LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, relativo a las enfermedades transmisibles de los animales y por el que se modifican o derogan algunos actos en materia de sanidad animal («Legislación sobre sanidad animal») (1), y en particular su artículo 230, apartado 1, y su artículo 232, apartados 1 y 3,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El Reglamento (UE) 2016/429 exige que, para entrar en la Unión, las partidas de animales, los productos reproductivos y los productos de origen animal deben proceder de un tercer país o un territorio, o una zona o compartimento de estos, que figuren en las listas establecidas de conformidad con su artículo 230, apartado 1. |
(2) |
El Reglamento Delegado (UE) 2020/692 de la Comisión (2) establece los requisitos zoosanitarios que deben cumplir las partidas de determinadas especies y categorías de animales, productos reproductivos y productos de origen animal para poder entrar en la Unión desde terceros países o territorios, o zonas de tales países o territorios, o desde compartimentos de estos en el caso de los animales de la acuicultura. |
(3) |
El Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404 de la Comisión (3) establece las listas de terceros países o territorios, o zonas o compartimentos de estos, desde los que se permite la entrada en la Unión de las especies y categorías de animales, productos reproductivos y productos de origen animal que entran en el ámbito de aplicación del Reglamento Delegado (UE) 2020/692. |
(4) |
En concreto, en los anexos V y XIV del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404 figuran las listas de terceros países o territorios, o zonas de estos, desde los que se autoriza la entrada en la Unión de partidas de aves de corral y productos reproductivos de aves de corral y de carne fresca de aves de corral y de aves de caza, respectivamente. |
(5) |
Canadá ha notificado a la Comisión siete brotes de gripe aviar de alta patogenicidad en aves de corral en las provincias de Alberta (1), Columbia Británica (4) y Ontario (2), en Canadá, confirmados entre el 21 de noviembre y el 28 de noviembre de 2022 mediante análisis de laboratorio (RT-PCR). |
(6) |
Asimismo, el Reino Unido ha notificado a la Comisión siete brotes de gripe aviar de alta patogenicidad en aves de corral en los condados de Norfolk (1), Herefordshire (1) y Suffolk (3), en Inglaterra (Reino Unido), y en Aberdeenshire (2), en Escocia (Reino Unido), confirmados entre el 29 de noviembre y el 13 de diciembre de 2022 mediante análisis de laboratorio (RT-PCR). |
(7) |
Además, los Estados Unidos han notificado a la Comisión treinta y un brotes de gripe aviar de alta patogenicidad en aves de corral en los estados de Colorado (1), Florida (1), Illinois (1), Iowa (7), Maryland (1), Minnesota (1), Missouri (2), Nebraska (1), Dakota del Sur (15) y Utah (1) (Estados Unidos), confirmados entre el 16 de noviembre y el 12 de diciembre de 2022 mediante análisis de laboratorio (RT-PCR). |
(8) |
Tras la detección de estos brotes recientes de gripe aviar de alta patogenicidad, las autoridades veterinarias de Canadá, del Reino Unido y de los Estados Unidos han establecido zonas de control de al menos 10 km alrededor de los establecimientos afectados y han aplicado una política de sacrificio sanitario para controlar la presencia de gripe aviar de alta patogenicidad y limitar la propagación de esta enfermedad. |
(9) |
Canadá, el Reino Unido y los Estados Unidos han presentado a la Comisión información sobre la situación epidemiológica en sus territorios y las medidas que han adoptado para impedir que siga propagándose la gripe aviar de alta patogenicidad. La Comisión ha evaluado dicha información. Conforme a esa evaluación y para proteger la situación zoosanitaria de la Unión, debe dejar de autorizarse la entrada en la Unión de partidas de aves de corral, productos reproductivos de aves de corral y carne fresca de aves de corral y de aves de caza procedentes de las zonas sujetas a restricciones que han establecido las autoridades veterinarias de Canadá, del Reino Unido y de los Estados Unidos debido a los brotes recientes de gripe aviar de alta patogenicidad. |
(10) |
Además, el Reino Unido ha presentado información actualizada sobre la situación epidemiológica en su territorio en relación con dos brotes de gripe aviar de alta patogenicidad en establecimientos de aves de corral en el condado de Devon, en Inglaterra (Reino Unido), y en el condado de Gwynedd, en Gales (Reino Unido), confirmados entre el 2 de septiembre y el 5 de septiembre de 2022. |
(11) |
