LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Vista la Directiva 89/656/CEE del Consejo, de 30 de noviembre de 1989, relativa a las disposiciones mínimas de seguridad y de salud para la utilización por los trabajadores en el trabajo de equipos de protección individual (1), y, en particular, su artículo 9,
Considerando lo siguiente:
(1) El principio 10 del pilar europeo de derechos sociales (2), proclamado en Gotemburgo el 17 de noviembre de 2017, establece que todos los trabajadores tienen derecho a un entorno de trabajo saludable, seguro y adaptado. El derecho de los trabajadores a un elevado nivel de protección de la salud y la seguridad en el trabajo, así como a un entorno de trabajo adaptado a sus necesidades profesionales y que les permita prolongar su participación en el mercado laboral, comprende el uso de equipos de protección individual en el lugar de trabajo cuando los riesgos no se puedan evitar o no puedan limitarse suficientemente por otros medios, medidas, métodos o procedimientos de organización del trabajo.
(2) La aplicación de las Directivas en materia de salud y seguridad de los trabajadores en el trabajo, incluida la Directiva 89/656/CEE, fue objeto de una evaluación a posteriori, conocida como evaluación REFIT. Esta analizó la pertinencia de las Directivas, la investigación y los nuevos conocimientos científicos en los distintos campos implicados. La evaluación REFIT, mencionada en el Documento de trabajo de los servicios de la Comisión (3), llega a la conclusión, entre otras, de que el uso de equipos de protección individual afecta aproximadamente al 40 % de los trabajadores de la UE, pues no hay otra manera de evitar los riesgos en el lugar de trabajo; y de que se necesita abordar las dificultades de aplicación de la Directiva 89/656/CEE.
(3) En su Comunicación «Trabajo más seguro y saludable para todos. Modernización de la legislación y las políticas de la UE de salud y seguridad en el trabajo» (4), la Comisión reiteró que, si bien la evaluación REFIT del acervo de la Unión sobre salud y seguridad en el trabajo confirmó que la legislación de este campo es, en general, eficaz y adecuada a su objetivo, hay margen para actualizar las normas obsoletas y garantizar una protección mejor y más amplia, el cumplimiento y la aplicación sobre el terreno. La Comisión hace hincapié en la necesidad particular de examinar la definición de equipo de protección individual y su uso por parte de diferentes servicios y sectores, tal y como se establece en el artículo 2 de la Directiva 89/656/CEE.
(4) La Directiva 89/656/CEE fija unos requisitos mínimos para el uso de los equipos de protección individual por parte de los trabajadores en el trabajo; dichos equipos deberán utilizarse cuando los riesgos no se puedan evitar o no puedan limitarse suficientemente por medios técnicos de protección colectiva o mediante medidas, métodos o procedimientos de organización del trabajo. Para facilitar el establecimiento de las reglas generales necesarias en virtud del artículo 6 de la Directiva 89/656/CEE, los anexos I, II y III de la Directiva 89/656/CEE proporcionan directrices no vinculantes destinadas a simplificar y apoyar la selección de equipos de protección individual apropiados en relación con los riesgos, las actividades y los sectores involucrados.
(5) El Reglamento (UE) 2016/425 del Parlamento Europeo y del Consejo (5) establece las disposiciones relativas al diseño, la fabricación y la comercialización de equipos de protección individual. Asimismo, el Reglamento (UE) 2016/425 modificó la categorización de los riesgos de productos, a fin de permitir a los empresarios comprender y, de esta manera, implementar el uso de los equipos de protección individual, tal y como se explica en mayor detalle en las Directrices en materia de equipos de protección individual (6), que aclaran los procedimientos y asuntos a los que se alude en el Reglamento (UE) 2016/425. Se considera apropiado actualizar los anexos I, II y III de la Directiva 89/656/CEE, para garantizar la coherencia con la clasificación de riesgos dispuesta en el Reglamento (UE) 2016/425 y armonizarla con la terminología utilizada y los tipos de equipo de protección individual mencionados en el Reglamento (UE) 2016/425.
(6) El artículo 4, apartado 1, de la Directiva 89/656/CEE dispone que los empresarios deben proporcionar equipos de protección individual que se adecuen a las disposiciones pertinentes de la Unión sobre diseño y construcción en materia de seguridad y de salud. En virtud de ese artículo, los empresarios que los proporcionan a sus trabajadores deben garantizar que dichos equipos respetan los requisitos establecidos en el Reglamento (UE) 2016/425.
(7) El anexo I de la Directiva 89/656/CEE presenta un esquema indicativo para el inventario de los riesgos con el fin de utilizar los equipos de protección individual, y enumera los tipos de riesgos que podrían existir en el lugar de trabajo en relación con las diferentes partes del cuerpo que han de proteger tales equipos. Así pues, debe modificarse el anexo I para que tenga en cuenta los nuevos tipos de riesgos que pueden surgir en el trabajo, así como para garantizar la coherencia con la clasificación de riesgos y la terminología empleadas, en particular, en el Reglamento (UE) 2016/425.
(8) Además, ha de modificarse el anexo II de la Directiva 89/656/CEE, que contiene una lista indicativa y no exhaustiva de los diferentes tipos de equipos de protección individual, a fin de abarcar también los nuevos tipos de riesgos que figuran en el anexo I de tal Directiva. También debería modificarse el anexo II para que incluya ejemplos de equipos de protección individual disponibles actualmente en el mercado de conformidad con el Reglamento (UE) 2016/425 y con la terminología utilizada en este.
(9) El anexo III de la Directiva 89/656/CEE expone una lista indicativa y no exhaustiva de actividades y sectores de actividades que pueden requerir la utilización de equipos de protección individual, reuniendo así las clasificaciones de riesgos presentadas en el anexo I de dicha Directiva y los tipos de equipos de protección individual descritos en el anexo II del mismo acto. Por consiguiente, el anexo III de la Directiva 89/656/CEE debe reestructurarse para asegurar la coherencia entre la terminología y las clasificaciones empleadas en los tres Anexos y el Reglamento (UE) 2016/425. Esto permitirá a los empresarios de distintos sectores e industrias identificar y suministrar con mayor propiedad equipos de protección individual que correspondan a las actividades específicas y los tipos concretos de riesgos a los que están expuestos los trabajadores, tal y como se indica en la evaluación de riesgos.
