LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) n.o 347/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2013, relativo a las orientaciones sobre las infra<estructuras energéticas transeuropeas y por el que se deroga la Decisión n.o 1364/2006/CE y se modifican los Reglamentos (CE) n.o 713/2009, (CE) n.o 714/2009 y (CE) n.o 715/2009 (1), y en particular su artículo 3, apartado 4,
Considerando lo siguiente:
(1) El Reglamento (UE) n.o 347/2013 establece un marco para la determinación, la planificación y la ejecución de los proyectos de interés común (en lo sucesivo, «PIC») necesarios para ejecutar los nueve corredores geográficos prioritarios de infraestructura energética estratégica señalados en los campos de la electricidad, el gas y el petróleo, y las tres áreas prioritarias de infraestructuras energéticas a escala de la Unión de redes inteligentes, autopistas de la electricidad y redes de transporte de dióxido de carbono.
(2) La lista de PIC se establece cada dos años. La última lista se estableció en 2019 y entró en vigor en 2020. Por lo tanto, es necesario reemplazarla.
(3) Los proyectos propuestos para su inclusión en la lista de la Unión han sido evaluados por los grupos regionales contemplados en el artículo 3 del Reglamento (UE) n.o 347/2013, quienes confirmaron que los proyectos en cuestión cumplen los criterios establecidos en el artículo 4 de dicho Reglamento.
(4) Los proyectos de listas regionales de PIC han sido acordados por los grupos regionales en reuniones de carácter técnico. En vista de los objetivos climáticos y de neutralidad en carbono de la Unión, el Grupo Regional del petróleo acordó no presentar una propuesta de lista con proyectos del sector del petróleo para su inclusión en la lista de la Unión de PIC. Tras los dictámenes que la Agencia de Cooperación de los Reguladores de la Energía (en lo sucesivo, «ACER») emitió el 27 de octubre sobre la aplicación coherente de los criterios de evaluación y del análisis de los costes y beneficios en todas las regiones, los órganos decisorios de los grupos regionales adoptaron las listas regionales el 9 de noviembre. De conformidad con el artículo 3, apartado 3, letra a), del Reglamento (UE) n.o 347/2013, antes de la adopción de las listas regionales, todos los proyectos propuestos fueron aprobados por los Estados miembros con cuyo territorio están relacionados.
(5) Se consultó a las organizaciones representantes de las partes interesadas, como productores, gestores de las redes de distribución, suministradores, organizaciones de protección de los consumidores y del medio ambiente, sobre los proyectos propuestos para su inclusión en la lista de la Unión.
(6) Los PIC deben figurar desglosados por prioridades estratégicas en materia de infraestructuras energéticas transeuropeas en el orden establecido en el anexo I del Reglamento (UE) n.o 347/2013.
(7) Los PIC deben figurar como PIC autónomos, o como parte de un grupo de varios PIC porque son interdependientes o están en situación de competencia (potencial).
(8) La lista de la Unión contiene proyectos en diversas fases de desarrollo, como previabilidad, viabilidad, concesión de autorizaciones y construcción. En el caso de los PIC que se hallen en una fase temprana del desarrollo, pueden ser necesarios estudios que demuestren la viabilidad técnica y económica y el cumplimiento de la legislación de la Unión, también en materia de medio ambiente. En este contexto, es necesario determinar, evaluar y evitar o reducir los posibles efectos negativos sobre el medio ambiente.
(9) La inclusión de proyectos en la lista de la Unión se entiende sin perjuicio del resultado de la evaluación ambiental y de la tramitación de las autorizaciones correspondientes.
(10) Procede, por tanto, modificar el Reglamento (UE) n.o 347/2013 en consecuencia.
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
El anexo VII del Reglamento (UE) n.o 347/2013 se modifica de conformidad con el anexo del presente Reglamento.
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 19 de noviembre de 2021.
Por la Comisión
La Presidenta
Ursula VON DER LEYEN
(1) DO L 115 de 25.4.2013, p. 39.
