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Documento DOUE-L-2023-81557

Declaración de la Unión en el Comité Mixto creado por el Acuerdo sobre la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica de 28 de septiembre de 2023 de conformidad con el artículo 23, apartado 4, letra a), de la Decisión nº 1/2023 del Comité Mixto.

Publicado en:
«DOUE» núm. 2478, de 7 de noviembre de 2023, páginas 1 a 1 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2023-81557

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con el artículo 23, apartado 4, letra a), de la Decisión nº 1/2023 del Comité Mixto creado por el Acuerdo sobre la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, de 24 de marzo de 2023, por la que se establecen disposiciones relativas al Marco de Windsor (en lo sucesivo, «Decisión nº 1/2023»), la Unión declara que reconoce:

i) la aplicación por el Reino Unido del artículo 5 de la Decisión nº 6/2020 del Comité Mixto creado por el Acuerdo sobre la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, de 17 de diciembre de 2020, por la que se establecen las modalidades prácticas de trabajo en lo referente al ejercicio de los derechos de los representantes de la Unión a que se refiere el artículo 12, apartado 2, del Protocolo sobre Irlanda/Irlanda del Norte al facilitar el acceso a la información contenida en las redes, los sistemas de información y las bases de datos del Reino Unido y los módulos nacionales del Reino Unido de los sistemas de la Unión a que se refiere el anexo I de dicha Decisión del Comité Mixto, al tiempo que toma nota de que el Reino Unido se ha comprometido a garantizar avances significativos en lo que respecta a la necesaria latencia y exhaustividad de los datos, con ayuda de un proceso de continuidad de las actividades, y que el acceso de los representantes de la Unión a dicha información aún debe facilitarse en un formato accesible, de manera que estos puedan llevar a cabo análisis de riesgos que permitan, en particular, la identificación de tendencias recientes e históricas;

ii) que todos los registros XI EORI existentes han sido expedidos correctamente;

iii) que el Reino Unido ha publicado nuevas orientaciones para los paquetes en consonancia con las disposiciones establecidas en la Decisión nº 1/2023; y

iv) que el Reino Unido ha emitido su declaración unilateral sobre los procedimientos de exportación de mercancías que salgan de Irlanda del Norte a otras partes del Reino Unido.

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 23 de la Decisión 2023/819, de 24 de marzo (Ref. DOUE-L-2023-80538).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Comercio extracomunitario
  • Cooperación comercial
  • Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte
  • Unión Europea

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