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Documento DOUE-L-2019-80646

Corrección de errores del Reglamento (UE) 2019/50 de la Comisión, de 11 de enero de 2019, por el que se modifican los anexos II, III, IV y V del Reglamento (CE) n.° 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a los límites máximos de residuos de clorantraniliprol, clomazona, ciclaniliprol, fenazaquina, fenpicoxamida, fluoxastrobina, lambda-cihalotrina, mepicuat, aceite de cebolla, tiacloprid y valifenalato en determinados productos.

Publicado en:
«DOUE» núm. 109, de 24 de abril de 2019, páginas 28 a 29 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2019-80646

TEXTO ORIGINAL

En la página 12, en el anexo, en las modificaciones de las columnas correspondientes a la clomazona, la fluoxastrobina, la lambda-cihalotrina, el mepicuat y el tiacloprid del anexo II del Reglamento (CE) n.o 396/2005, en el cuadro, en el encabezamiento de la columna correspondiente a la lambda-cihalotrina:

donde dice:

«Lambda-cihalotrina (L) (R)»,

debe decir:

«Lambda-cihalotrina (incluye gamma-cihalotrina) (suma de los isómeros R y S y de los isómeros S y R) (L)».

En la página 17, en el anexo, en las modificaciones de las columnas correspondientes a la clomazona, la fluoxastrobina, la lambda-cihalotrina, el mepicuat y el tiacloprid del anexo II del Reglamento (CE) n.o 396/2005, en el cuadro, en la entrada correspondiente a las semillas de algodón:

donde dice:

«0401090

Semillas de algodón

 

0,01 (*)

0,2

0,5 (+)

0,15»,

debe decir:

«0401090

Semillas de algodón

 

0,01 (*)

0,2

5 (+)

0,15».

En la página 22, en el anexo, en las modificaciones de las columnas correspondientes a la clomazona, la fluoxastrobina, la lambda-cihalotrina, el mepicuat y el tiacloprid del anexo II del Reglamento (CE) n.o 396/2005, en las notas a pie de página situadas debajo del cuadro:

donde dice:

«Lambda-cihalotrina (L) (R)

(R)

=

La definición del residuo difiere para las siguientes combinaciones de plaguicida-número de código:

Lambda-cihalotrina - código 1000000, excepto 1040000: Lamba-cihalotrina, incluidas otras mezclas de constituyentes isómeros (suma de los isómeros)»,

debe decir:

«Lambda-cihalotrina (incluye gamma-cihalotrina) (suma de los isómeros R y S y de los isómeros S y R) (L)».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 24/04/2019
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 2019/50, de 11 de enero (Ref. DOUE-L-2019-80046).
  • CORRIGE errores del Reglamento 396/2005, de 23 de febrero (Ref. DOUE-L-2005-80504).
Materias
  • Plaguicidas
  • Productos agrícolas
  • Productos alimenticios
  • Productos animales
  • Residuos
  • Sanidad vegetal
  • Sanidad veterinaria
  • Sustancias peligrosas

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