ORIGINAL

A lo largo de todo el Reglamento:

donde dice:

«notificación operacional»,

debe decir:

«autorización de puesta en servicio».

En la página 11, en el considerando 7, segunda frase:

donde dice:

«Los requisitos del presente Reglamento no se deben aplicar a las instalaciones de demanda conectadas a la red de transporte existentes, las instalaciones de distribución conectadas a la red de transporte existentes, […]»,

debe decir:

«Los requisitos del presente Reglamento no se deben aplicar a las instalaciones de demanda existentes conectadas a la red de transporte, las instalaciones de distribución existentes conectadas a la red de transporte, […]».

En la página 11, en el considerando 7, última frase:

donde dice:

«una instalación de demanda conectada a la red de transporte existente, una instalación de distribución conectada a la red de transporte existente, una red de distribución existente, o una unidad de demanda existente en una instalación de demanda o en una red de distribución cerrada conectada a un nivel de tensión superior a 1 000 V.»,

debe decir:

«una instalación de demanda existente conectada a la red de transporte, una instalación de distribución existente conectada a la red de transporte, una red de distribución existente, o una unidad de demanda existente en una instalación de demanda o en una red de distribución cerrada conectada a un nivel de tensión superior a 1 000 V.».

En la página 14, en el artículo 2, punto 3:

donde dice:

«“instalación de distribución conectada a la red de transporte”: una conexión de una red de distribución o la central eléctrica y el equipo utilizados en el punto de conexión a la red de transporte;»,

debe decir:

«“instalación de distribución conectada a la red de transporte”: una conexión de una red de distribución o las propias instalaciones eléctricas y el equipamiento presentes en el punto de conexión a la red de transporte;».

En la página 14, en el artículo 2, punto 10; en la página 15, en el artículo 2, punto 20; en la página 30, en el artículo 27, apartado 1, letra b), inciso i); en la página 32, en el artículo 29, título y apartados 1 y 2:

donde dice:

«frecuencia de la red»,

debe decir:

«frecuencia del sistema».

En la página 14, en el artículo 2, punto 15:

donde dice:

«“escalón de reconexión”: carga de potencia activa de escalón máxima de demanda reconectada durante el restablecimiento de la red tras el corte eléctrico;»,

debe decir:

«“escalón de reconexión de carga”: máximo escalón de potencia activa asociado a la reconexión de demanda durante la reposición del servicio de la red tras corte de suministro eléctrico;».

En la página 16, en el artículo 4, apartado 1, letra a):

donde dice:

«la instalación de demanda conectada a la red de transporte ya existente, la instalación de distribución conectada a la red de transporte ya existente, la red de distribución ya existente o la una unidad de demanda ya existente de una instalación de demanda a tensión superior a 1 000 V o de una red de distribución cerrada conectada a tensión superior a 1 000 V haya sido modificada hasta tal punto que sea necesario realizar una revisión exhaustiva de su acuerdo de conexión conforme al siguiente procedimiento:»,

debe decir:

«la instalación de demanda existente conectada a la red de transporte, la instalación de distribución existente conectada a la red de transporte, la red de distribución existente, o la unidad de demanda existente de una instalación de demanda a tensión superior a 1 000 V o de una red de distribución cerrada conectada a tensión superior a 1 000 V, haya sido modificada hasta tal punto que sea necesario realizar una revisión exhaustiva de su acuerdo de conexión conforme al siguiente procedimiento:».

En la página 16, en el artículo 4, apartado 1, letra b):

donde dice:

«[…] una instalación de demanda conectada a la red de transporte existente, una instalación de distribución conectada a la red de transporte existente, una red de distribución o una unidad de demanda existentes a todos o algunos de los requisitos del presente Reglamento, tras la propuesta del GRT pertinente de conformidad con los apartados 3, 4 y 5.»,

debe decir:

«[…] una instalación de demanda existente conectada a la red de transporte, una instalación de distribución existente conectada a la red de transporte, una red de distribución o una unidad de demanda existentes a todos o algunos de los requisitos del presente Reglamento, tras la propuesta del GRT pertinente de conformidad con los apartados 3, 4 y 5.».