(10) Se solicitó consejo al Comité Consultivo para la Seguridad y la Salud en el Trabajo acerca de las medidas derivadas de la adopción de la Comunicación de la Comisión «Trabajo más seguro y saludable para todos. Modernización de la legislación y las políticas de la UE de salud y seguridad en el trabajo» que son necesarias para asegurar que la legislación de la UE sobre salud y seguridad en el trabajo siga siendo eficaz y adecuada a su objetivo.
(11) En su «Opinion on the Modernisation of Six OSH Directives to Ensure Healthier and Safer Work for All» (Dictamen sobre la modernización de seis Directivas en materia de seguridad de seguridad e higiene en el trabajo para garantizar un trabajo más seguro y saludable para todos) (7), adoptado el 6 de diciembre de 2017, el Comité Consultivo para la Seguridad y la Salud en el Trabajo recomienda modificar la Directiva 89/656/CEE para reforzar su pertinencia y eficacia.
(12) En su posterior «Opinion on technical updates to the annexes of the Personal Protective Equipment Directive (89/656/EEC)» [Dictamen sobre las actualizaciones técnicas para los anexos de la Directiva en materia de equipos de protección individual (89/656/CEE)] (8), adoptado el 31 de mayo de 2018, el Comité Consultivo para la Seguridad y la Salud en el Trabajo sugiere actualizar de manera específica los anexos I, II y III de la Directiva 89/656/CEE, tomando en consideración los avances tecnológicos más recientes en el campo y asegurando la coherencia con el Reglamento (UE) 2016/425.
(13) Para preparar la actualización en curso de los anexos I, II y III de la Directiva 89/656/CEE, la Comisión contó con la ayuda de un equipo de expertos en representación de los Estados miembros, que prestaron apoyo científico y técnico.
(14) De conformidad con la Declaración política conjunta sobre los documentos explicativos (9), adoptada por los Estados miembros y la Comisión el 28 de septiembre de 2011, los Estados miembros se han comprometido a adjuntar a la notificación de sus medidas de transposición, en aquellos casos en que esté justificado, uno o varios documentos que expliquen la relación entre los elementos de una Directiva y las partes correspondientes de los instrumentos nacionales de transposición.
(15) Las medidas previstas en la presente Directiva se ajustan al dictamen del Comité establecido en el artículo 17 de la Directiva 89/391/CEE del Consejo (10).
HA ADOPTADO LA PRESENTE DIRECTIVA:
Artículo 1
Los anexos I, II y III de la Directiva 89/656/CEE se sustituyen por el texto que figura en el anexo de la presente Directiva.
Artículo 2
1. Los Estados miembros pondrán en vigor, a más tardar el 20 de noviembre de 2021, las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente Directiva. Comunicarán inmediatamente a la Comisión el texto de dichas disposiciones. Cuando los Estados miembros adopten dichas medidas, estas incluirán una referencia a la presente Directiva o irán acompañadas de dicha referencia en su publicación oficial. Los Estados miembros establecerán las modalidades de la mencionada referencia.
2. Los Estados miembros comunicarán a la Comisión el texto de las principales disposiciones de Derecho interno que adopten en el ámbito regulado por la presente Directiva.
Artículo 3
La presente Directiva entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Artículo 4
Los destinatarios de la presente Directiva son los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 24 de octubre de 2019.
Por la Comisión
El Presidente
Jean-Claude JUNCKER
(1) DO L 393 de 30.12.1989, p. 18.
(2) Pilar europeo de derechos sociales, 2017, https://ec.europa.eu/commission/sites/beta-political/files/social-summit-european-pillar- social-rights-booklet_es.pdf
(3) SWD(2017)10 final.
(4) COM(2017) 12.
(5) Reglamento (UE) 2016/425 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, relativo a los equipos de protección individual y por el que se deroga la Directiva 89/686/CEE del Consejo (DO L 81 de 31.3.2016, p. 51).
(6) PPE Regulation Guidelines – Guide to application of Regulation (EU) 2016/425 on personal protective equipment (Directrices del Reglamento de EPI: guía para la aplicación del Reglamento (UE) 2016/425 relativo a los equipos de protección individual, en inglés en la dirección https://ec.europa.eu/docsroom/documents/29201).
(7) Comité Consultivo para la Seguridad y la Salud en el Trabajo, documento 1718/2017.
(8) Comité Consultivo para la Seguridad y la Salud en el Trabajo, documento 443/18.
(9) DO C 369 de 17.12.2011, p. 14.
(10) Directiva 89/391/CEE del Consejo, de 12 de junio de 1989, relativa a la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud de los trabajadores en el trabajo (DO L 183 de 29.6.1989, p. 1).
ANEXO
1) El anexo I de la Directiva 89/656/CEE se sustituye por el texto siguiente:
«ANEXO I
RIESGOS EN RELACIÓN CON LAS PARTES DEL CUERPO QUE SE DEBEN PROTEGER CON LOS EPI (*)
(*) No se puede esperar que esta lista de riegos/partes del cuerpo sea exhaustiva.
La evaluación de riesgos determinará la necesidad de suministrar un EPI y sus características de acuerdo con las disposiciones de la presente Directiva.
».
