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Documento DOUE-L-2022-81173

Decisión (PESC) 2022/1335 del Consejo de 28 de julio de 2022 por la que se modifica la Decisión 2012/285/PESC relativa a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos que suponen una amenaza para la paz, la seguridad o la estabilidad de la República de Guinea-Bissau.

Publicado en:
«DOUE» núm. 201, de 1 de agosto de 2022, páginas 29 a 30 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2022-81173

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 29,

Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1) El 31 de mayo de 2012, el Consejo adoptó la Decisión 2012/285/PESC (1).

(2) El Consejo considera que debe modificarse el título de la Decisión 2012/285/PESC.

(3) El Consejo considera que debe retirarse a siete personas de la lista de personas sujetas a medidas restrictivas que figura en el anexo II de la Decisión 2012/285/PESC y a nueve personas de la lista de personas sujetas a medidas restrictivas que figura en su anexo III.

(4) Procede, por tanto, modificar la Decisión 2012/285/PESC en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La Decisión 2012/285/PESC se modifica como sigue:

1) El título se sustituye por el texto siguiente:

«Decisión 2012/285/PESC del Consejo, de 31 de mayo de 2012, relativa a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Guinea-Bisáu y por la que se deroga la Decisión 2012/237/PESC».

2) Los anexos II y III se modifican de conformidad con el anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 28 de julio de 2022.

Por el Consejo

El Presidente

M. BEK

 

(1)  Decisión 2012/285/PESC del Consejo, de 31 de mayo de 2012, relativa a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos que suponen una amenaza para la paz, la seguridad o la estabilidad de la República de Guinea-Bissau y por la que se deroga la Decisión 2012/237/PESC (DO L 142 de 1.6.2012, p. 36).

ANEXO

1)   En el anexo II de la Decisión 2012/285/PESC [Lista de personas mencionadas en el artículo 1, apartado 1, letra b)] se suprimen las entradas correspondientes a las personas que se indican a continuación:

«1.

General Augusto MÁRIO CÓ

2.

General Saya Braia Na NHAPKA

3.

Coronel Tomás DJASSI

5.

Coronel Celestino de CARVALHO

10.

Comandante Samuel FERNANDES

13.

Comandante (Armada) Agostinho Sousa CORDEIRO

15.

Teniente Lassana CAMARÁ».

2)   En el anexo III de la Decisión 2012/285/PESC (Lista de personas, entidades u órganos mencionados en el artículo 2) se suprimen las entradas correspondientes a las personas que se indican a continuación:

«6.

General Augusto MÁRIO CÓ

7.

General Saya Braia Na NHAPKA

8.

Coronel Tomás DJASSI

9.

Cranha DANFÁ

10.

Coronel Celestino de CARVALHO

14.

Tcham NA MAN (alias Namam)

15.

Comandante Samuel FERNANDES

18.

Comandante (Armada) Agostinho Sousa CORDEIRO

20.

Teniente Lassana CAMARÁ».

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • MODIFICA el título y los anexos II y III de la Decisión 2012/285, de 31 de mayo (Ref. DOUE-L-2012-81006).
Materias
  • Cuentas bloqueadas
  • Guinea Bissau
  • Libre circulación de personas
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • Sanciones

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