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Documento DOUE-L-2023-81679

Corrección de errores de la Directiva 2013/11/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativa a la resolución alternativa de litigios en materia de consumo y por la que se modifica el Reglamento (CE) nº 2006/2004 y la Directiva 2009/22/CE (Directiva sobre resolución alternativa de litigios en materia de consumo).

Publicado en:
«DOUE» núm. 90136, de 24 de noviembre de 2023, páginas 1 a 1 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2023-81679

TEXTO ORIGINAL

 

En la página 78, artículo 20, apartado 4:

donde dice:

«4.   La Comisión elaborará una lista de las entidades de resolución alternativa que se le hayan notificado de conformidad con el apartado 2 y la actualizará cada vez que se introduzcan cambios en la misma. La Comisión hará pública la lista y sus actualizaciones en su sitio web y en un soporte duradero. Si un Estado miembro ha designado un punto de contacto único de conformidad con el artículo 18, apartado 1, la Comisión transmitirá a dicho punto la lista con sus actualizaciones.»,

debe decir:

«4.   La Comisión elaborará una lista de las entidades de resolución alternativa que se le hayan notificado de conformidad con el apartado 2 y la actualizará cada vez que se le notifiquen cambios. La Comisión hará pública la lista y sus actualizaciones en su sitio web y en un soporte duradero. La Comisión transmitirá dicha lista y sus actualizaciones a las autoridades competentes. Si un Estado miembro ha designado un punto de contacto único de conformidad con el artículo 18, apartado 1, la Comisión transmitirá a dicho punto de contacto la lista con sus actualizaciones.».

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de la Directiva 2013/11, de 21 de mayo (Ref. DOUE-L-2013-81187).
Materias
  • Asociaciones de consumidores
  • Comercio
  • Consumidores y usuarios
  • Contratos
  • Mediación
  • Venta

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