2) El anexo II de la Directiva 89/656/CEE se sustituye por el texto siguiente:
«ANEXO II
LISTA NO EXHAUSTIVA DE TIPOS DE EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL EN RELACIÓN CON LOS RIESGOS CONTRA LOS QUE PROTEGEN
Equipos de PROTECCIÓN PARA LA CABEZA
—
|
cascos o gorras/pasamontañas/protectores para la cabeza para proteger contra:
—
|
golpes resultantes de caídas o proyecciones de objetos
|
—
|
choques contra un obstáculo
|
—
|
riesgos mecánicos (perforaciones, abrasiones)
|
—
|
compresión estática (aplastamiento lateral)
|
—
|
riesgos térmicos (llamas, calor, frío, sólidos calientes, incluidos metales fundidos)
|
—
|
descargas eléctricas y trabajos en tensión
|
—
|
radiación no ionizante (radiación UV, IR, solar o de soldaduras)
|
|
—
|
redecillas para el pelo contra el riesgo de enredos
|
Equipos de PROTECCIÓN PARA LOS OÍDOS
—
|
protectores auriculares (por ejemplo, auriculares incorporados a un casco, con reducción de ruido activa y con entrada eléctrica de audio)
|
—
|
tapones para los oídos (por ejemplo, tapones dependientes de nivel y tapones adaptados a medida)
|
Equipos de PROTECCIÓN PARA LOS OJOS Y LA CARA
—
|
gafas con patillas, gafas aislantes y pantallas faciales (gafas graduadas, si procede) para proteger contra:
—
|
radiación no ionizante (radiación UV, IR, solar o de soldaduras)
|
—
|
aerosoles sólidos y líquidos de agentes químicos y biológicos
|
|
Equipos de PROTECCIÓN PARA LAS VÍAS RESPIRATORIAS
—
|
aparatos filtrantes para proteger contra:
—
|
aerosoles sólidos o líquidos
|
|
—
|
aparatos aislantes, incluyendo aquellos con suministro de aire
|
—
|
dispositivos de autorrescate
|
—
|
aparatos y material para buceadores
|
Equipos de PROTECCIÓN PARA MANOS Y BRAZOS
—
|
guantes (incluyendo manoplas y protectores de brazos) para proteger contra:
—
|
riesgos térmicos (calor, llamas y frío)
|
—
|
descargas eléctricas y trabajos en tensión (antiestáticos, conductores y aislantes)
|
—
|
radiación ionizante y contaminación radiactiva
|
—
|
radiación no ionizante (radiación UV, IR, solar o de soldaduras)
|
|
Equipos de PROTECCIÓN PARA PIES Y PIERNAS y protección antideslizante
—
|
calzado (por ejemplo, zapatos, incluyendo en determinadas circunstancias zuecos, botas que podrían tener puntera de acero) para proteger contra:
—
|
riesgos térmicos (calor, llamas y frío)
|
—
|
descargas eléctricas y trabajos en tensión (antiestático, conductor y aislante)
|
|
—
|
protectores de empeine extraíbles contra los riesgos mecánicos
|
—
|
rodilleras para proteger contra los riesgos mecánicos
|
—
|
polainas para proteger contra los riesgos mecánicos, térmicos y químicos, así como contra agentes biológicos
|
—
|
accesorios (por ejemplo, púas y crampones)
|
PROTECCIÓN PARA LA PIEL: CREMAS DE PROTECCIÓN (1)
—
|
podría haber cremas de protección para proteger contra:
—
|
radiación no ionizante (radiación UV, IR, solar o de soldaduras)
|
—
|
riesgos térmicos (calor, llamas y frío)
|
|
Equipos de PROTECCIÓN PARA EL CUERPO/OTRA PROTECCIÓN PARA LA PIEL
—
|
equipos de protección individual para protegerse de las caídas de altura, por ejemplo, dispositivos anticaídas retráctiles, arneses de cuerpo completo, arneses de asiento, cinturones para sujeción y retención y componente de amarre de sujeción, absorbedores de energía, dispositivos anticaídas deslizantes sobre línea de anclaje, dispositivos de regulación de cuerda, dispositivos de anclaje que no están diseñados para fijarse de manera permanente y que no requieren sujeciones antes de su uso, conectores, equipos de amarre, arneses de salvamento
|
—
|
ropa de protección, incluyendo protección total del cuerpo (por ejemplo, trajes y monos) y parcial (por ejemplo, polainas, pantalones largos, chaquetas, chalecos, delantales, rodilleras, capuchas y pasamontañas) contra:
—
|
riesgos térmicos (calor, llamas y frío)
|
—
|
radiación ionizante y contaminación radiactiva
|
—
|
radiación no ionizante (radiación UV, IR, solar o de soldaduras)
|
—
|
descargas eléctricas y trabajos en tensión (antiestática, conductora y aislante)
|
—
|
enredos y atrapamientos
|
|
—
|
chalecos salvavidas para evitar ahogamientos y ayudas a la flotabilidad
|
—
|
EPI para señalar visualmente la presencia del usuario
|
».
3) El anexo III de la Directiva 89/656/CEE se sustituye por el texto siguiente:
«ANEXO III
Lista no exhaustiva de actividades y sectores de actividades que pueden requerir la utilización de equipos de protección individual (*)
(*) La evaluación de riesgos determinará la necesidad de suministrar un EPI y sus características de acuerdo con las disposiciones de la presente Directiva.
