En la página 2, en el artículo 2, apartado 1:
donde dice:
«1. Como parte de sus controles de la gestión de posiciones, los centros de negociación que negocien derivados sobre materias primas establecerán niveles de rendición de cuentas en el mes del próximo vencimiento, según se establece en el artículo 2, apartado 3, del Reglamento Delegado (UE) 2022/1301 de la Comisión (4), y en el resto de meses, tal como se establece en el artículo 2, apartado 4, del Reglamento Delegado (UE) 2022/1301, en el caso de los derivados sobre materias primas puestos a disposición para su negociación que se liquiden o puedan liquidarse mediante entrega física.»,
debe decir:
«1. Como parte de sus controles de la gestión de posiciones, los centros de negociación que negocien derivados sobre materias primas establecerán niveles de rendición de cuentas en el mes del próximo vencimiento, según se establece en el artículo 2, apartado 3, del Reglamento Delegado (UE) 2022/1302 de la Comisión (4), y en el resto de meses, tal como se establece en el artículo 2, apartado 4, del Reglamento Delegado (UE) 2022/1302, en el caso de los derivados sobre materias primas puestos a disposición para su negociación que se liquiden o puedan liquidarse mediante entrega física.».
En la página 2, en la nota a pie de página 4:
donde dice:
«Reglamento Delegado (UE) 2022/1301 de la Comisión, de 31 de marzo de 2022, por el que se modifican las normas técnicas de regulación establecidas en el Reglamento Delegado (UE) 2020/1226 en lo que respecta a la información que debe facilitarse con arreglo a los requisitos de notificación STS aplicables a las titulizaciones sintéticas dentro de balance (DO L 197 de xx.xx.2022, p. 10).»,
debe decir:
«Reglamento Delegado (UE) 2022/1302 de la Comisión, de 20 de abril de 2022, por el que se completa la Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a las normas técnicas de regulación para la aplicación de límites de posición a los derivados sobre materias primas y los procedimientos de solicitud de exención de los límites de posición (DO L 197 de 26.7.2022, p. 52).».
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