LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, relativo a las enfermedades transmisibles de los animales y por el que se modifican o derogan algunos actos en materia de sanidad animal («Legislación sobre sanidad animal») (1), y en particular su artículo 230, apartado 1, y su artículo 232, apartados 1 y 3,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El Reglamento (UE) 2016/429 exige que, para entrar en la Unión, las partidas de animales, productos reproductivos y productos de origen animal deben proceder de un tercer país o un territorio, o una zona o compartimento de estos, que figuren en las listas establecidas de conformidad con su artículo 230, apartado 1. |
(2) |
El Reglamento Delegado (UE) 2020/692 de la Comisión (2) establece los requisitos zoosanitarios que deben cumplir las partidas de determinadas especies y categorías de animales, productos reproductivos y productos de origen animal para poder entrar en la Unión desde terceros países, territorios o zonas de estos, o compartimentos, en el caso de los animales de acuicultura. |
(3) |
El Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404 de la Comisión (3) establece las listas de terceros países o territorios, o zonas o compartimentos de estos, desde los que se permite la entrada en la Unión de las especies y categorías de animales, productos reproductivos y productos de origen animal que entran en el ámbito de aplicación del Reglamento Delegado (UE) 2020/692. |
(4) |
En concreto, en los anexos V y XIV del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404 figuran las listas de terceros países o territorios, o zonas de estos, desde los que se autoriza la entrada en la Unión de partidas de aves de corral y productos reproductivos de aves de corral y de carne fresca de aves de corral y aves de caza, respectivamente. |
(5) |
Canadá ha notificado a la Comisión dos brotes de gripe aviar de alta patogenicidad en aves de corral detectados en la provincia de Quebec, que se confirmaron los días 21 de julio de 2022 y 1 de agosto de 2022 mediante análisis de laboratorio (RT-PCR). |
(6) |
Asimismo, Canadá también ha notificado a la Comisión un brote de gripe aviar de alta patogenicidad en aves de corral detectado en la provincia de Alberta, que se confirmó el 28 de julio de 2022 mediante análisis de laboratorio (RT-PCR). |
(7) |
El Reino Unido ha notificado a la Comisión un brote de gripe aviar de alta patogenicidad en aves de corral detectado cerca de Gayton, King’s Lynn y West Norfolk, Norfolk, Inglaterra (Reino Unido), que se confirmó el 21 de agosto de 2022 mediante una prueba de laboratorio (RT-PCR). |
(8) |
Los Estados Unidos han notificado a la Comisión un brote de gripe aviar de alta patogenicidad en aves de corral detectado en King County, en el Estado de Washington (Estados Unidos), que se confirmó el 1 de julio de 2022 mediante una prueba de laboratorio (RT-PCR). |
(9) |
Asimismo, los Estados Unidos también han notificado a la Comisión un brote de gripe aviar de alta patogenicidad en aves de corral detectado en Fresno County, Estado de California (Estados Unidos), confirmado el 22 de agosto de 2022 mediante análisis de laboratorio (RT-PCR). |
(10) |
Tras la detección de estos brotes de gripe aviar de alta patogenicidad, las autoridades veterinarias de Canadá, del Reino Unido y de los Estados Unidos han establecido una zona de control de 10 km alrededor de los establecimientos afectados y han aplicado una política de sacrificio sanitario para controlar la presencia de gripe aviar de alta patogenicidad y limitar la propagación de esta enfermedad. |
(11) |
Canadá, el Reino Unido y los Estados Unidos han presentado a la Comisión información sobre la situación epidemiológica en sus territorios y las medidas que han adoptado para impedir que siga propagándose la gripe aviar de alta patogenicidad. La Comisión ha evaluado esa información. Conforme a esa evaluación y para proteger la situación zoosanitaria de la Unión, debe dejar de autorizarse la entrada en la Unión de partidas de aves de corral, productos reproductivos de aves de corral y carne fresca de aves de corral y de aves de caza procedentes de las zonas sujetas a restricciones que han establecido las autoridades veterinarias de Canadá, del Reino Unido y de los Estados Unidos debido a los brotes recientes de gripe aviar de alta patogenicidad. |