El anexo VII del Reglamento (UE) n.o 347/2013 se sustituye por el texto siguiente:
«ANEXO VII
LISTA DE LA UNIÓN DE PROYECTOS DE INTERÉS COMÚN (“LISTA DE LA UNIÓN”)
mencionada en el artículo 3, apartado 4
A. PRINCIPIOS APLICADOS AL ESTABLECER LA LISTA DE LA UNIÓN
1) Grupos de PIC
Algunos PIC forman parte de un grupo debido a que son interdependientes o compiten o pueden competir entre sí. Se crean los siguientes tipos de grupos de PIC:
a) Un grupo de PIC interdependientes se define como un “grupo X que incluye los siguientes PIC”. Tal grupo se ha formado para identificar los PIC que son todos ellos necesarios para tratar el mismo cuello de botella a través de las fronteras nacionales y que crean sinergias si se ejecutan conjuntamente. En este caso, deben ejecutarse todos los PIC para materializar las ventajas a escala de la UE.
b) Un grupo de PIC que pueden competir entre sí se define como un “grupo X que incluye uno o varios de los siguientes PIC”. Tal grupo refleja una incertidumbre en cuanto a la amplitud del cuello de botella a través de las fronteras nacionales. En este caso, no tienen que ejecutarse todos los PIC que figuran en el grupo. Se deja al mercado decidir si se ejecutan uno, varios o todos los PIC, a reserva de la necesaria planificación, autorización y aprobación reglamentaria. En el siguiente proceso de determinación de PIC se evaluará de nuevo si los PIC son necesarios, también en relación con las necesidades de capacidad. Y
c) Un grupo de PIC que compiten entre sí se define como un “grupo X que incluye solo uno de los siguientes PIC”. Tal grupo aborda el mismo cuello de botella. Sin embargo, la amplitud del cuello de botella es menos incierta que en el caso de un grupo de PIC que pueden competir entre sí y, por lo tanto, solo debe ejecutarse un PIC. Se deja al mercado decidir qué PIC se debe ejecutar, a reserva de la necesaria planificación, autorización y aprobación reglamentaria. Si procede, en el siguiente proceso de determinación de PIC se evaluará de nuevo si los PIC son necesarios.
Todos los PIC tienen los mismos derechos y están sujetos a las mismas obligaciones según se establece en el Reglamento (UE) n.o 347/2013.
2) Tratamiento de las subestaciones y las estaciones de compresión
Las subestaciones, las estaciones de electricidad con acoplamiento en paralelo y las estaciones de compresión de gas se consideran parte de los PIC si están situadas geográficamente en las líneas de transporte. Las subestaciones, las estaciones con acoplamiento en paralelo y las estaciones de compresión se consideran PIC autónomos y se enumeran explícitamente en la lista de la Unión si no están situadas geográficamente en las líneas de transporte. Tienen los derechos y están sujetas a las obligaciones que se establecen en el Reglamento (UE) n.o 347/2013.
3) Proyectos que ya no se consideran PIC y proyectos que han pasado a formar parte de otros PIC
a) Algunos proyectos incluidos en las listas de la Unión establecidas por los Reglamentos Delegados (UE) n.o 1391/2013, (UE) 2016/89, (UE) 2018/540 y (UE) 2020/389, ya no se consideran PIC por una o varias de las razones siguientes:
— el proyecto ya ha entrado en servicio o lo hará a más tardar en marzo de 2022 y, por tanto, no puede beneficiarse de las disposiciones del Reglamento (UE) n.o 347/2013;
— a la vista de nuevos datos, el proyecto no cumple los criterios generales;
— el promotor no ha vuelto a presentar el proyecto en el proceso de selección de esta lista de la Unión;
— un Estado miembro con cuyo territorio está relacionado el proyecto no ha dado su aprobación; o
— el proyecto ha obtenido una clasificación inferior a la de otros candidatos a PIC en el proceso de selección.
Estos proyectos (con la excepción de los que ya han entrado en servicio o vayan a hacerlo a más tardar en marzo de 2022) pueden tenerse en cuenta para su inclusión en la próxima lista de la Unión, si las razones por las que no se han incluido en la lista de la Unión actual ya no son aplicables.
