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Documento DOUE-L-2019-80870

Reglamento Delegado (UE) 2019/841 de la Comisión, de 14 de marzo de 2019, que corrige determinadas versiones lingüísticas del Reglamento Delegado (UE) 2015/2446, por el que se completa el Reglamento (UE) n.° 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo con normas de desarrollo relativas a determinadas disposiciones del Código Aduanero de la Unión.

Publicado en:
«DOUE» núm. 138, de 24 de mayo de 2019, páginas 76 a 78 (3 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2019-80870

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de octubre de 2013, por el que se establece el código aduanero de la Unión (1), y en particular su artículos 7, 62, 156, 160, 212 y 253,

Considerando siguiente:

(1)

La versión en lengua alemana del Reglamento Delegado (UE) 2015/2446 de la Comisión (2) contiene un error en la definición establecida en el artículo 1, apartado 21, por lo que respecta a las mercancías reservadas al uso personal, lo que modifica el alcance de la definición.

(2)

La versión en lengua eslovaca del Reglamento Delegado (UE) 2015/2446 contiene un error en el artículo 128, apartado 2, que fue introducido por el Reglamento Delegado (UE) 2016/341 de la Comisión (3), por lo que respecta al valor de las mercancías con estatuto aduanero de mercancías de la Unión, lo que confiere a la disposición el sentido opuesto.

(3)

La versión en lengua italiana del Reglamento Delegado (UE) 2015/2446 contiene un error en el artículo 226, apartado 1, letra b), en lo que se refiere al empleado al que se refiere.

(4)

La versión estonia del Reglamento Delegado (UE) 2015/2446 contiene un error en el artículo 226, apartado 3, frase introductoria, que confiere a la disposición el sentido opuesto.

(5)

Las versiones del Reglamento Delegado (UE) 2015/2446 en lengua alemana, danesa, española, finesa, francesa, griega y neerlandesa contienen un error en el anexo 22-01 por lo que se refiere a las mercancías enumeradas en él.

(6)

Por tanto, procede modificar en consecuencia las versiones del Reglamento Delegado (UE) 2015/2446 en lengua alemana, danesa, eslovaca, española, estonia, finesa, francesa, griega, italiana y neerlandesa. Las demás versiones lingüísticas no se ven afectadas,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El Reglamento Delegado (UE) 2015/2446 se corrige como sigue:

1) (no afecta a la versión española);

2) (no afecta a la versión española);

3) (no afecta a la versión española);

4) (no afecta a la versión española);

5) (no afecta a la versión española);

6) (no afecta a la versión española);

7) (no afecta a la versión española);

8) (no afecta a la versión española);

9) (no afecta a la versión española);

10) (no afecta a la versión española);

11) en el anexo 22-01, sección XI:

a) en el capítulo 50, tercera columna del cuadro, fila relativa al Código SA 2017 5007, el párrafo tercero se sustituye por el texto siguiente:

«Estampado o tinte de tejidos crudos o preblanqueados y otras operaciones preparatorias o de acabado»;

b) en el capítulo 51, tercera columna del cuadro, fila relativa al Código SA 2017 5111, el párrafo tercero se sustituye por el texto siguiente:

«Estampado o tinte de tejidos crudos o preblanqueados y otras operaciones preparatorias o de acabado»;

c) en el capítulo 51, tercera columna del cuadro, fila relativa al Código SA 2017 5112, el párrafo tercero se sustituye por el texto siguiente:

«Estampado o tinte de tejidos crudos o preblanqueados y otras operaciones preparatorias o de acabado»;

d) en el capítulo 51, tercera columna del cuadro, fila relativa al Código SA 2017 5113, el párrafo tercero se sustituye por el texto siguiente:

«Estampado o tinte de tejidos crudos o preblanqueados y otras operaciones preparatorias o de acabado»;

e) en el capítulo 52, tercera columna del cuadro, fila relativa al Código SA 2017 5208, el párrafo tercero se sustituye por el texto siguiente:

«Estampado o tinte de tejidos crudos o preblanqueados y otras operaciones preparatorias o de acabado»;

f) en el capítulo 52, tercera columna del cuadro, fila relativa al código SA 2017 5209, el párrafo tercero se sustituye por el texto siguiente:

«Estampado o tinte de tejidos crudos o preblanqueados y otras operaciones preparatorias o de acabado»;

g) en el capítulo 52, tercera columna del cuadro, fila relativa al Código SA 2017 5210, el párrafo tercero se sustituye por el texto siguiente:

«Estampado o tinte de tejidos crudos o preblanqueados y otras operaciones preparatorias o de acabado»;

h) en el capítulo 52, tercera columna del cuadro, fila relativa al Código SA 2017 5211, el párrafo tercero se sustituye por el texto siguiente:

«Estampado o tinte de tejidos crudos o preblanqueados y otras operaciones preparatorias o de acabado»;

i) en el capítulo 52, tercera columna del cuadro, fila relativa al Código SA 2017 5212, el párrafo tercero se sustituye por el texto siguiente:

«Estampado o tinte de tejidos crudos o preblanqueados y otras operaciones preparatorias o de acabado»;

j) en el capítulo 53, tercera columna del cuadro, fila relativa al Código SA 2017 5309, el párrafo tercero se sustituye por el texto siguiente:

«Estampado o tinte de tejidos crudos o preblanqueados y otras operaciones preparatorias o de acabado»;

k) en el capítulo 53, tercera columna del cuadro, fila relativa al Código SA 2017 5310, el párrafo tercero se sustituye por el texto siguiente:

«Estampado o tinte de tejidos crudos o preblanqueados y otras operaciones preparatorias o de acabado»;

l) en el capítulo 53, tercera columna del cuadro, fila relativa al Código SA 2017 ex 5311 (a), el párrafo tercero se sustituye por el texto siguiente:

«Estampado o tinte de tejidos crudos o preblanqueados y otras operaciones preparatorias o de acabado»;

m) en el capítulo 54, tercera columna del cuadro, fila relativa al Código SA 2017 5407, el párrafo tercero se sustituye por el texto siguiente:

«Estampado o tinte de tejidos crudos o preblanqueados y otras operaciones preparatorias o de acabado»;

n) en el capítulo 54, tercera columna del cuadro, fila relativa al Código SA 2017 5408, el párrafo tercero se sustituye por el texto siguiente:

«Estampado o tinte de tejidos crudos o preblanqueados y otras operaciones preparatorias o de acabado»;

o) en el capítulo 55, tercera columna del cuadro, fila relativa al Código SA 2017 5512, el párrafo tercero se sustituye por el texto siguiente:

«Estampado o tinte de tejidos crudos o preblanqueados y otras operaciones preparatorias o de acabado»;

p) en el capítulo 55, tercera columna del cuadro, fila relativa al Código SA 2017 5513, el párrafo tercero se sustituye por el texto siguiente:

«Estampado o tinte de tejidos crudos o preblanqueados y otras operaciones preparatorias o de acabado»;

q) en el capítulo 55, tercera columna del cuadro, fila relativa al Código SA 2017 5514, el párrafo tercero se sustituye por el texto siguiente:

«Estampado o tinte de tejidos crudos o preblanqueados y otras operaciones preparatorias o de acabado»;

r) en el capítulo 55, tercera columna del cuadro, fila relativa al Código SA 2017 5515, el párrafo tercero se sustituye por el texto siguiente:

«Estampado o tinte de tejidos crudos o preblanqueados y otras operaciones preparatorias o de acabado»;

s) en el capítulo 55, tercera columna del cuadro, fila relativa al Código SA 2017 5516, el párrafo tercero se sustituye por el texto siguiente:

«Estampado o tinte de tejidos crudos o preblanqueados y otras operaciones preparatorias o de acabado»;

t) en el capítulo 59, tercera columna del cuadro, fila relativa al Código SA 2017 5903, el párrafo tercero se sustituye por el texto siguiente:

«Estampado o tinte de tejidos crudos o preblanqueados y otras operaciones preparatorias o de acabado»;

u) en el capítulo 59, tercera columna del cuadro, fila relativa al Código SA 2017 5905, el párrafo tercero se sustituye por el texto siguiente:

«Estampado o tinte de tejidos crudos o preblanqueados y otras operaciones preparatorias o de acabado»;

v) en el capítulo 59, tercera columna del cuadro, fila relativa al Código SA 2017 5907, el párrafo tercero se sustituye por el texto siguiente:

«Estampado o tinte de tejidos crudos o preblanqueados y otras operaciones preparatorias o de acabado».

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 14 de marzo de 2019.

Por la Comisión

El Presidente

Jean-Claude JUNCKER

(1)  DO L 269 de 10.10.2013, p. 1.

(2)  Reglamento Delegado (UE) 2015/2446 de la Comisión, de 28 de julio de 2015, por el que se completa el Reglamento (UE) n.o 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo con normas de desarrollo relativas a determinadas disposiciones del Código Aduanero de la Unión (DO L 343 de 29.12.2015, p. 1).

(3)  Reglamento Delegado (UE) 2016/341 de la Comisión, de 17 de diciembre de 2015, por el que se completa el Reglamento (UE) n.o 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a las normas transitorias para determinadas disposiciones del Código aduanero de la Unión mientras no estén operativos los sistemas electrónicos pertinentes y por el que se modifica el Reglamento Delegado (UE) 2015/2446 (DO L 69 de 15.3.2016, p. 1).

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • CORRIGE errores en el anexo del Reglamento 2015/2446, de 28 de julio (Ref. DOUE-L-2015-82599).
Materias
  • Aduanas
  • Arancel Aduanero Común
  • Código Aduanero
  • Comercio extracomunitario
  • Formalidades aduaneras
  • Mercancías
  • Nomenclatura
  • Registros administrativos
  • Registros telemáticos

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