En la página 18, en el artículo 6, apartado 9:

donde dice:

«Cuando los requisitos previstos en el presente Reglamento deban ser establecidos por un gestor de red pertinente distinto de un GRT, los Estados miembros podrán disponer que sea este el responsable de establecer los requisitos pertinentes en lugar del GRT.»,

debe decir:

«Cuando los requisitos previstos en el presente Reglamento deban ser establecidos por un gestor de red pertinente distinto de un GRT, los Estados miembros podrán disponer que sea el GRT el responsable de establecer los requisitos pertinentes.».

En la página 19, en el artículo 9, apartado 1, letra a):

donde dice:

«las propuestas de ampliar la aplicabilidad del presente Reglamento a las instalaciones de demanda conectadas a la red de transporte existentes, las instalaciones de distribución conectadas a la red de transporte existentes, […]»,

debe decir:

«las propuestas de ampliar la aplicabilidad del presente Reglamento a las instalaciones de demanda existentes conectadas a la red de transporte, las instalaciones de distribución existentes conectadas a la red de transporte, […]».

En la página 20, en el artículo 12, apartado 2:

donde dice:

«El propietario de la instalación de demanda conectada a la red de transporte o el GRD podrán acordar, en colaboración con el GRT pertinente, rangos de frecuencia más amplios o períodos de funcionamiento mínimos más prolongados.»,

debe decir:

«El propietario de la instalación de demanda conectada a la red de transporte o el GRD podrán acordar con el GRT pertinente rangos de frecuencia más amplios o períodos de funcionamiento mínimos más prolongados.».

En la página 21, en el artículo 13, apartado 4:

donde dice:

«Si la tensión de base para los valores pu oscila entre 300 kV y 400 kV, ambos inclusive, […]»,

debe decir:

«Si la tensión de base para los valores pu se encuentra entre 300 kV y 400 kV, ambos inclusive, […]».

En la página 22, en el artículo 15, apartado 1, letras a y b), última línea:

donde dice:

«beneficios técnicos o financieros para la red»,

debe decir:

«beneficios técnicos o económicos para la red».

En la página 23, en el artículo 16, apartado 3, letras b) y c):

donde dice:

«b)

tensión alta y baja en el punto de conexión a la red de transporte;

c)

frecuencia alta y baja;»,

debe decir:

«b)

sobretensión y subtensión en el punto de conexión a la red de transporte;

c)

sobrefrecuencia y subfrecuencia;».

En la página 23, en el artículo 16, apartado 3, letra f):

donde dice:

«f)

respaldo contra protección y funcionamiento incorrecto de aparamenta.»,

debe decir:

«f)

respaldo contra funcionamiento incorrecto de protecciones o aparamenta.».

En la página 28, en el artículo 25, apartado 4, párrafo segundo; en la página 29, en el artículo 26, apartado 6, primera frase, y apartado 7:

donde dice:

«el permiso de puesta en marcha»,

debe decir:

«la aprobación de puesta en servicio».

En la página 30, en el artículo 27, apartado 1, letra a), inciso i):

donde dice:

«i)

control de potencia reactiva por respuesta de demanda;»,

debe decir:

«i)

control de potencia activa por respuesta de demanda;».

En la página 30, en el artículo 28, apartado 2:

donde dice:

«potencia inactiva»,

debe decir:

«potencia reactiva».

En la página 32, en el artículo 29, apartado 2, letra d):

donde dice:

«estarán equipadas con un sistema de control intensivo dentro de una banda muerta alrededor de la frecuencia nominal de la red de 50,00 Hz, […]»,

debe decir:

«estarán equipadas con un sistema de control insensible dentro de una banda muerta alrededor de la frecuencia nominal del sistema de 50,00 Hz, […]».

