EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 29,
Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,
Considerando lo siguiente:
(1) El 27 de diciembre de 2001, el Consejo adoptó la Posición Común 2001/931/PESC (1).
(2) El 4 de agosto de 2017, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2017/1426 (2) por la que se actualiza la lista de personas, grupos y entidades a los que se aplican los artículos 2, 3 y 4 de la Posición Común 2001/931/PESC (en lo sucesivo, «lista»).
(3) El Consejo ha decidido que ya no existen motivos para que se mantenga a una entidad en la lista.
(4) La lista debe, pues, modificarse en consecuencia.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
El anexo de la Decisión (PESC) 2017/1426 se modifica según se establece en el anexo de la presente Decisión.
La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 13 de noviembre de 2017.
Por el Consejo
La Presidenta
F. MOGHERINI
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(1) Posición común 2001/931/PESC del Consejo, de 27 de diciembre de 2001, sobre la aplicación de medidas específicas de lucha contra el terrorismo (DO L 344 de 28.12.2001, p. 93).
(2) Decisión (PESC) 2017/1426 del Consejo, de 4 de agosto de 2017, por la que se actualiza la lista de personas, grupos y entidades a los que se aplican los artículos 2, 3 y 4 de la Posición Común 2001/931/PESC sobre la aplicación de medidas específicas de lucha contra el terrorismo, y se deroga la Decisión (PESC) 2017/154 (DO L 204 de 5.8.2017, p. 95).
Se suprime de la lista establecida en el anexo de la Decisión (PESC) 2017/1426 la entidad que se menciona a continuación:
II. GRUPOS Y ENTIDADES
«18. “Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia” (“FARC”).».
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