Tales proyectos no son PIC, pero, por razones de transparencia y claridad, quedan recogidos con sus números originales de PIC en el anexo VII, letra C, como “proyectos que ya no se consideran PIC”.
b) Por otro lado, algunos proyectos incluidos en las listas de la Unión establecidas por los Reglamentos Delegados (UE) n.o 1391/2013 y (UE) 2016/89 pasaron a formar parte, durante su proceso de ejecución, de otros (grupos de) PIC.
Tales proyectos ya no se consideran PIC independientes, pero, por razones de transparencia y claridad, quedan recogidos con sus números originales de PIC en el anexo VII, letra C, como “ proyectos que son ahora parte integrante de otros PIC”.
B. LISTA DE LA UNIÓN DE PROYECTOS DE INTERÉS COMÚN
1) Corredor prioritario de la red eléctrica marítima en los mares septentrionales (“NSOG”)
Nº | Definición |
1.6 | Interconexión Francia — Irlanda entre La Martyre (FR) y Great Island o Knockraha (IE) [proyecto conocido en la actualidad como “Interconector céltico”] |
1.19 | Uno o más nudos en el mar del Norte con interconectores con los países ribereños del mar del Norte (Dinamarca, Alemania, Países Bajos) [proyecto conocido en la actualidad como “North Sea Wind Power Hub”] |
1.21 | Almacenamiento de aire comprimido en el Nudo de Hidrógeno Verde (DK) |
2) Corredor prioritario de las interconexiones eléctricas en el eje norte-sur de Europa occidental (“NSI West Electricity”)
Nº | Definición | ||||||
2.4 | Interconexión entre Codrongianos (IT), Lucciana (Córcega, FR) y Suvereto (IT) [proyecto conocido en la actualidad como “SACOI 3”] | ||||||
2.7 | Interconexión entre Aquitania (FR) y el País Vasco (ES) [proyecto conocido en la actualidad como “Biscay Gulf”] | ||||||
2.9 | Línea interior entre Osterath y Philippsburg (DE) para aumentar la capacidad en las fronteras occidentales [proyecto conocido en la actualidad como “Ultranet”] | ||||||
2.10 | Línea interior entre Brunsbüttel/Wilster y Grοßgartach/Bergrheinfeld-West (DE) para aumentar la capacidad en las fronteras septentrionales y meridionales [proyecto conocido en la actualidad como “Suedlink”] | ||||||
2.14 | Interconexión entre Thusis/Sils (CH) y Verderio Inferiore (IT) [proyecto conocido en la actualidad como “Greenconnector”] | ||||||
2.16 | Grupo de líneas interiores en Portugal, que incluye los siguientes PIC:
| ||||||
2.17 | Interconexión Portugal – España entre Beariz – Fontefría (ES), Fontefría (ES) – Ponte de Lima (PT) (anteriormente Vila Fria/Viana do Castelo) y Ponte de Lima – Vila Nova de Famalicão (PT) (anteriormente Vila do Conde) (PT), incluidas las subestaciones de Beariz (ES), Fontefría (ES) y Ponte de Lima (PT) | ||||||
2.18 | Aumento de la capacidad de almacenamiento de electricidad con hidrobombeo en Kaunertal, Tirol (AT) | ||||||
2.23 | Líneas interiores en la frontera septentrional belga entre Zandvliet y Lillo-Liefkenshoek (BE), y entre Liefkenshoek y Mercator, incluida una subestación en Lillo (BE) [proyecto conocido en la actualidad como “BRABO II + III”] | ||||||
2.27 |
| ||||||
2.28 |
| ||||||
2.29 | Central hidroeléctrica de Silvermines (IE) | ||||||
2.30 | Almacenamiento de electricidad con hidrobombeo en Riedl (DE) | ||||||
2.31 | Grupo de líneas interiores en Alemania, que incluye los siguientes PIC:
| ||||||
2.32 | Interconexión entre Lonny (FR) y Gramme (BE) | ||||||
2.33 | Interconexión entre Sicilia (IT) y el nodo de Túnez (TU) [proyecto conocido en la actualidad como “ELMED”] (n.o 3.27 en la cuarta lista de PIC) |
3) Corredor prioritario de las interconexiones eléctricas norte-sur en Europa Central y Oriental y en Europa Meridional (“NSI East Electricity”)
Nº | Definición | ||||||||
3.1 | Grupo Austria — Alemania, que incluye los siguientes PIC:
| ||||||||
3.10 | Grupo Israel – Chipre – Grecia [conocido en la actualidad como “Interconector EURASIA”], que incluye los siguientes PIC:
| ||||||||
3.11 | Grupo de líneas interiores en Chequia, que incluye los siguientes PIC:
| ||||||||
3.12 | Línea interior en Alemania entre Wolmirstedt e Isar para aumentar la capacidad de transporte interior norte-sur [proyecto conocido en la actualidad como “SuedOstLink”] | ||||||||
3.14 | Refuerzos interiores en Polonia [parte del grupo conocido en la actualidad como “GerPol Power Bridge”], que incluyen los siguientes PIC:
| ||||||||
3.22 | Grupo Rumanía — Serbia [conocido en la actualidad como “Mid Continental East Corridor”], que incluye los siguientes PIC:
| ||||||||
|
| ||||||||
3.24 | Almacenamiento de electricidad con hidrobombeo en Amfilochia (EL) | ||||||||
3.28 | Línea interior en Austria entre Lienz y Obersielach |
4) Corredor prioritario del Plan de interconexión del mercado báltico de la energía (“BEMIP Electricity”)
N.o | Definición | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
4.4 |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
4.5 |
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
4.6 | Almacenamiento de electricidad con hidrobombeo en Estonia | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
4.8 | Integración y sincronización del sistema eléctrico de los Estados bálticos con las redes europeas, que incluye los siguientes PIC:
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
4.10 | Grupo Finlandia — Suecia [conocido en la actualidad como “Tercera interconexión Finlandia — Suecia”], que incluye los siguientes PIC:
| ||||||||||||||||||||||||||||||||||||
4.11 | Interconexión entre Letonia y Suecia a través de Gotland [proyecto conocido en la actualidad como “LaSGo Link”] |
5) Corredor prioritario de las interconexiones de gas en el eje norte-sur de Europa occidental (“NSI West Gas”)
Nº | Definición |
5.19 | Conexión de Malta a la red europea de gas — Interconexión con Italia por gasoducto en Gela |
6) Corredor prioritario de las interconexiones de gas norte-sur en Europa Central y Oriental y en Europa Sudoriental (“NSI East Gas”)
Nº | Definición | ||||||||
6.2 |
| ||||||||
6.8 | Grupo de desarrollo y mejora de infraestructuras para posibilitar el nudo gasístico balcánico, que incluye los siguientes PIC:
| ||||||||
6.20 | Grupo de aumento de la capacidad de almacenamiento en Europa Sudoriental, que incluye uno o varios de los siguientes PIC:
| ||||||||
6.24 | Aumento de la capacidad entre Rumanía y Hungría (proyecto conocido en la actualidad como “ROHU/BRUA”) para permitir una capacidad bidireccional de 4 400 millones de metros cúbicos al año, que incluye nuevos recursos del Mar Negro:
| ||||||||
6.26 |
| ||||||||
6.27 | GNL Gdańsk (PL) |
7) Corredor prioritario Corredor meridional de gas (“SGC”)
Nº | Definición | ||||||
7.3 | PIC Grupo de infraestructuras destinado a conducir gas nuevo de las reservas de gas del Mediterráneo Oriental, que incluye:
| ||||||
7.5 | Desarrollo de la infraestructura del gas en Chipre [proyecto conocido en la actualidad como “CyprusGas2EU”] |
8) Corredor prioritario Plan de interconexión del mercado báltico de la energía – Gas (“BEMIP Gas”)
Nº | Definición | ||||
8.2 | Grupo de mejora de infraestructuras en la región del mar Báltico Oriental, que incluye los siguientes PIC:
| ||||
8.3 | Grupo de infraestructuras, que incluye los siguientes PIC [proyecto conocido en la actualidad como “Baltic Pipe”]:
|
9) Corredor prioritario Conexiones de suministro de petróleo en Europa Central y Oriental (“OSC”)
No se presentaron proyectos del sector del petróleo para la lista de proyectos de interés común.