En la página 32, en el artículo 29, apartado 2, letra e), párrafo tercero:

donde dice:

«frecuencia de red»,

debe decir:

«frecuencia del sistema».

En la página 32, en el artículo 29, apartado 2, letra f):

donde dice:

«frecuencia real de la red.»,

debe decir:

«frecuencia real del sistema.».

En la página 32, en el artículo 29, apartado 2, letra g):

donde dice:

«serán capaces de detectar variaciones de frecuencia de la red de 0,01 Hz, a fin de que la respuesta en la red sea globalmente lineal y proporcional, en lo que se refiere a la sensibilidad y precisión de la medición de frecuencia para control de la frecuencia de la red por respuesta de demanda y de la consiguiente modificación de la demanda. La unidad de demanda deberá ser capaz de realizar una detección rápida y responder a los cambios en la frecuencia de la red, que deberá especificar el GRT pertinente en coordinación con el GRT del área síncrona.»,

debe decir:

«serán capaces de detectar variaciones de frecuencia del sistema de 0,01 Hz, a fin de que la respuesta en el sistema sea globalmente lineal y proporcional, en lo que se refiere a la sensibilidad y precisión de la medición de frecuencia para control de la frecuencia del sistema por respuesta de demanda y de la consiguiente modificación de la demanda. La unidad de demanda deberá ser capaz de realizar una detección rápida y responder a los cambios en la frecuencia del sistema, que deberá especificar el GRT pertinente en coordinación con el GRT del área síncrona.».

En la página 33, en el artículo 30, apartado 2, letra a):

donde dice:

«una variación de potencia asociada a una medición como la tasa de variación de frecuencia correspondiente a dicha parte de su demanda;».

debe decir:

«una variación de potencia activa asociada a una medición como la tasa de variación de frecuencia correspondiente a dicha parte de su demanda;».

En la página 42, en el artículo 48, apartado 4, última frase:

donde dice:

«El informe y la propuesta serán notificados a la autoridad reguladora o, cuando proceda, al Estado miembro y al propietario de la instalación de demanda, el GRD, el GRDC o, en su caso, el tercero, deberán ser informados de su contenido.»,

debe decir:

«El informe y la propuesta serán notificados a la autoridad reguladora o, cuando proceda, al Estado miembro, y el propietario de la instalación de demanda, el GRD, el GRDC o, en su caso, el tercero, deberán ser informados de su contenido.».

En la página 43, en el artículo 48, apartado 5, letra a):

donde dice:

«un procedimiento de notificación operacional que demuestre la aplicación de los requisitos por parte de las instalaciones de demanda conectadas a la red de transporte existentes, las instalaciones de distribución conectadas a la red de transporte existentes, […]»,

debe decir:

«un procedimiento de autorización de puesta en servicio que demuestre la aplicación de los requisitos por parte de las instalaciones de demanda existentes conectadas a la red de transporte, las instalaciones de distribución existentes conectadas a la red de transporte, […]».

En la página 49, en el artículo 58, apartado 2, primera frase:

donde dice:

«Todas las cláusulas pertinentes de los contratos y las cláusulas pertinentes de los términos y las condiciones generales relacionadas con la conexión a la red de instalaciones de demanda conectadas a la red de transporte existentes, instalaciones de distribución conectadas a la red de transporte existentes, […]»,

debe decir:

«Todas las cláusulas pertinentes de los contratos y las cláusulas pertinentes de los términos y las condiciones generales relacionadas con la conexión a la red de instalaciones de demanda existentes conectadas a la red de transporte, instalaciones de distribución existentes conectadas a la red de transporte, […]».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 25/04/2017
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 2016/1388, de 17 de agosto (Ref. DOUE-L-2016-81473).
Materias
  • Comercio
  • Comités consultivos
  • Contratos
  • Electricidad
  • Fronteras
  • Normas de calidad
  • Reglamentaciones técnicas
  • Suministro de energía
  • Transporte de energía

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