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Documento DOUE-L-2017-81008

Reglamento de Ejecución (UE) 2017/890 del Consejo, de 24 de mayo de 2017, por el que se aplica el artículo 17, apartado 1, del Reglamento (UE) nº 224/2014 relativo a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en la República Centroafricana.

Publicado en:
«DOUE» núm. 138, de 25 de mayo de 2017, páginas 1 a 3 (3 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2017-81008

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 224/2014 del Consejo, de 10 de marzo de 2014, relativo a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en la República Centroafricana (1), y en particular su artículo 17, apartado 1,

Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 10 de marzo de 2014, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) n.o 224/2014.

(2)

El 17 de mayo de 2017, el Comité del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, creado en virtud de la Resolución 2127 (2013) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, decidió incluir a una persona en la lista de personas y entidades sujetas a medidas restrictivas.

(3)

Por lo tanto, procede modificar en consecuencia el anexo I del Reglamento (UE) n.o 224/2014.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo I del Reglamento (UE) n.o 224/2014 queda modificado como se establece en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 24 de mayo de 2017.

Por el Consejo

El Presidente

L. GRECH

__________________________

(1) DO L 70 de 11.3.2014, p. 1.

ANEXO

.

La persona mencionada en el anexo del presente Reglamento se añadirá a la lista que figura en el anexo I del Reglamento (UE) n.o 224/2014.

A. Personas

«12.

Abdoulaye HISSENE (alias: a) Abdoulaye Issène; b) Abdoulaye Hissein; c) Hissene Abdoulaye; d) Abdoulaye Issène Ramadane; e) Abdoulaye Issene Ramadan; f) Issene Abdoulaye.

Fecha de nacimiento: 1967.

Lugar de nacimiento: Ndele, Bamingui-Bangoran, República Centroafricana.

Nacionalidad: República Centroafricana.

Pasaporte n.o: Pasaporte diplomático de la RCA n.o D00000897, expedido el 5 de abril de 2013 (válido hasta el 4 de abril de 2018).

Dirección: a) KM5, Bangui, República Centroafricana b) Nana-Grebizi, República Centroafricana.

Fecha de inclusión en la lista por Naciones Unidas:17 de mayo de 2017.

Otros datos: Hissène fue ministro de Juventud y Deporte del gobierno del antiguo presidente de la República Centroafricana, Michel Djotodia. Antes de ello, fue el líder de la Convención de Patriotas por la Justicia y la Paz, un partido político. Además, se ha convertido en uno de los dirigentes de las milicias armadas en Bangui, en particular en el barrio PK5 (tercer distrito).

Información procedente del resumen de los motivos de inclusión en la lista proporcionado por el Comité de Sanciones:

Información adicional:

Abdoulaye Hissène y otros miembros de ex Seleka colaboraron con los agitadores antibalaka aliados del expresidente de la República Centroafricana, François Bozizé, incluido Maxime Mokom, para alentar las protestas violentas y los enfrentamientos en septiembre de 2015 en el contexto de un intento fallido de golpe de Estado para hacer caer al Gobierno mientras la entonces Presidenta del Gobierno de Transición, Catherine Samba-Panza, asistía al período de sesiones de 2015 de la Asamblea General. El Gobierno de la República Centroafricana ha acusado a Mokom, Hissène y otros de diversos delitos, entre ellos asesinato, incendio provocado, tortura y saqueo, a raíz del frustrado golpe de Estado.

Desde 2015, Hissène se ha convertido en uno de los dirigentes principales de las milicias armadas que actúan en el barrio PK5 de Bangui y en las que participan más de 100 hombres. Como tal, ha impedido la libertad de movimiento y la implantación de la autoridad del Estado en esa zona, incluso mediante la exacción ilegal de impuestos al transporte y a la actividad comercial. Durante el segundo semestre de 2015, Hissène actuó como representante de los “Nairobistas” de ex Seleka en Bangui y participó en un acercamiento con los combatientes antibalaka controlados por Mokom. Hombres armados a las órdenes de Haroun Gaye e Hissène participaron en los incidentes violentos acaecidos en Bangui del 26 de septiembre al 3 de octubre de 2015.

Se sospecha que varios miembros del grupo de Hissène estuvieron implicados en un atentado perpetrado el 13 de diciembre de 2015 (día del referéndum constitucional) contra el vehículo de Mohamed Moussa Dhaffane, dirigente de ex Seleka. Se acusa a Hissène de haber orquestado los actos violentos acaecidos en el distrito KM5 de Bangui en los que hubo cinco muertos y veinte heridos y que impidieron que los residentes votaran en el referéndum constitucional. Hissène puso en peligro las elecciones al generar un círculo vicioso de atentados por venganza entre diversos grupos.

El 15 de marzo de 2016, la policía del aeropuerto M'Poko de Bangui detuvo a Hissène y lo trasladó a la sección de investigación de la gendarmería nacional. Posteriormente, su milicia lo liberó por la fuerza y robó un arma que la MINUSCA había entregado con anterioridad mediante una solicitud de exención aprobada por el Comité.

El 19 de junio de 2016, a raíz de la detención de unos comerciantes musulmanes en PK12 por parte de las fuerzas de seguridad interna, las milicias de Gaye y Hissène secuestraron a cinco agentes de la policía nacional en Bangui. El 20 de junio, la MINUSCA intentó rescatar a los agentes. Hubo un intercambio de disparos entre los hombres armados a las órdenes de Hissène y Gaye y los efectivos de mantenimiento de la paz que intentaban liberar a los rehenes. Al menos seis personas resultaron muertas y un soldado de mantenimiento de la paz resultó herido.

El 12 de agosto de 2016, Hissène se puso al frente de un convoy de seis vehículos con hombres fuertemente armados. El convoy, que huía de Bangui, fue interceptado por la MINUSCA al sur de Sibut. De camino al norte, el convoy se vio envuelto en tiroteos con las fuerzas de seguridad interna en varios puestos de control. Finalmente, la MINUSCA lo detuvo a 40 km al sur de Sibut. Tras múltiples escaramuzas, la MINUSCA capturó a 11 de sus integrantes, pero Hissène y otros más escaparon. Los detenidos indicaron a la MINUSCA que Hissène era el jefe del convoy y que su objetivo era llegar a Bria y participar en la asamblea de grupos ex Seleka organizada por Nourredine Adam.

En agosto y septiembre de 2016, el grupo de expertos viajó dos veces a Sibut con el fin de inspeccionar los efectos personales hallados por la MINUSCA el 13 de agosto en el convoy de Hissène, Gaye y Hamit Tidjani. El grupo también inspeccionó la munición incautada en la casa de Hissène el 16 de agosto. Se recuperaron equipos militares mortíferos y no mortíferos que estaban en los seis vehículos y en posesión de las personas detenidas. El 16 de agosto de 2016, la Gendarmería Central irrumpió en el domicilio de Hissène en Bangui, donde se encontraron más de 700 armas.

El 4 de septiembre de 2016, un grupo de elementos ex Seleka procedentes de Kaga-Bandoro a bordo de seis motocicletas, que tenía intención de recoger a Hissène y sus compañeros, abrió fuego contra la MINUSCA junto a Dékoa. Durante este incidente murió un combatiente ex Seleka y resultaron heridos dos miembros del personal de mantenimiento de la paz y un civil.»

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo I del Reglamento 224/2014, de 10 de marzo (Ref. DOUE-L-2014-80438).
Materias
  • Cuentas bloqueadas
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • República Centroafricana
  • Sanciones

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