10) Área temática prioritaria Establecimiento de redes inteligentes
Nº | Definición |
10.4 | ACON (CZ, SK) (Again COnnected Networks) fomenta la integración de los mercados checo y eslovaco de la electricidad mejorando la eficiencia de las redes de distribución y aumentando al mismo tiempo la capacidad transfronteriza a nivel de los GRD |
10.7 | Danube InGrid (HU, SK) mejora la coordinación transfronteriza de la gestión de redes eléctricas, con especial atención a hacer la recogida y el intercambio de datos de forma más inteligente |
10.10 | CARMEN (HU, RO) mejora la eficiencia de la explotación de la red de distribución y la calidad del servicio, y permite flujos de electricidad seguros procedentes de nuevas capacidades de generación de energías renovables |
10.11 | Gabreta (CZ, DE) consigue una mayor optimización del sistema mediante la recuperación y el intercambio de información en tiempo real, la mejora de la medición y el control de la red, y a través de una mayor flexibilidad y capacidad de alojamiento para la generación de energía a partir de fuentes renovables |
10.12 | Green Switch (AT, HR, SI) optimiza la utilización de la infraestructura existente e integra eficazmente las nuevas tecnologías para aumentar la capacidad de alojamiento, integrar eficientemente las nuevas cargas y mejorar la calidad y la seguridad del suministro |
11) Área temática prioritaria Autopistas de la electricidad
Ningún proyecto obtuvo la doble calificación como PIC de las autopistas de la electricidad.
12) Área temática prioritaria Red transfronteriza de dióxido de carbono
N.o | Definición |
12.3 | CO2 TransPorts tiene como objetivo crear infraestructuras para facilitar la captura, el transporte y el almacenamiento a gran escala de CO2 entre Rotterdam, Amberes y los puertos del mar del Norte |
12.4 | Northern lights: proyecto de conexión de transporte transfronterizo de CO2 entre varias iniciativas europeas de captura (Reino Unido, Irlanda, Bélgica, Países Bajos, Francia y Suecia) y de transporte del CO2 capturado en barco hasta un lugar de almacenamiento en la plataforma continental noruega |
12.5 | Proyecto Athos: propone una infraestructura para transportar CO2 a partir de zonas industriales de los Países Bajos, con la posibilidad de recibir más CO2 de otros orígenes, por ejemplo, Irlanda y Alemania. La idea es desarrollar una estructura de transporte para grandes volúmenes que sea interoperable, transfronteriza y de acceso abierto |
12.7 | ARAMIS: proyecto transfronterizo de transporte y almacenamiento de CO2 (entrada de emisores en el interior de la zona portuaria de Rotterdam y almacenamiento en la plataforma continental neerlandesa) |
12.8 | Dartagnan: Nudo multimodal de exportación de CO2 procedente de Dunkerque y su zona de influencia (emisores de la agrupación industrial de la zona de Dunkerque, Francia, y almacenamiento en la medida en que sea posible en los territorios de los países del mar del Norte) |
12.9 | Interconector Polonia – EU de captura y almacenamiento de carbono (emisores de la agrupación industrial de la zona en torno a Gdansk, Polonia y almacenamiento en la medida en que sea posible en los territorios de los países del mar del Norte) |
C. LISTA DE “PROYECTOS QUE YA NO SE CONSIDERAN PIC” Y “PROYECTOS QUE YA SON AHORA PARTE INTEGRANTE DE OTROS PIC”
1) Corredor prioritario de la red eléctrica marítima en los mares septentrionales (“NSOG”)
Números de PIC de los proyectos que ya no se consideran PIC |
1.1.1 |
1.1.2 |
1.1.3 |
1.2 |
1.3.1 |
1.3.2 |
1.4.1 |
1.4.2 |
1.4.3 |
1.5 |
1.7.1 |
1.7.2 |
1.7.3 |
1.7.4 |
1.7.5 |
1.8 |
1.9.1 |
1.9.2 |
1.9.3 |
1.9.4 |
1.9.5 |
1.9.6 |
1.10.1 |
1.10.2 |
1.11.1 |
1.11.2 |
1.11.3 |
1.11.4 |
1.12.1 |
1.12.2 |
1.12.3 |
1.12.4 |
1.12.5 |
1.13 |
1.14 |
1.15 |
1.16 |
1.17 |
1.18 |
1.20 |
2) Corredor prioritario de las interconexiones eléctricas en el eje norte-sur de Europa Occidental (“NSI West Electricity”)
Números de PIC de los proyectos que ya no se consideran PIC |
2.1 |
2.2.1 |
2.2.2 |
2.2.3 |
2.3.1 |
2.3.2 |
2.5.1 |
2.5.2 |
2.6 |
2.8 |
2.11.1 |
2.11.2 |
2.11.3 |
2.12 |
2.13.1 |
2.13.2 |
2.14 |
2.15.1 |
2.15.2 |
2.15.3 |
2.15.4 |
2.16.2 |
2.19 |
2.20 |
2.21 |
2.22 |
2.24 |
2.25.1 |
2.25.2 |
2.26 |
2.28.3 |
2.28.4 |
Proyectos que son ahora parte integrante de otros PIC | |
Número de PIC original del proyecto | Número del PIC en el que está ahora integrado el proyecto |
2.1 | 3.1.4 |
3) Corredor prioritario de las interconexiones eléctricas norte-sur en Europa Central y Oriental y en Europa Meridional (“NSI East Electricity”)
Números de PIC de los proyectos que ya no se consideran PIC |
3.1.3 |
3.2.1 |
3.2.3 |
3.3 |
3.4 |
3.5.1 |
3.5.2 |
3.6.1 |
3.6.2 |
3.7 |
3.8 |
3.9 |
3.11.5 |
3.13 |
3.14.1 |
3.15.1 |
3.15.2 |
3.16 |
3.17 |
3.18.1 |
3.18.2 |
3.19.2 |
3.19.3 |
3.20.1 |
3.20.2 |
3.21 |
3.23 |
3.25 |
3.26 |
Proyectos que son ahora parte integrante de otros PIC | |
Número de PIC original del proyecto | Número del PIC en que el que está ahora integrado el proyecto |
3.27 | 2.33 |
4) Corredor prioritario del Plan de interconexión del mercado báltico de la energía (“BEMIP Electricity”)
Números de PIC de los proyectos que ya no se consideran PIC |
4.1 |
4.2 |
4.4.1 |
4.5.1 |
4.5.3 |
4.5.4 |
4.5.5 |
4.7 |
4.8.6 |
4.8.11 |
4.8.12 |
4.8.17 |
Proyectos que son ahora parte integrante de otros PIC | |
Número de PIC original del proyecto | Número del PIC en el que está ahora integrado el proyecto |
4.3 | 4.8.9 |
4.9 | 4.8.9 |
5) Corredor prioritario de las interconexiones de gas en el eje norte-sur de Europa Occidental (“NSI West Gas”)
Números de PIC de los proyectos que ya no se consideran PIC |
5.1.1 |
5.1.2 |
5.1.3 |
5.2 |
5.3 |
5.4.1 |
5.4.2 |
5.5.1 |
5.5.2 |
5.6 |
5.7.1 |
5.7.2 |
5.9 |
5.12 |
5.13 |
5.14 |
5.15.1 |
5.15.2 |
5.15.3 |
5.15.4 |
5.15.5 |
5.16 |
5.17.1 |
5.17.2 |
5.18 |
5.20 |
5.21 |
Proyectos que se convirtieron en parte integrante de otros PIC | |
Número de PIC original del proyecto | Número del PIC en el que está ahora integrado el proyecto |
5.8.1 | 5.5.2 |
5.8.2 | 5.5.2 |
6) Corredor prioritario de las interconexiones de gas norte-sur en Europa Central y Oriental y en Europa Sudoriental (“NSI East Gas”)
Números de PIC de los proyectos que ya no se consideran PIC |
6.2.1 |
6.2.2 |
6.3 |
6.5.1 |
6.5.3 |
6.5.4 |
6.5.5 |
6.7 |
6.8.3 |
6.9.1 |
6.9.2 |
6.9.3 |
6.11 |
6.12 |
6.16 |
6.17 |
6.19 |
6.20.1 |
6.20.5 |
6.20.6 |
6.21 |
6.22.1 |
6.22.2 |
6.23 |
6.24.1 |
6.25.2 |
Proyectos que son ahora parte integrante de otros PIC | |
Número de PIC original del proyecto | Número del PIC en el que está ahora integrado el proyecto |
6.1.1 | 6.2.10 |
6.1.2 | 6.2.11 |
6.1.3 | 6.2.11 |
6.1.4 | 6.2.11 |
6.1.5 | 6.2.11 |
6.1.6 | 6.2.11 |
6.1.7 | 6.2.11 |
6.1.8 | 6.2.2 |
6.1.9 | 6.2.11 |
6.1.10 | 6.2.2 |
6.1.11 | 6.2.2 |
6.1.12 | 6.2.12 |
6.2.3 | 6.2.2 |
6.2.4 | 6.2.2 |
6.2.5 | 6.2.2 |
6.2.6 | 6.2.2 |
6.2.7 | 6.2.2 |
6.2.8 | 6.2.2 |
6.2.9 | 6.2.2 |
6.5.2 | 6.5.6 |
6.6 | 6.26.1 |
6.8.4 | 6.25.4 |
6.13.1 | 6.24.4 |
6.13.2 | 6.24.4 |
6.13.3 | 6.24.4 |
6.14 | 6.24.1 |
6.15.1 | 6.24.10 |
6.15.2 | 6.24.10 |
6.18 | 7.3.4 |
6.24.2 | 6.24.1 |
6.24.3 | 6.24.1 |
6.24.5 | 6.24.4 |
6.24.6 | 6.24.4 |
6.24.7 | 6.24.4 |
6.24.8 | 6.24.4 |
6.24.9 | 6.24.4 |
6.25.3 | 6.24.10 |
6.26.2 | 6.26.1 |
6.26.3 | 6.26.1 |
6.26.4 | 6.26.1 |
6.26.5 | 6.26.1 |
6.26.6 | 6.26.1 |
7) Corredor prioritario Corredor meridional de gas (“SGC”)
Números de PIC de los proyectos que ya no se consideran PIC |
7.1.1 |
7.1.2 |
7.1.3 |
7.1.5 |
7.1.7 |
7.2.1 |
7.2.2 |
7.2.3 |
7.4.1 |
7.4.2 |
Proyectos que son ahora parte integrante de otros PIC | |
Número de PIC original del proyecto | Número del PIC en el que está ahora integrado el proyecto |
7.1.6 | 7.1.3 |
7.1.4 | 7.3.3 |
7.3.2 | 7.5 |
8) Corredor prioritario Plan de interconexión del mercado báltico de la energía – Gas (“BEMIP Gas”)
Números de PIC de los proyectos que ya no se consideran PIC |
8.1.2.1 |
8.1.2.2 |
8.1.2.3 |
8.1.2.4 |
8.2.3 |
8.4 |
8.5 |
8.6 |
8.8 |
9) Corredor prioritario Conexiones de suministro de petróleo en Europa Central y Oriental (“OSC”)
Números de PIC de los proyectos que ya no se consideran PIC |
9.1 |
9.2 |
9.3 |
9.4 |
9.5 |
9.6 |
10) Área temática prioritaria Establecimiento de redes inteligentes
Números de PIC de los proyectos que ya no se consideran PIC |
10.1 |
10.2 |
10.3 |
10.5 |
10.6 |
10.8 |
10.9 |
11) Área temática prioritaria Autopistas de la electricidad
Números de PIC de los proyectos que ya no se consideran PIC |
1.3 |
1.5 |
1.6 |
1.7 |
1.8 |
1.10 |
1.14 |
1.15 |
1.16 |
1.20 |
2.13 |
12) Área temática prioritaria Red transfronteriza de dióxido de carbono
Números de PIC de los proyectos que ya no se consideran PIC |
12.1 |
12.2 |
12.6 |
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