I. RIESGOS FÍSICOS
Riesgos
|
Parte del cuerpo afectada
Tipo de EPI
|
Ejemplos de actividades en las que podría ser necesario utilizar el tipo correspondiente de EPI (*)
|
Industrias y sectores
|
FÍSICOS: MECÁNICOS
|
Golpes resultantes de caídas o proyecciones de objetos, choques contra un obstáculo y chorros de alta presión
|
Cráneo
Casco protector
|
—
|
Trabajos en un andamios y lugares elevados, debajo o cerca de ellos
|
—
|
Obras gruesas y obras viales
|
—
|
Obras de encofrado y desencofrado
|
—
|
Montaje e instalación de andamios
|
—
|
Obras de montaje e instalación
|
—
|
Trabajos con explosivos
|
—
|
Obras en fosas, zanjas, pozos y galerías
|
—
|
Trabajos cerca de ascensores, mecanismos elevadores, grúas y transportadores
|
—
|
Trabajos en explotaciones de fondo, canteras y explotaciones a cielo abierto
|
—
|
Trabajos con hornos industriales, contenedores, aparatos, silos, tolvas y canalizaciones
|
—
|
Líneas de matanza y corte en los mataderos
|
—
|
Manipulación de cargas o transporte y almacenamiento
|
—
|
Trabajos en puentes metálicos, edificios metálicos de gran altura, construcciones hidráulicas de acero, altos hornos, acerías, laminadores, grandes contenedores, t canalizaciones de gran diámetro, instalaciones de calderas y centrales eléctricas
|
—
|
Movimientos de tierra y obras en roca
|
—
|
Manipulación de pistolas grapadoras
|
—
|
Trabajos con altos hornos, plantas de reducción directa, acería, laminadores, fábricas metalúrgicas, forjado, forja de estampación y fundiciones
|
—
|
Trabajos que conlleven desplazamientos en bicicleta y bicicletas motorizadas
|
|
—
|
Construcción de edificios
|
—
|
Obras de ingeniería civil
|
—
|
Fabricación, instalación y mantenimiento de maquinaria
|
—
|
Construcción y mantenimiento de infraestructuras
|
—
|
Puertos, transporte y logística
|
|
Ojos o cara
Gafas con patillas, gafas aislantes y pantallas faciales
|
—
|
Trabajos de soldadura, apomazado y corte
|
—
|
Talla y tratamiento de piedras
|
—
|
Manipulación de pistolas grapadoras
|
—
|
Utilización de máquinas que al funcionar levanten virutas en la transformación de materiales que produzcan virutas cortas
|
—
|
Recogida y fragmentación de cascos
|
—
|
Pulverización de sustancias abrasivas
|
—
|
Uso de desbrozadoras o motosierras
|
—
|
Intervenciones dentales y quirúrgicas
|
|
—
|
Construcción de edificios
|
—
|
Obras de ingeniería civil
|
—
|
Fabricación, instalación y mantenimiento de maquinaria
|
—
|
Construcción y mantenimiento de infraestructuras
|
—
|
Industria metalúrgica y de la madera
|
|
Pie y pierna (partes)
Calzado (zapatos, botas, etc.) con puntera protectora o de seguridad
Calzado con protección del metatarso
|
—
|
Obras gruesas y obras viales
|
—
|
Obras de encofrado y desencofrado
|
—
|
Montaje e instalación de andamios
|
—
|
Trabajos con explosivos
|
—
|
Talla y tratamiento de piedras
|
—
|
Trabajos en la línea de matanza y corte
|
—
|
Transporte y almacenamiento
|
—
|
Manipulación de moldes en la industria cerámica
|
—
|
Manipulación de bloques de carne congelada y bidones metálicos de conservas
|
—
|
Fabricación, manipulación y tratamiento de vidrio plano y vidrio hueco
|
—
|
Trabajo de transformación y mantenimiento
|
—
|
Obras con hormigón y piezas prefabricadas que incluyan encofrado y desencofrado
|
—
|
Actividades en obras de construcción o áreas de almacenamiento
|
—
|
Trabajos en puentes metálicos, edificios metálicos de gran altura, postes, torres, ascensores, construcciones hidráulicas de acero, instalaciones de altos hornos, acerías, laminadores, grandes contenedores, canalizaciones de gran diámetro, grúas, instalaciones de calderas y centrales eléctricas
|
—
|
Obras de construcción de hornos, montaje de instalaciones de calefacción, ventilación y estructuras metálicas
|
—
|
Obras con altos hornos, plantas de reducción directa, acería, laminadores, fábricas metalúrgicas, forjado, forja de estampación, prensas en caliente y trefilerías
|
—
|
Obras en canteras y explotaciones a cielo abierto, y desplazamiento de escombreras
|
—
|
Manipulación de moldes en la industria cerámica
|
—
|
Revestimiento de hornos en la industria cerámica
|
|
—
|
Construcción de edificios
|
—
|
Obras de ingeniería civil
|
—
|
Fabricación, instalación y mantenimiento de maquinaria
|
—
|
Construcción y mantenimiento de infraestructuras
|
—
|
Industria manufacturera
|
|
Caídas debidas a resbalones
|
Pies
Calzado antideslizante
|
—
|
Trabajos en superficies resbaladizas
|
—
|
Trabajos en entornos húmedos
|
|
—
|
Construcción de edificios
|
—
|
Obras de ingeniería civil
|
—
|
Industrias alimentarias
|
|
Caídas de altura
|
Cuerpo entero
EPI diseñado para evitar o detener las caídas de altura
|
—
|
Montaje de piezas prefabricadas
|
—
|
Trabajos en superficies verticales o inclinadas
|
—
|
Trabajos en cabinas de grúas situadas en altura
|
—
|
Trabajos en cabinas altas de equipos de elevación y extracción para almacenes
|
—
|
Trabajos en emplazamientos de torres de perforación situados en altura
|
—
|
Trabajos en pozos y canalizaciones
|
|
—
|
Construcción de edificios
|
—
|
Obras de ingeniería civil
|
—
|
Mantenimiento de infraestructuras
|
|
Vibración
|
Manos
Guantes de protección
|
—
|
Trabajos con herramientas guiadas a mano
|
|
—
|
Industrias manufactureras
|
—
|
Obras de ingeniería civil
|
|
Compresión estática de partes del cuerpo
|
Rodilla (partes de la pierna)
Rodilleras
|
—
|
Instalación de ladrillos, baldosas y losas en el piso
|
|
—
|
Construcción de edificios
|
—
|
Obras de ingeniería civil
|
|
Pies
Calzado con punteras
|
|
—
|
Construcción de edificios
|
—
|
Obras de ingeniería civil
|
—
|
Transporte y almacenamiento
|
|
Lesiones mecánicas (abrasiones, perforaciones, cortes, mordeduras, heridas o pinchazos)
|
Ojos o cara
Gafas con patillas, gafas aislantes, pantallas faciales
|
—
|
Trabajos con herramientas guiadas a mano
|
—
|
Trabajos de apomazado y corte
|
—
|
Talla y tratamiento de piedras
|
—
|
Utilización de máquinas que al funcionar levanten virutas en la transformación de materiales que produzcan virutas cortas
|
—
|
Recogida y fragmentación de cascos
|
—
|
Pulverización de sustancias abrasivas
|
—
|
Uso de desbrozadoras o motosierras
|
|
—
|
Construcción de edificios
|
—
|
Obras de ingeniería civil
|
—
|
Mantenimiento de infraestructuras
|
—
|
Industria metalúrgica y de la madera
|
|
Manos
Guantes de protección mecánica
|
—
|
Trabajos con armazones de acero
|
—
|
Manipulación de objetos con aristas cortantes, pero no al utilizar máquinas, cuando exista riesgo de que el guante quede atrapado;
|
—
|
Utilización habitual de cuchillos de mano en la producción y los mataderos
|
—
|
Sustitución de cuchillas en máquinas de cortar
|
|
—
|
Construcción de edificios
|
—
|
Obras de ingeniería civil
|
—
|
Mantenimiento de infraestructuras
|
—
|
Industrias manufactureras
|
|
Antebrazos
Protección para brazos
|
|
|
Tronco/abdomen/pierna
Delantal protector, polainas
Pantalones resistentes a las perforaciones (pantalones resistentes a los cortes)
|
—
|
Utilización habitual de cuchillos de mano en la producción y los mataderos
|
|
|
Pies
Calzado resistente a las perforaciones
|
—
|
Obras gruesas y obras viales
|
—
|
Obras de encofrado y desencofrado
|
|
—
|
Construcción de edificios
|
—
|
Obras de ingeniería civil
|
|
Enredos y atrapamientos
|
Cuerpo entero
Ropa protectora para su uso en lugares donde exista un riesgo de enredo con piezas móviles
|
—
|
Enredarse con piezas de las máquinas
|
—
|
Quedar atrapado en piezas de las máquinas
|
—
|
Engancharse con la ropa en piezas de las máquinas
|
|
—
|
Construcción de máquinas
|
—
|
Fabricación de maquinaria pesada
|
|
FÍSICOS: RUIDO
|
Ruido
|
Oídos
Protectores auditivos contra el ruido
|
—
|
Utilización de prensas para metales
|
—
|
Trabajos que lleven consigo la utilización de dispositivos de aire comprimido
|
—
|
Actividades del personal de tierra en los aeropuertos
|
—
|
Trabajos con herramientas eléctricas
|
—
|
Trabajos con explosivos
|
—
|
Trabajos de los sectores de la madera y textil
|
|
—
|
Industria manufacturera
|
—
|
Construcción de edificios
|
—
|
Obras de ingeniería civil
|
|
FÍSICOS: TÉRMICOS
|
Calor o llamas
|
Cara/cabeza entera
Máscaras de soldadura,
cascos/gorras para proteger del calor o las llamas, capuchas de protección contra el calor o las llamas
|
—
|
Trabajos a altas temperaturas, con calor radiante o con llamas
|
—
|
Trabajos con sustancias fundidas o cerca de ellas
|
—
|
Trabajos con soldadores de plásticos
|
|
—
|
Servicios de mantenimiento
|
—
|
Industria manufacturera
|
|
Tronco/abdomen/piernas
Delantal protector, polainas
|
|
—
|
Servicios de mantenimiento
|
—
|
Industria manufacturera
|
|
Mano
Guantes de protección contra el calor o las llamas
|
—
|
Trabajos a altas temperaturas, con calor radiante o con llamas
|
—
|
Trabajos con sustancias fundidas o cerca de ellas
|
|
—
|
Servicios de mantenimiento
|
—
|
Industria manufacturera
|
|
Antebrazos
Manguitos
|
—
|
Trabajos con sustancias fundidas o cerca de ellas
|
|
—
|
Servicios de mantenimiento
|
—
|
Industria manufacturera
|
|
Pies
Calzado protector contra el calor o las llamas
|
—
|
Trabajos con sustancias fundidas o cerca de ellas
|
|
—
|
Servicios de mantenimiento
|
—
|
Industria manufacturera
|
|
Cuerpo entero/parte del cuerpo
Ropa protectora contra el calor o las llamas
|
—
|
Trabajos a altas temperaturas, con calor radiante o con llamas
|
|
|
Frío
|
Mano
Guantes de protección contra el frío
Pies
Calzado protector contra el frío
|
—
|
Trabajo al aire libre en condiciones de frío extremo
|
—
|
Trabajos en cámaras de ultracongelación
|
—
|
Trabajos con líquidos criogénicos
|
|
—
|
Construcción de edificios
|
—
|
Obras de ingeniería civil
|
—
|
Sector de la agricultura y la pesca
|
|
Cuerpo entero, parte del cuerpo, incluida la cabeza
Ropa de protección contra el frío
|
—
|
Trabajo al aire libre a bajas temperaturas
|
—
|
Trabajos en cámaras de ultracongelación
|
|
—
|
Construcción de edificios
|
—
|
Obras de ingeniería civil
|
—
|
Sector de la agricultura y la pesca
|
—
|
Transporte y almacenamiento
|
|
FÍSICOS: ELÉCTRICOS
|
Descargas eléctricas (contacto directo o indirecto)
|
Cabeza entera
Cascos de protección eléctrica
Manos
Guantes de protección eléctrica
Pies
Calzado de protección eléctrica
Cuerpo entero/manos/pies
