LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, relativo a las enfermedades transmisibles de los animales y por el que se modifican o derogan algunos actos en materia de sanidad animal («Legislación sobre sanidad animal») (1), y en particular su artículo 230, apartado 1, y su artículo 232, apartados 1 y 3,
Considerando lo siguiente:
(1) |
El Reglamento (UE) 2016/429 dispone que, para entrar en la Unión, las partidas de animales, productos reproductivos y productos de origen animal deben proceder de un tercer país o un territorio, o una zona o compartimento de estos, que figuren en las listas establecidas de conformidad con su artículo 230, apartado 1. |
(2) |
El Reglamento Delegado (UE) 2020/692 de la Comisión (2) establece los requisitos zoosanitarios que deben cumplir las partidas de determinadas especies y categorías de animales, productos reproductivos y productos de origen animal para poder entrar en la Unión desde terceros países, territorios o zonas de estos o compartimentos de estos, en el caso de los animales de acuicultura. |
(3) |
El Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404 de la Comisión (3) establece las listas de terceros países o territorios, o zonas o compartimentos de estos, desde los que se permite la entrada en la Unión de las especies y categorías de animales, productos reproductivos y productos de origen animal que entran en el ámbito de aplicación del Reglamento Delegado (UE) 2020/692. |
(4) |
En concreto, en los anexos V, XIV y XV del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404 figuran las listas de terceros países, territorios, o zonas de estos, desde los que se autoriza la entrada en la Unión de partidas de aves de corral y productos reproductivos de aves de corral, de carne fresca de aves de corral y aves de caza y de productos cárnicos de ungulados, aves de corral y aves de caza, respectivamente. |
(5) |
Canadá ha notificado a la Comisión tres brotes de gripe aviar de alta patogenicidad en aves de corral detectados en las provincias de Nueva Escocia (1) y Ontario (2), en Canadá, que se confirmaron entre el 3 y el 14 de marzo de 2023 mediante análisis de laboratorio (RCP-RT). |
(6) |
Chile ha notificado a la Comisión un brote de gripe aviar de alta patogenicidad en aves de corral detectado en la región de O’Higgins, en Chile, que se confirmó el 12 de marzo de 2023 mediante análisis de laboratorio (RT-PCR). |
(7) |
Además, el Reino Unido ha notificado a la Comisión un brote de gripe aviar de alta patogenicidad en aves de corral detectado en el condado de Cumbria, Inglaterra, en el Reino Unido, que se confirmó el 10 de marzo de 2023 mediante análisis de laboratorio (RT-PCR). |
(8) |
Los Estados Unidos, por su parte, han notificado a la Comisión veintidós brotes de gripe aviar de alta patogenicidad en aves de corral detectados en los estados de Florida (1), Pensilvania (20) y Dakota del Sur (1), en los Estados Unidos, que se confirmaron entre el 3 y el 23 de marzo de 2023 mediante análisis de laboratorio (RT-PCR). |
(9) |
Tras la detección de estos brotes recientes de gripe aviar de alta patogenicidad, las autoridades veterinarias de Canadá, Chile, el Reino Unido y los Estados Unidos han establecido zonas de control de al menos 10 km alrededor de los establecimientos afectados y han aplicado una política de sacrificio sanitario para controlar la presencia de la gripe aviar de alta patogenicidad y limitar la propagación de esta enfermedad. |
(10) |
Canadá, Chile, el Reino Unido y los Estados Unidos han informado a la Comisión sobre la situación epidemiológica en sus territorios y las medidas que han adoptado para impedir que siga propagándose la gripe aviar de alta patogenicidad. La Comisión ha evaluado esa información. Conforme a esa evaluación y con miras a proteger la situación zoosanitaria de la Unión, debe dejar de autorizarse la entrada en la Unión de partidas de aves de corral y productos reproductivos de aves de corral y de carne fresca de aves de corral y de aves de caza procedentes de las zonas sujetas a restricciones que han establecido las autoridades veterinarias de Canadá, Chile, el Reino Unido y los Estados Unidos debido a los brotes recientes de gripe aviar de alta patogenicidad. |
(11) |
Además, debe exigirse el tratamiento de reducción del riesgo D, de conformidad con el anexo XXVI del Reglamento Delegado (UE) 2020/692, para permitir la entrada en la Unión de partidas de productos cárnicos de aves de corral y aves de caza procedentes de las zonas afectadas en Chile definidas como «CL-2» en el anexo XV, parte2, del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404. |
(12) |
Además, Canadá ha presentado información actualizada sobre la situación epidemiológica en su territorio en relación con ocho brotes de gripe aviar de alta patogenicidad en establecimientos de aves de corral situados en las provincias de Columbia Británica (6), Ontario (1) y Saskatchewan (1), en Canadá, que se confirmaron entre el 27 de octubre de 2022 y el 6 de enero de 2023. |
(13) |
El Reino Unido también ha presentado información actualizada sobre la situación epidemiológica en su territorio en relación con catorce brotes de gripe aviar de alta patogenicidad en establecimientos de aves de corral en los condados de Cambridgshire (1), Essex (1), Norfolk (2), North Yorkshire (4), Suffolk (1) y Yorkshire (2) en Inglaterra (Reino Unido), y en las zonas municipales de Dumfries and Galloway (1), Moray (1) y Perth and Kinross (1) en Escocia (Reino Unido), que se confirmaron entre el 21 de agosto de 2022 y el 27 de enero de 2023. |
(14) |