(12) |
El Reino Unido ha presentado información actualizada sobre la situación epidemiológica en su territorio en relación con dos brotes de gripe aviar de alta patogenicidad en establecimientos de aves de corral: uno cerca de Lowdham, Newark y Sherwood, Nottinghamshire, Inglaterra (Reino Unido), que se confirmó el 7 de mayo de 2022, y otro cerca de Southwell, Newark y Sherwood, Nottinghamshire, Inglaterra (Reino Unido), que se confirmó el 19 de mayo de 2022. |
(13) |
Además, los Estados Unidos han presentado información actualizada sobre la situación epidemiológica en su territorio en relación con diecinueve brotes de gripe aviar de alta patogenicidad en establecimientos de aves de corral en los Estados de Iowa (6), Minnesota (8), Misuri (1), Montana (1), Nebraska (1), Dakota del Sur (1) y Winsconsin (1), (Estados Unidos) que se confirmaron entre el 6 de marzo y el 20 de abril de 2022. |
(14) |
El Reino Unido y los Estados Unidos han presentado también información sobre las medidas que han adoptado para impedir que siga propagándose la enfermedad. En particular, a raíz de estos brotes de gripe aviar de alta patogenicidad, el Reino Unido y los Estados Unidos han aplicado una política de sacrificio sanitario para controlar y limitar la propagación de dicha enfermedad, y también han completado las medidas de limpieza y desinfección necesarias tras la aplicación de la política de sacrificio sanitario en los establecimientos de aves de corral infectados de sus territorios. |
(15) |
La Comisión ha evaluado la información presentada por el Reino Unido y los Estados Unidos y ha llegado a la conclusión de que se han eliminado los brotes de gripe aviar de alta patogenicidad en los establecimientos de aves de corral y de que ya no existe ningún riesgo asociado a la entrada en la Unión de mercancías de aves de corral procedentes de las zonas del Reino Unido y de los Estados Unidos desde las que se suspendió la entrada en la Unión de esas mercancías debido a esos brotes. |
(16) |
Procede, por tanto, modificar los anexos V y XIV del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404 para tener en cuenta la situación epidemiológica actual respecto a la gripe aviar de alta patogenicidad en el Reino Unido y los Estados Unidos. |
(17) |
Teniendo en cuenta la situación epidemiológica actual en Canadá, en el Reino Unido y en los Estados Unidos en lo que respecta a la gripe aviar de alta patogenicidad y el grave riesgo de su introducción en la Unión, las modificaciones que deben hacerse en el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404 mediante el presente Reglamento deben surtir efecto con carácter de urgencia. |
(18) |
Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Modificaciones del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404
Los anexos V y XIV del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404 se modifican de conformidad con el anexo del presente Reglamento.
Entrada en vigor y aplicación
El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 1 de septiembre de 2022.
Por la Comisión
La Presidenta
Ursula VON DER LEYEN
(1) DO L 84 de 31.3.2016, p. 1.
(2) Reglamento Delegado (UE) 2020/692 de la Comisión, de 30 de enero de 2020, que completa el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo referente a las normas para la entrada en la Unión, y para el desplazamiento y la manipulación tras la entrada, de las partidas de determinados animales, productos reproductivos y productos de origen animal (DO L 174 de 3.6.2020, p. 379).
(3) Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404 de la Comisión, de 24 de marzo de 2021, por el que se establecen las listas de terceros países, territorios, o zonas de estos, desde los que se permite la entrada en la Unión de animales, productos reproductivos y productos de origen animal de conformidad con el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 114 de 31.3.2021, p. 1).
