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Documento DOUE-L-2022-80414

Decisión de Ejecución (PESC) 2022/420 del Consejo de 14 de marzo de 2022 por la que se aplica la Decisión 2014/932/PESC relativa a medidas restrictivas en vista de la situación en Yemen.

Publicado en:
«DOUE» núm. 86, de 14 de marzo de 2022, páginas 4 a 5 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2022-80414

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 31, apartado 2,

Vista la Decisión 2014/932/PESC del Consejo, de 18 de diciembre de 2014, relativa a medidas restrictivas en vista de la situación en Yemen (1), y en particular su artículo 3,

Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1) El 18 de diciembre de 2014, el Consejo adoptó la Decisión 2014/932/PESC.

(2) El 28 de febrero de 2022, el Comité del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, creado en virtud de la Resolución 2140 (2014) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, decidió incluir a una entidad en la lista de personas y entidades sujetas a medidas restrictivas.

(3) Por lo tanto, procede modificar el anexo de la Decisión 2014/932/PESC en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El anexo de la Decisión 2014/932/PESC queda modificado como se establece en el anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 14 de marzo de 2022.

Por el Consejo

La Presidenta

É. BORNE

 

(1)  DO L 365 de 19.12.2014, p. 147.

ANEXO

Se añaden el siguiente epígrafe y la siguiente entidad a la lista que figura en el anexo de la Decisión 2014/932/PESC (Lista de las personas y entidades a las que se refieren los artículos 1, apartado 1, 2 bis, apartado 1, y 2 ter, apartados 1 y 2):

«ENTIDADES

 

1.

LOS HUZÍES (*1) (alias: a) ANSARALLAH; b) ANSAR ALLAH; c) PARTISANS OF GOD [Guerrilleros de Dios]; d) SUPPORTERS OF GOD [Partidarios de Dios]).

Información: Los huzíes han participado en actos que amenazan la paz, la seguridad y la estabilidad de Yemen.

Fecha de inclusión en la lista por las Naciones Unidas: 24.2.2022.

Información adicional procedente del resumen de los motivos de inclusión en la lista proporcionado por el Comité de Sanciones:

Los huzíes han participado en ataques contra civiles e infraestructuras civiles en Yemen, han aplicado una política de violencia sexual y represión contra mujeres activas en política y contra mujeres que ejercen una profesión, han participado en el reclutamiento y la utilización de niños, han incitado a la violencia contra determinados grupos, en particular por motivos de religión y nacionalidad, y han utilizado indiscriminadamente minas terrestres y artefactos explosivos improvisados en la costa occidental de Yemen. Los huzíes también han obstaculizado el suministro de asistencia humanitaria a Yemen o el acceso a esa asistencia humanitaria o su distribución en Yemen.

Los huzíes han perpetrado ataques contra el transporte marítimo comercial en el mar Rojo utilizando artefactos explosivos acuáticos improvisados y minas marinas.

Los huzíes también han perpetrado constantes atentados terroristas transfronterizos contra civiles e infraestructuras civiles en el Reino de Arabia Saudí y los Emiratos Árabes Unidos y han amenazado con atacar intencionadamente objetivos civiles.

(*1)  Los artículos 2 bis, apartado 1, y 2 ter, apartados 1 y 2, de la Decisión 2014/932/PESC no se aplicarán a esta entidad.».»

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo de la Decisión 2014/932, de 18 de diciembre (Ref. DOUE-L-2014-83748).
Materias
  • Cuentas bloqueadas
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • Sanciones
  • Yemen

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