El Reino Unido ha informado también sobre las medidas que ha adoptado para impedir la propagación de la gripe aviar de alta patogenicidad. En particular, a raíz de esos brotes de la mencionada enfermedad, el Reino Unido ha aplicado una política de sacrificio sanitario para controlar y limitar su propagación, y también ha completado las medidas de limpieza y desinfección necesarias tras la aplicación de la política de sacrificio sanitario en los establecimientos de aves de corral infectados de su territorio. |
(12) |
La Comisión ha evaluado la información presentada por el Reino Unido y ha llegado a la conclusión de que se han eliminado los brotes de gripe aviar de alta patogenicidad en los establecimientos de aves de corral y de que ya no existe ningún riesgo asociado a la entrada en la Unión de mercancías de aves de corral procedentes de las zonas del Reino Unido desde las que se había suspendido la entrada en la Unión de esas mercancías debido a esos brotes. |
(13) |
Procede, por tanto, modificar los anexos V y XIV del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404 para tener en cuenta la situación epidemiológica actual respecto a la gripe aviar de alta patogenicidad en Canadá, el Reino Unido y los Estados Unidos. |
(14) |
Teniendo en cuenta la situación epidemiológica actual en Canadá, en el Reino Unido y en los Estados Unidos en lo que respecta a la gripe aviar de alta patogenicidad y el grave riesgo de su introducción en la Unión, las modificaciones que deben hacerse en los anexos V y XIV del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404 mediante el presente Reglamento deben surtir efecto con carácter de urgencia. |
(15) |
El Reglamento de Ejecución (UE) 2022/2361 (4) de la Comisión modificó el anexo V y el anexo XIV del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404 añadiendo las filas GB-2.265 a GB-2.2677, en las que se definen tres zonas afectadas, en las entradas correspondientes al Reino Unido en el anexo V y en el anexo XIV. Dado que se ha detectado un error relativo a la fecha de confirmación de los brotes relacionados en el anexo V, las filas correspondientes a las zonas GB-2.265 a GB-2.267 del anexo V deben corregirse en consecuencia. Esta corrección debe aplicarse a partir de la fecha de aplicación del Reglamento de Ejecución (UE) 2022/2361. |
(16) |
Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Los anexos V y XIV del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404 se modifican de conformidad con el anexo del presente Reglamento.
Corrección del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404
En la parte 1, sección B, del anexo V, en la entrada relativa al Reino Unido, las filas correspondientes a las zonas GB-2.265 a GB-2.267 se sustituyen por el texto siguiente:
«GB Reino Unido |
GB-2.265 |
BPP, BPR, DOC, DOR, SP, SR, POU-LT20, HEP, HER, HE-LT20 |
N, P1 |
|
20.11.2022 |
|
GB-2.266 |
N, P1 |
|
21.11.2022 |
|
||
GB-2.267 |
N, P1 |
|
22.11.2022»; |
|
El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
No obstante, el artículo 2 será aplicable a partir del 6 de diciembre de 2022.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 16 de diciembre de 2022.
Por la Comisión
La Presidenta
Ursula VON DER LEYEN
(1) DO L 84 de 31.3.2016, p. 1.
(2) Reglamento Delegado (UE) 2020/692 de la Comisión, de 30 de enero de 2020, que completa el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo referente a las normas para la entrada en la Unión, y para el desplazamiento y la manipulación tras la entrada, de las partidas de determinados animales, productos reproductivos y productos de origen animal (DO L 174 de 3.6.2020, p. 379).
(3) Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404 de la Comisión, de 24 de marzo de 2021, por el que se establecen las listas de terceros países, territorios, o zonas de estos, desde los que se permite la entrada en la Unión de animales, productos reproductivos y productos de origen animal de conformidad con el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 114 de 31.3.2021, p. 1).
(4) Reglamento de Ejecución (UE) 2022/2361 de la Comisión, de 1 de diciembre de 2022, por el que se modifican los anexos V y XIV del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404 por lo que respecta a las entradas correspondientes a Canadá, el Reino Unido y los Estados Unidos en las listas de terceros países desde los que se autoriza la entrada en la Unión de partidas de aves de corral, productos reproductivos de aves de corral y carne fresca de aves de corral y de aves de caza (DO L 312 de 5.12.2022, p. 5).
Los anexos V y XIV del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404 se modifican como sigue:
1) |
El anexo V se modifica como sigue:
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2) |
La parte 1, sección B, de la parte 1 del anexo XIV se modifica como sigue:
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