Por su parte, los Estados Unidos han presentado información actualizada sobre la situación epidemiológica en su territorio en relación con veintidós brotes de gripe aviar de alta patogenicidad en establecimientos de aves de corral en los estados de California (2), Colorado (2), Indiana (1), Iowa (4), Kansas (3), Maryland (1), Minnesota (2), Missouri (2), Dakota del Sur (2), Texas (1), Washington (1) y Wisconsin (1), en los Estados Unidos, que se confirmaron entre el 1 de septiembre de 2022 y el 8 de febrero de 2023. |
(15) |
Canadá, el Reino Unido y los Estados Unidos han comunicado también las medidas que han adoptado para impedir la propagación de la gripe aviar de alta patogenicidad. Concretamente, a raíz de los citados brotes, Canadá, el Reino Unido y los Estados Unidos han aplicado una política de sacrificio sanitario para controlar y limitar la propagación de la enfermedad, y también han completado las medidas de limpieza y desinfección necesarias tras la aplicación de la política de sacrificio sanitario en los establecimientos de aves de corral infectados de sus territorios. |
(16) |
La Comisión ha evaluado la información presentada por Canadá, el Reino Unido y los Estados Unidos y ha llegado a la conclusión de que se han eliminado los brotes de gripe aviar de alta patogenicidad en los establecimientos de aves de corral en cuestión y de que ya no existen riesgos asociados a la entrada en la Unión de mercancías de aves de corral procedentes de las zonas de Canadá, del Reino Unido y de los Estados Unidos desde las que se había suspendido la entrada en la Unión de esas mercancías a raíz de esos brotes. |
(17) |
Procede, por tanto, modificar los anexos V, XIV y XV del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404 a fin de tener en cuenta la situación epidemiológica actual respecto a la gripe aviar de alta patogenicidad en Canadá, el Reino Unido y los Estados Unidos. |
(18) |
Teniendo en cuenta la situación epidemiológica actual en Canadá, Chile, el Reino Unido y los Estados Unidos en lo que respecta a la gripe aviar de alta patogenicidad y el grave riesgo de su introducción en la Unión, las modificaciones que deben introducirse en los anexos V, XIV y XV del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404 mediante el presente Reglamento deben surtir efecto con carácter de urgencia. |
(19) |
El Reglamento de Ejecución (UE) 2023/462 de la Comisión (4) modificó los anexos V y XIV del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404 mediante la introducción de una fecha de apertura en la fila US-2.251 en la entrada correspondiente a los Estados Unidos en el anexo V y en el anexo XIV. Dado que se ha detectado un error relativo a la zona que debe abrirse, la fila correspondiente a la zona US-2.251 de los anexos V y XIV debe corregirse en consecuencia. Esta corrección debe ser de aplicación a partir de la fecha de aplicación del Reglamento de Ejecución (UE) 2023/426. |
(20) |
Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Los anexos V, XIV y XV del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404 se modifican de conformidad con el anexo del presente Reglamento.
Corrección del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404
1. En el anexo V, parte 1, sección B, en la entrada relativa a los Estados Unidos, la fila correspondiente a la zona US-2.251 se sustituye por el texto siguiente:
«US Estados Unidos |
US-2.251 |
BPP, BPR, DOC, DOR, SP, SR, POU-LT20, HEP, HER, HE-LT20 |
N, P1 |
|
2.9.2022». |
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2. En el anexo XIV, parte 1, sección B, en la entrada relativa a los Estados Unidos, las filas correspondientes a la zona US-2.251 se sustituyen por el texto siguiente:
«US Estados Unidos |
US-2.251 |
POU, RAT |
N, P1 |
|
2.9.2022 |
|
GBM |
P1 |
|
2.9.2022». |
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El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
No obstante, el artículo 2 será de aplicación desde el 7 de marzo de 2023.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 31 de marzo de 2023.
Por la Comisión
La Presidenta
Ursula VON DER LEYEN
(1) DO L 84 de 31.3.2016, p. 1.
(2) Reglamento Delegado (UE) 2020/692 de la Comisión, de 30 de enero de 2020, que completa el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo referente a las normas para la entrada en la Unión, y para el desplazamiento y la manipulación tras la entrada, de las partidas de determinados animales, productos reproductivos y productos de origen animal (DO L 174 de 3.6.2020, p. 379).
(3) Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404 de la Comisión, de 24 de marzo de 2021, por el que se establecen las listas de terceros países, territorios, o zonas de estos, desde los que se permite la entrada en la Unión de animales, productos reproductivos y productos de origen animal de conformidad con el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 114 de 31.3.2021, p. 1).
(4) Reglamento de Ejecución (UE) 2023/462 de la Comisión, de 2 de marzo de 2023, por el que se modifican los anexos V y XIV del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404 en lo que concierne a las entradas correspondientes a Canadá, al Reino Unido y a los Estados Unidos en las listas de terceros países desde los que se autoriza la entrada en la Unión de partidas de aves de corral, productos reproductivos de aves de corral y carne fresca de aves de corral y de aves de caza (DO L 68 de 6.3.2023, p. 4).
Los anexos V, XIV y XV del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404 se modifican como sigue:
1) |
El anexo V se modifica como sigue:
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2) |
El anexo XIV se modifica como sigue:
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3) |
El anexo XV se modifica como sigue:
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