«MODELO DE CERTIFICADO OFICIAL PARA LA ENTRADA EN LA UNIÓN DE MOLUSCOS BIVALVOS, EQUINODERMOS, TUNICADOS Y GASTERÓPODOS MARINOS VIVOS PARA SU COMERCIALIZACIÓN»:
donde dice:
«— han sido sometidos con éxito a los controles oficiales establecidos en los artículos 42 a 58 del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/627 de la Comisión, de 15 de marzo de 2019, por el que se establecen disposiciones prácticas uniformes para la realización de controles oficiales de los productos de origen animal destinados al consumo humano, de acuerdo con el Reglamento (UE) 2017/625 del Parlamento Europeo y del Consejo, que modifica el Reglamento (CE) n.o 2074/2005 de la Comisión por lo que se refiere a los controles oficiales (DO L 131 de 17.5.2019, p. 51) y el artículo 7 del Reglamento Delegado (UE) 2019/624 de la Comisión, de 8 de febrero de 2019, relativo a las normas específicas para la realización de controles oficiales de la producción de carne y de las zonas de producción y reinstalación de moluscos bivalvos vivos, de conformidad con el Reglamento (UE) 2017/625 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 131 de 17.5.2019, p. 1);»,
debe decir:
«— han sido sometidos con éxito a los controles oficiales establecidos en los artículos 51 a 66 del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/627 de la Comisión, de 15 de marzo de 2019, por el que se establecen disposiciones prácticas uniformes para la realización de controles oficiales de los productos de origen animal destinados al consumo humano, de acuerdo con el Reglamento (UE) 2017/625 del Parlamento Europeo y del Consejo, que modifica el Reglamento (CE) n.o 2074/2005 de la Comisión por lo que se refiere a los controles oficiales (DO L 131 de 17.5.2019, p. 51) y el artículo 11 del Reglamento Delegado (UE) 2019/624 de la Comisión, de 8 de febrero de 2019, relativo a las normas específicas para la realización de controles oficiales de la producción de carne y de las zonas de producción y reinstalación de moluscos bivalvos vivos, de conformidad con el Reglamento (UE) 2017/625 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 131 de 17.5.2019, p. 1);».
En la página 129, en el anexo III, parte II, capítulo A, parte II.1, en la Declaración de salud pública, último guion, del «MODELO DE CERTIFICADO OFICIAL PARA LA ENTRADA EN LA UNIÓN DE PRODUCTOS DE LA PESCA PARA SU COMERCIALIZACIÓN»:
donde dice:
«— han sido sometidos con éxito a los controles oficiales establecidos en los artículos 59 a 65 del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/627 de la Comisión, de 15 de marzo de 2019, por el que se establecen las disposiciones prácticas uniformes para la realización de controles oficiales de los productos de origen animal destinados al consumo humano, de acuerdo con el Reglamento (UE) 2017/625 del Parlamento Europeo y del Consejo, que modifica el Reglamento (CE) n.o 2074/2005 de la Comisión por lo que se refiere a los controles oficiales (DO L 131 de 17.5.2019, p. 51).»,
debe decir:
«— han sido sometidos con éxito a los controles oficiales establecidos en los artículos 67 a 71 del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/627 de la Comisión, de 15 de marzo de 2019, por el que se establecen las disposiciones prácticas uniformes para la realización de controles oficiales de los productos de origen animal destinados al consumo humano, de acuerdo con el Reglamento (UE) 2017/625 del Parlamento Europeo y del Consejo, que modifica el Reglamento (CE) n.o 2074/2005 de la Comisión por lo que se refiere a los controles oficiales (DO L 131 de 17.5.2019, p. 51).».
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