Los anexos V y XIV del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404 se modifican como sigue:
1) El anexo V se modifica como sigue:
a) |
la parte 1 se modifica como sigue:
|
b) |
la parte 2 se modifica como sigue:
|
2) En el anexo XIV, la parte 1 se modifica como sigue:
i) |
en la entrada relativa al Reino Unido, las filas correspondientes a la zona GB-2.121 se sustituyen por el texto siguiente:
|
ii) |
en la entrada relativa al Reino Unido, las filas correspondientes a la zona GB-2.125 se sustituyen por el texto siguiente:
|
iii) |
en la entrada relativa al Reino Unido, se añaden las filas correspondientes a la zona GB-2.133 después de la fila correspondiente a la zona GB-2.132:
|
iv) |
en la entrada relativa a los Estados Unidos, las filas correspondientes a la zona US-2.16 se sustituyen por el texto siguiente:
|
v) |
en la entrada relativa a los Estados Unidos, las filas correspondientes a la zona US-2.25 se sustituyen por el texto siguiente:
|
vi) |
en la entrada relativa a los Estados Unidos, las filas correspondientes a la zona US-2.43 se sustituyen por el texto siguiente:
|
vii) |
en la entrada relativa a los Estados Unidos, las filas correspondientes a la zona US-2.46 se sustituyen por el texto siguiente:
|
viii) |
en la entrada relativa a los Estados Unidos, las filas correspondientes a la zona US-2.55 se sustituyen por el texto siguiente:
|
ix) |
en la entrada relativa a los Estados Unidos, las filas correspondientes a la zona US-2.63 se sustituyen por el texto siguiente:
|
x) |
en la entrada relativa a los Estados Unidos, las filas correspondientes a la zona US-2.66 se sustituyen por el texto siguiente:
|
xi) |
en la entrada relativa a los Estados Unidos, las filas correspondientes a la zona US-2.74 se sustituyen por el texto siguiente:
|
xii) |
en la entrada relativa a los Estados Unidos, las filas correspondientes a la zona US-2.85 se sustituyen por el texto siguiente:
|
xiii) |
en la entrada relativa a los Estados Unidos, las filas correspondientes a la zona US-2.99 se sustituyen por el texto siguiente:
|
xiv) |
en la entrada relativa a los Estados Unidos, las filas correspondientes a la zona US-2.103 se sustituyen por el texto siguiente:
|
xv) |
en la entrada relativa a los Estados Unidos, las filas correspondientes a la zona US-2.110 se sustituyen por el texto siguiente:
|
xvi) |
en la entrada relativa a los Estados Unidos, las filas correspondientes a la zona US-2.118 se sustituyen por el texto siguiente:
|
xvii) |
en la entrada relativa a los Estados Unidos, las filas correspondientes a la zona US-2.124 se sustituyen por el texto siguiente:
|
xviii) |
en la entrada relativa a los Estados Unidos, las filas correspondientes a la zona US-2.130 se sustituyen por el texto siguiente:
|
xix) |
en la entrada relativa a los Estados Unidos, las filas correspondientes a la zona US-2.133 se sustituyen por el texto siguiente:
|
xx) |
en la entrada relativa a los Estados Unidos, las filas correspondientes a la zona US-2.137 se sustituyen por el texto siguiente:
|
xxi) |
en la entrada relativa a los Estados Unidos, las filas correspondientes a la zona US-2.142 se sustituyen por el texto siguiente:
|
xxii) |
en la entrada relativa a los Estados Unidos, las filas correspondientes a la zona US-2.166 se sustituyen por el texto siguiente:
|
xxiii) |
en la entrada relativa a los Estados Unidos, se añaden las filas siguientes correspondientes a la zona US-2.230 entre las filas correspondientes a la zona US-2.229 y las correspondientes a la zona US-2.231:
|
xxiv) |
en la entrada relativa a los Estados Unidos, se añaden las filas correspondientes a la zona US-2.240 después de la fila correspondiente a la zona US-2.239:
|
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid