EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 31, apartado 2,
Vista la Decisión (PESC) 2016/849 del Consejo, de 27 de mayo de 2016, relativa a la adopción de medidas restrictivas contra la República Popular Democrática de Corea y por la que se deroga la Decisión 2013/183/PESC (1), y en particular su artículo 33, apartado 1,
Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,
Considerando lo siguiente:
(1)
El 27 de mayo de 2016, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2016/849.
(2)
El 28 de diciembre de 2017, el Comité del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, creado en virtud de la Resolución (RCSNU)1718 (2006) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, designó cuatro buques conforme a lo dispuesto en el párrafo 6 de la RCSNU (2017).
(3)
Procede, por tanto, modificar el anexo IV de la Decisión (PESC) 2016/849 en consecuencia.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
El anexo IV de la Decisión (PESC) 2016/849 queda modificado como se establece en el anexo de la presente Decisión.
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 12 de enero de 2018.
Por el Consejo
La Presidenta
E. KRALEVA
__________
(1) DO L 141 de 28.5.2016, p. 79.
ANEXO
Los buques que figuran a continuación se incluyen en la lista de buques sujetos a medidas restrictivas que recoge el anexo IV de la Decisión (PESC) 2016/849:
«5.
Nombre: BILLIONS NO. 18
Información adicional
OMI: 9191773
6.
Nombre: UL JI BONG 6
Información adicional
OMI: 9114555
7.
Nombre: RUNG RA 2
Información adicional
OMI: 9020534
8.
Nombre: RYE SONG GANG 1
Información adicional
OMI: 7389704».
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