EPI conductor para personas formadas durante trabajos en tensión, con un voltaje nominal del sistema eléctrico de hasta 800 kV CA y 600 kV CC
|
—
|
Trabajos en tensión o cerca de partes activas en tensión eléctrica
|
—
|
Trabajos en un sistema eléctrico
|
|
—
|
Transporte y distribución de energía eléctrica
|
—
|
Mantenimiento de instalaciones industriales
|
—
|
Construcción de edificios
|
—
|
Obras de ingeniería civil
|
|
Electricidad estática
|
Manos
Guantes antiestáticos
Pies
Calzado antiestático/conductor
Cuerpo entero
Ropa antiestática
|
—
|
Manipulación de plástico y caucho
|
—
|
Vertido, recabado o carga en un contenedor
|
—
|
Trabajo cerca de elementos muy cargados, por ejemplo, cintas transportadoras
|
—
|
Manipulación de explosivos
|
|
—
|
Industria manufacturera
|
—
|
Empaquetado y embalaje de plantas
|
—
|
Producción, almacenamiento o transporte de explosivos
|
|
FÍSICOS: RADIACIÓN
|
Radiación no ionizante, incluida la luz solar (aparte de la observación directa)
|
Cabeza
Gorras y cascos
|
|
—
|
Construcción de edificios
|
—
|
Obras de ingeniería civil
|
|
Ojos
Gafas protectoras con patillas, gafas aislantes y pantallas faciales
|
—
|
Trabajos con calor radiante
|
—
|
Soldadura y corte con gas
|
|
—
|
Industria manufacturera
|
|
Cuerpo entero (piel)
EPI contra
la radiación UV natural y artificial
|
|
—
|
Construcción de edificios
|
—
|
Obras de ingeniería civil
|
—
|
Mantenimiento de infraestructuras
|
|
Radiación ionizante
|
Ojos
Gafas con patillas y gafas aislantes de protección contra la radiación ionizante
Manos
Guantes de protección contra la radiación ionizante
|
—
|
Trabajos en instalaciones de rayos X
|
—
|
Trabajos en el ámbito del radiodiagnóstico médico
|
—
|
Trabajos con productos radiactivos
|
|
—
|
Planta de tratamiento de residuos radiactivos
|
|
Tronco/abdomen/parte del cuerpo
Delantal de protección contra los rayos X,
chaquetón, chaleco, falda de protección contra los rayos X
|
—
|
Trabajos en instalaciones de rayos X
|
—
|
Trabajos en el ámbito del radiodiagnóstico médico
|
|
—
|
Asistencia odontológica
|
—
|
Radiología intervencionista
|
|
Cabeza
Gorros y elementos de protección de la cabeza
EPI contra, por ejemplo, el desarrollo de tumores cerebrales
|
—
|
Lugares de trabajo e instalaciones con rayos X para uso médico
|
|
—
|
Asistencia odontológica
|
—
|
Radiología intervencionista
|
|
Parte del cuerpo
EPI para proteger la tiroides
EPI para proteger las gónadas
|
—
|
Trabajos en instalaciones de rayos X
|
—
|
Trabajos en el ámbito del radiodiagnóstico médico
|
|
|
Cuerpo entero
Ropa de protección contra la radiación ionizante
|
—
|
Trabajos en el ámbito del radiodiagnóstico médico
|
—
|
Trabajos con productos radiactivos
|
|
—
|
Planta de tratamiento de residuos radiactivos
|
|
II. RIESGOS QUÍMICOS (incluidos los nanomateriales)
Riesgos
|
Parte del cuerpo afectada
Tipo de EPI
|
Ejemplos de actividades en las que podría ser necesario utilizar el tipo correspondiente de EPI (*)
|
Industrias y sectores
|
QUÍMICOS: AEROSOLES
|
Sólidos (polvos, vapores, humos, fibras
y nanomateriales)
|
Sistema respiratorio
Aparatos protectores de las vías respiratorias contra las partículas
|
—
|
Trabajos con explosivos
|
—
|
Lijado y pulido de superficies
|
—
|
Trabajo en presencia de amianto
|
—
|
Uso de materiales que se compongan de nanopartículas o que las contengan
|
—
|
Deshollinado de chimeneas
|
—
|
Trabajos de revestimiento de hornos y calderos, cuando pueda desprenderse polvo
|
—
|
Trabajos cerca de la colada en caldero cuando puedan desprenderse vapores de metales pesados
|
—
|
Trabajos cerca de la boca de altos hornos
|
|
—
|
Construcción de edificios
|
—
|
Obras de ingeniería civil
|
—
|
Industria metalúrgica y de la madera
|
—
|
Industria automovilística
|
—
|
Preparación de citostáticos
|
|
Manos
Guantes de protección química
y crema como protección adicional o accesoria
|
—
|
Trabajo en presencia de amianto
|
—
|
Uso de materiales que se compongan de nanopartículas o que las contengan
|
|
—
|
Construcción de edificios
|
—
|
Obras de ingeniería civil
|
—
|
Mantenimiento de instalaciones industriales
|
|
Cuerpo entero
Ropa de protección contra las partículas sólidas
|
—
|
Trabajo en presencia de amianto
|
—
|
Uso de materiales que se compongan de nanopartículas o que las contengan
|
—
|
Deshollinado de chimeneas
|
—
|
Preparación de productos fitosanitarios
|
|
—
|
Construcción de edificios
|
—
|
Obras de ingeniería civil
|
—
|
Mantenimiento de instalaciones industriales
|
|
Ojos
Gafas con patillas, gafas aislantes y pantallas faciales
|
|
—
|
Industria metalúrgica y de la madera
|
—
|
Obras de ingeniería civil
|
|
Líquido
(nieblas y neblinas)
|
Sistema respiratorio
Aparatos protectores de las vías respiratorias contra las partículas
|
—
|
Tratamiento de superficies (por ejemplo, barnizado, pintura y limpieza con abrasivos)
|
—
|
Limpieza de superficies
|
|
—
|
Industria manufacturera
|
—
|
Sector de la automoción
|
|
Manos
Guantes de protección química
|
—
|
Tratamiento de superficies
|
—
|
Limpieza de superficies
|
—
|
Manipulación de dispositivos con chorro líquido
|
—
|
Manipulación de productos ácidos y alcalinos, desinfectantes y detergentes corrosivos
|
|
—
|
Industria manufacturera
|
—
|
Sector de la automoción
|
|
Cuerpo entero
Ropa de protección química
|
—
|
Tratamiento de superficies
|
—
|
Limpieza de superficies
|
|
—
|
Industria manufacturera
|
—
|
Sector de la automoción
|
|
QUÍMICOS: LÍQUIDOS
|
Inmersión
Salpicaduras, aspersiones y chorros
|
Manos
Guantes de protección química
|
—
|
Manipulación de dispositivos con chorro líquido
|
—
|
Manipulación de productos ácidos y alcalinos, desinfectantes y detergentes corrosivos
|
—
|
Manipulación de revestimientos
|
—
|
Trabajos en peluquerías y centros de estética
|
|
—
|
Industria textil y de la confección
|
—
|
Industria del automóvil
|
—
|
Sectores de la estética y la peluquería
|
|
Antebrazos
Manguitos de protección química
|
—
|
Manipulación de productos ácidos y alcalinos, desinfectantes y detergentes corrosivos
|
|
—
|
Industria del automóvil
|
|
Pies
Botas de protección química
|
—
|
Manipulación de dispositivos con chorro líquido
|
—
|
Manipulación de productos ácidos y alcalinos, desinfectantes y detergentes corrosivos
|
|
—
|
Industria textil y de la confección
|
—
|
Industria del automóvil
|
|
Cuerpo entero
Ropa de protección química
|
—
|
Manipulación de dispositivos con chorro líquido
|
—
|
Manipulación de productos ácidos y alcalinos, desinfectantes y detergentes corrosivos
|
|
—
|
Industria del automóvil
|
|
QUÍMICOS: GASES Y VAPORES
|
Gases y vapores
|
Sistema respiratorio
Aparatos protectores de las vías respiratorias contra gases
|
—
|
Tratamiento de superficies (por ejemplo, barnizado, pintura y limpieza con abrasivos)
|
—
|
Limpieza de superficies
|
—
|
Trabajo en salas de fermentación y destilación
|
—
|
Trabajos dentro de tanques y digestores
|
—
|
Trabajos en contenedores, locales exiguos y hornos industriales alimentados con gas cuando puedan existir riesgos de intoxicación por gas o de insuficiencia de oxígeno
|
—
|
Deshollinado de chimeneas
|
—
|
Desinfectantes y sustancias de limpieza corrosivas
|
—
|
Trabajos cerca de convertidores y conducciones de gas de altos hornos
|
|
—
|
Sector de la automoción
|
—
|
Industria manufacturera
|
—
|
Producción de bebidas alcohólicas
|
—
|
Depuradoras de aguas residuales
|
—
|
Plantas de tratamiento de residuos
|
|
Manos
Guantes de protección química
|
—
|
Tratamiento de superficies
|
—
|
Limpieza de superficies
|
—
|
Trabajo en salas de fermentación y destilación
|
—
|
Trabajos dentro de tanques y digestores
|
—
|
Trabajos en contenedores, locales exiguos y hornos industriales alimentados con gas cuando puedan existir riesgos de intoxicación por gas o de insuficiencia de oxígeno
|
|
—
|
Sector de la automoción
|
—
|
Industria manufacturera
|
—
|
Producción de bebidas alcohólicas
|
—
|
Depuradoras de aguas residuales
|
—
|
Plantas de tratamiento de residuos
|
|
Cuerpo entero
Ropa de protección química
|
—
|
Tratamiento de superficies
|
—
|
Limpieza de superficies
|
—
|
Trabajo en salas de fermentación y destilación
|
—
|
Trabajos dentro de tanques y digestores
|
—
|
Trabajos en contenedores, locales exiguos y hornos industriales alimentados con gas cuando puedan existir riesgos de intoxicación por gas o de insuficiencia de oxígeno
|
|
—
|
Sector de la automoción
|
—
|
Industria manufacturera
|
—
|
Producción de bebidas alcohólicas
|
—
|
Depuradoras de aguas residuales
|
—
|
Plantas de tratamiento de residuos
|
|
Ojos
Gafas con patillas, gafas aislantes y pantallas faciales
|
|
—
|
Sector de la automoción
|
—
|
Industria manufacturera
|
|
III. AGENTES BIOLÓGICOS
Riesgos
|
Parte del cuerpo afectada
Tipo de EPI
|
Ejemplos de actividades en las que podría ser necesario utilizar el tipo correspondiente de EPI (*)
|
Industrias y sectores
|
AGENTES BIOLÓGICOS (contenidos en): AEROSOLES
|
Sólidos y líquidos
|
Sistema respiratorio
Aparatos protectores de las vías respiratorias contra las partículas
|
—
|
Trabajo que conlleve el contacto con fluidos y tejidos humanos y animales
|
—
|
Trabajos en presencia de agentes biológicos
|
|
—
|
Laboratorios de análisis clínicos
|
—
|
Laboratorios de investigación
|
—
|
Residencias para ancianos
|
—
|
Depuradoras de aguas residuales
|
—
|
Plantas de tratamiento de residuos
|
|
Manos
Guantes de protección contra los microorganismos
Cuerpo entero/parte del cuerpo
Ropa de protección contra los microorganismos
Ojos o cara
Gafas protectoras con patillas, gafas aislantes y pantallas faciales
|
—
|
Trabajo que conlleve el contacto con fluidos y tejidos humanos y animales
|
—
|
Trabajos en presencia de agentes biológicos
|
|
—
|
Laboratorios de análisis clínicos
|
—
|
Laboratorios de investigación
|
—
|
Residencias para ancianos
|
—
|
Depuradoras de aguas residuales
|
—
|
Plantas de tratamiento de residuos
|
|
AGENTES BIOLÓGICOS (contenidos en): LÍQUIDOS
|
Contacto directo e indirecto
|
Manos
Guantes de protección contra los microorganismos
Cuerpo entero/parte del cuerpo
Ropa de protección contra los microorganismos
Ojos o cara
Gafas aislantes protectoras y pantallas faciales
|
—
|
Trabajos que conlleven el contacto con fluidos y tejidos humanos y animales (mordeduras, picaduras, etc.)
|
—
|
Trabajos en presencia de agentes biológicos
|
|
—
|
Laboratorios de análisis clínicos
|
—
|
Laboratorios de investigación
|
—
|
Residencias para ancianos
|
—
|
Depuradoras de aguas residuales
|
—
|
Plantas de tratamiento de residuos
|
|
Salpicaduras, aspersiones y chorros
|
Manos
Guantes de protección contra los microorganismos
|
—
|
Trabajo que conlleve el contacto con fluidos y tejidos humanos y animales
|
—
|
Trabajos en presencia de agentes biológicos
|
|
—
|
Laboratorios de análisis clínicos
|
—
|
Laboratorios de investigación
|
—
|
Residencias para ancianos
|
—
|
Depuradoras de aguas residuales
|
—
|
Plantas de tratamiento de residuos
|
|
Antebrazos
Manguitos de protección contra los microorganismos
|
—
|
Trabajo que conlleve el contacto con fluidos y tejidos humanos y animales
|
—
|
Trabajos en presencia de agentes biológicos
|
|
—
|
Laboratorios de análisis clínicos
|
—
|
Laboratorios de investigación
|
—
|
Residencias para ancianos
|
—
|
Depuradoras de aguas residuales
|
—
|
Plantas de tratamiento de residuos
|
|
Pies/piernas
Cubrebotas y polainas protectoras
|
—
|
Trabajo que conlleve el contacto con fluidos y tejidos humanos y animales
|
—
|
Trabajos en presencia de agentes biológicos
|
|
—
|
Laboratorios de análisis clínicos
|
—
|
Laboratorios de investigación
|
—
|
Residencias para ancianos
|
—
|
Depuradoras de aguas residuales
|
—
|
Plantas de tratamiento de residuos
|
|
Cuerpo entero
Ropa de protección contra los microorganismos
|
—
|
Trabajo que conlleve el contacto con fluidos y tejidos humanos y animales
|
—
|
Trabajos en presencia de agentes biológicos
|
|
—
|
Laboratorios de análisis clínicos
|
—
|
Laboratorios de investigación
|
—
|
Residencias para ancianos
|
—
|
Depuradoras de aguas residuales
|
—
|
Plantas de tratamiento de residuos
|
|
AGENTES BIOLÓGICOS (contenidos en): MATERIALES, PERSONAS, ANIMALES, ETC.
|
Contacto directo e indirecto
|
Manos
Guantes de protección contra los microorganismos
Cuerpo entero/parte del cuerpo
Ropa de protección contra los microorganismos
Ojos o cara
Gafas aislantes protectoras y pantallas faciales
|
—
|
Trabajos que conlleven el contacto con fluidos y tejidos humanos y animales (mordeduras, picaduras, etc.)
|
—
|
Trabajos en presencia de agentes biológicos
|
|
—
|
Laboratorios de análisis clínicos
|
—
|
Laboratorios de investigación
|
—
|
Residencias para ancianos
|
—
|
Depuradoras de aguas residuales
|
—
|
Plantas de tratamiento de residuos
|
|
IV. OTROS RIESGOS
Riesgos
|
Parte del cuerpo afectada
Tipo de EPI
|
Ejemplos de actividades en las que podría ser necesario utilizar el tipo correspondiente de EPI (*)
|
Industrias y sectores
|
Falta de visibilidad
|
Cuerpo entero
EPI para señalar la presencia del usuario de manera visual
|
—
|
Trabajos cerca de vehículos en movimiento
|
—
|
Obras de asfaltado y señalización de carreteras
|
—
|
Conducción de medios de transporte
|
—
|
Actividades del personal de tierra en los aeropuertos
|
|
—
|
Construcción de edificios
|
—
|
Obras de ingeniería civil
|
—
|
Servicios de transporte y desplazamientos de pasajeros
|
|
Insuficiencia de oxígeno
|
Sistema respiratorio
Aparatos aislantes para proteger las vías respiratorias
|
—
|
Trabajos en espacios cerrados
|
—
|
Trabajo en salas de fermentación y destilación
|
—
|
Trabajos dentro de tanques y digestores
|
—
|
Trabajos en contenedores, locales exiguos y hornos industriales alimentados con gas cuando puedan existir riesgos de intoxicación por gas o de insuficiencia de oxígeno
|
—
|
Trabajos en pozos, canalizaciones y otras obras subterráneas de la red de alcantarillado
|
|
—
|
Producción de bebidas alcohólicas
|
—
|
Obras de ingeniería civil
|
|
Sistema respiratorio
aparatos y material para buceadores
|
|
—
|
Obras de ingeniería civil
|
|
Ahogamiento
|
Cuerpo entero
Chaleco salvavidas
|
—
|
Trabajos en el agua o cerca del agua
|
|
—
|
Construcción de edificios
|
—
|
Obras de ingeniería civil
|
|
»
(1) En determinadas circunstancias, como resultado de la evaluación de riesgos, se podrían utilizar las cremas de protección en conjunto con otros EPI a fin de proteger la piel de los trabajadores frente a los riesgos correspondientes. Tales cremas se consideran EPI en el marco de la Directiva 89/656/CEE, puesto que este tipo de equipos se considera «complemento o accesorio» conforme a los términos del artículo 2 de la Directiva 89/656/CEE. Sin embargo, las cremas de protección no se consideran EPI según lo previsto en el artículo 3, punto 1, del Reglamento (UE) 2016/425.