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Documento DOUE-L-2024-80379

Reglamento de Ejecución (UE) 2024/880 de la Comisión, de 14 de marzo de 2024, por el que se modifican los anexos V y XIV del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404 por lo que respecta a las entradas correspondientes a Canadá y los Estados Unidos en las listas de terceros países desde los que se autoriza la entrada en la Unión de partidas de aves de corral, productos reproductivos de aves de corral y carne fresca de aves de corral y de aves de caza.

Publicado en:
«DOUE» núm. 880, de 15 de marzo de 2024, páginas 1 a 6 (6 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2024-80379

TEXTO ORIGINAL

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2024/880 DE LA COMISIÓN

de 14 de marzo de 2024

por el que se modifican los anexos V y XIV del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404 por lo que respecta a las entradas correspondientes a Canadá y los Estados Unidos en las listas de terceros países desde los que se autoriza la entrada en la Unión de partidas de aves de corral, productos reproductivos de aves de corral y carne fresca de aves de corral y de aves de caza

(Texto pertinente a efectos del EEE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, relativo a las enfermedades transmisibles de los animales y por el que se modifican o derogan algunos actos en materia de sanidad animal («Legislación sobre sanidad animal») (1), y en particular su artículo 230, apartado 1, y su artículo 232, apartados 1 y 3,

Considerando lo siguiente:

(1)

En virtud del Reglamento (UE) 2016/429, para entrar en la Unión, las partidas de animales, productos reproductivos y productos de origen animal deben proceder de un tercer país o territorio, o una zona o compartimento de estos, que figuren en las listas establecidas de conformidad con su artículo 230, apartado 1.

(2)

El Reglamento Delegado (UE) 2020/692 de la Comisión (2) establece los requisitos zoosanitarios que deben cumplir las partidas de determinadas especies y categorías de animales, productos reproductivos y productos de origen animal para poder entrar en la Unión desde terceros países o territorios, o zonas de tales países o territorios, o desde compartimentos de estos en el caso de los animales de la acuicultura.

(3)

El Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404 de la Comisión (3) establece las listas de terceros países o territorios, o zonas de estos, desde los que se permite la entrada en la Unión de las especies y categorías de animales, productos reproductivos y productos de origen animal incluidos en el ámbito de aplicación del Reglamento Delegado (UE) 2020/692. Esas listas y determinadas normas generales relativas a las listas figuran en los anexos I a XXII de dicho Reglamento.

(4)

Concretamente, en los anexos V y XIV del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404 figuran las listas de terceros países o territorios, o zonas de estos, desde los que se autoriza la entrada en la Unión de partidas de aves de corral y productos reproductivos de aves de corral, y de carne fresca de aves de corral y de aves de caza, respectivamente.

(5)

Canadá ha notificado a la Comisión un brote de gripe aviar de alta patogenicidad (GAAP) en aves de corral en la provincia de Alberta, confirmado el 21 de febrero de 2024 mediante análisis de laboratorio (RCP-RT).

(6)

Los Estados Unidos han notificado a la Comisión un brote de GAAP en aves de corral en el Estado de Massachusetts, confirmado el 7 de marzo de 2024 mediante análisis de laboratorio (RCP-RT).

(7)

Las autoridades veterinarias canadienses y estadounidenses, a raíz de la detección de estos brotes recientes de GAAP, establecieron zonas restringidas de al menos 10 km alrededor de los establecimientos afectados y aplicaron una política de sacrificio sanitario para controlar la presencia de la enfermedad y limitar su propagación.

(8)

Canadá y los Estados Unidos han presentado a la Comisión información sobre la situación epidemiológica en sus territorios y sobre las medidas que han tomado para impedir que siga propagándose la GAAP.

(9)

La Comisión ha evaluado esa información. Considera que, dada la situación zoosanitaria en las zonas sujetas a restricciones que ha establecido las autoridades veterinarias de Canadá y los Estados Unidos, debe suspenderse la entrada en la Unión de partidas de aves de corral y productos reproductivos de aves de corral, y de carne fresca de aves de corral y aves de caza procedentes de dichas zonas, a fin de preservar la situación zoosanitaria de la Unión.

(10)

Además, Canadá y los Estados Unidos han proporcionado a la Comisión información actualizada por lo que respecta a la situación epidemiológica en sus territorios en relación con la GAAP que dio lugar a la suspensión de la entrada de determinados productos en la Unión, tal como se establece en los anexos V y XIV del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404.

(11)

Canadá ha presentado información actualizada sobre la situación epidemiológica en relación con sendos brotes de GAAP en las provincias de Columbia Británica y Saskatchewan, que se confirmaron el 8 de noviembre de 2023 y el 15 de enero de 2024 mediante análisis de laboratorio (RCP-RT).

(12)

Los Estados Unidos han presentado información actualizada sobre la situación epidemiológica en su territorio en relación con siete brotes de GAAP en establecimientos de aves de corral situados en los Estados de Colorado (1), Kansas (5) y Ohio (1), que se confirmaron entre el 30 de noviembre de 2023 y el 22 de enero de 2024.

(13)

Canadá y los Estados Unidos también han informado sobre las medidas que han tomado para impedir que siga propagándose la GAAP. En particular, a raíz de los brotes de GAAP, han aplicado una política de sacrificio sanitario para controlar y limitar la propagación de la enfermedad, y también han completado las medidas de limpieza y desinfección requeridas tras la aplicación de la política de sacrificio sanitario en los establecimientos de aves de corral infectados de su territorio.

(14)

La Comisión ha evaluado la información presentada por Canadá y los Estados Unidos, y considera que estos países han ofrecido garantías adecuadas de que la situación zoosanitaria que dio lugar a la suspensión de la entrada de partidas de determinados productos en la Unión desde las zonas afectadas en esos terceros países, tal como se establece en los anexos V y XIV del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404, ya no representa una amenaza para la salud pública o animal en la Unión y que, en consecuencia, debe autorizarse de nuevo la entrada en la Unión de esas partidas de las zonas afectadas de Canadá y los Estados Unidos desde las que se había suspendido la entrada en la Unión.

(15)

Procede, por tanto, modificar los anexos V y XIV del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404 para tener en cuenta la situación epidemiológica actual respecto a la GAAP en Canadá y los Estados Unidos.

(16)

Dada la situación epidemiológica actual en Canadá y los Estados Unidos con respecto a la GAAP, y a fin de evitar una perturbación innecesaria del comercio con esos terceros países, las modificaciones que deben introducirse en los anexos V y XIV del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404 mediante el presente Reglamento deben surtir efecto con carácter de urgencia.

(17)

Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Los anexos V y XIV del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404 se modifican de conformidad con el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

Entrada en vigor y aplicabilidad

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 14 de marzo de 2024.

Por la Comisión

La Presidenta

Ursula VON DER LEYEN

(1)   DO L 84 de 31.3.2016, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2016/429/oj.

(2)  Reglamento Delegado (UE) 2020/692 de la Comisión, de 30 de enero de 2020, que completa el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo referente a las normas para la entrada en la Unión, y para el desplazamiento y la manipulación tras la entrada, de las partidas de determinados animales, productos reproductivos y productos de origen animal (DO L 174 de 3.6.2020, p. 379, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_del/2020/692/oj).

(3)  Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404 de la Comisión, de 24 de marzo de 2021, por el que se establecen las listas de terceros países, territorios, o zonas de estos, desde los que se permite la entrada en la Unión de animales, productos reproductivos y productos de origen animal de conformidad con el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 114 de 31.3.2021, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2021/404/oj).

ANEXO

Los anexos V y XIV del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/404 se modifican como sigue:

1)

El anexo V se modifica como sigue:

a)

en la parte 1, la sección B se modifica como sigue:

i)

en la entrada relativa a Canadá, la fila correspondiente a la zona CA-2.214 se sustituye por el texto siguiente:

«CA

Canadá

CA-2.214

BPP, BPR, DOC, DOR, SP, SR, POU-LT20, HEP, HER, HE-LT20

N, P1

 

8.11.2023

4.3.2024»;

ii)

en la entrada relativa a Canadá, la fila correspondiente a la zona CA-2.230 se sustituye por el texto siguiente:

«CA

Canadá

CA-2.230

BPP, BPR, DOC, DOR, SP, SR, POU-LT20, HEP, HER, HE-LT20

N, P1

 

15.1.2024

4.3.2024»;

iii)

en la entrada relativa a Canadá, después de la fila correspondiente a la zona CA-2.234, se añade la fila siguiente, correspondiente a la zona CA-2.235:

«CA

Canadá

CA-2.235

BPP, BPR, DOC, DOR, SP, SR, POU-LT20, HEP, HER, HE-LT20

N, P1

 

21.2.2024»;

 

iv)

en la entrada relativa a los Estados Unidos, la fila correspondiente a la zona US-2.546 se sustituye por el texto siguiente:

«US

Estados Unidos

US-2.546

BPP, BPR, DOC, DOR, SP, SR, POU-LT20, HEP, HER, HE-LT20

N, P1

 

30.11.2023

3.3.2024»;

v)

en la entrada relativa a los Estados Unidos, la fila correspondiente a la zona US-2.584 se sustituye por el texto siguiente:

«US

Estados Unidos

US-2.584

BPP, BPR, DOC, DOR, SP, SR, POU-LT20, HEP, HER, HE-LT20

N, P1

 

14.12.2023

7.3.2024»;

vi)

en la entrada relativa a los Estados Unidos, las filas correspondientes a las zonas US-2.613 a US-2.616 se sustituyen por el texto siguiente:

«US

Estados Unidos

US-2.613

BPP, BPR, DOC, DOR, SP, SR, POU-LT20, HEP, HER, HE-LT20

N, P1

 

10.1.2024

2.3.2024

US-2.614

N, P1

 

10.1.2024

2.3.2024

US-2.615

N, P1

 

11.1.2024

2.3.2024

US-2.616

N, P1

 

16.1.2024

11.3.2024»;

vii)

en la entrada relativa a los Estados Unidos, la fila correspondiente a la zona US-2.619 se sustituye por el texto siguiente:

«US

Estados Unidos

US-2.619

BPP, BPR, DOC, DOR, SP, SR, POU-LT20, HEP, HER, HE-LT20

N, P1

 

22.1.2024

11.3.2024»;

viii)

en la entrada relativa a los Estados Unidos, después de la fila correspondiente a la zona US-2.630, se añade la fila siguiente, correspondiente a la zona US-2.631:

«US

Estados Unidos

US-2.631

BPP, BPR, DOC, DOR, SP, SR, POU-LT20, HEP, HER, HE-LT20

N, P1

 

7.3.2024»;

 

b)

la parte 2 se modifica como sigue:

i)

en la entrada relativa a Canadá, después de la fila de la zona CA-2.234, se añade la descripción de la zona CA-2.235 siguiente:

«Canadá

CA-2.235

Alberta - Latitud 51.78, Longitud - 113.87

Los municipios afectados son:

3 km PZ: Mayton

10 km SZ: Allingham, Mayton, Neapolis, Torrington, Wimborne»;

ii)

en la entrada relativa a los Estados Unidos, después de la descripción de la zona US-2.630, se añade la descripción de la zona US-2.631 siguiente:

«Estados Unidos

US-2.631

Estado de Massachusetts

Essex 02

Condado de Essex: Una zona circular de 10 km de radio que comienza en el punto norte (coordenadas GPS: 70.9451985°W 42.9445558°N)».

2)

En el anexo XIV, en la parte 1, la sección B se modifica como sigue:

a)

en la entrada relativa a Canadá, las filas correspondientes a la zona CA-2.214 se sustituyen por el texto siguiente:

«CA

Canadá

CA-2.214

POU, RAT

N, P1

 

8.11.2023

4.3.2024

GBM

P1

 

8.11.2023

4.3.2024»;

b)

en la entrada relativa a Canadá, las filas correspondientes a la zona CA-2.230 se sustituyen por el texto siguiente:

«CA

Canadá

CA-2.230

POU, RAT

N, P1

 

15.1.2024

4.3.2024

GBM

P1

 

15.1.2024

4.3.2024»;

c)

en la entrada relativa a Canadá, después de la fila correspondiente a la zona CA-2.234, se añaden las filas siguientes, correspondientes a la zona CA-2.235:

«CA

Canadá

CA-2.235

POU, RAT

N, P1

 

21.2.2024

 

GBM

P1

 

21.2.2024»;

 

d)

en la entrada relativa a los Estados Unidos, las filas correspondientes a la zona US-2.546 se sustituyen por el texto siguiente:

«US

Estados Unidos

US-2.546

POU, RAT

N, P1

 

30.11.2023

3.3.2024

GBM

P1

 

30.11.2023

3.3.2024»;

e)

en la entrada relativa a los Estados Unidos, las filas correspondientes a la zona US-2.584 se sustituyen por el texto siguiente:

«US

Estados Unidos

US-2.584

POU, RAT

N, P1

 

14.12.2023

7.3.2024

GBM

P1

 

14.12.2023

7.3.2024»;

f)

en la entrada relativa a los Estados Unidos, las filas correspondientes a las zonas US-2.613 a US-2.616 se sustituyen por el texto siguiente:

«US

Estados Unidos

US-2.613

POU, RAT

N, P1

 

10.1.2024

2.3.2024

GBM

P1

 

10.1.2024

2.3.2024

US-2.614

POU, RAT

N, P1

 

10.1.2024

2.3.2024

GBM

P1

 

10.1.2024

2.3.2024

US-2.615

POU, RAT

N, P1

 

11.1.2024

2.3.2024

GBM

P1

 

11.1.2024

2.3.2024

US-2.616

POU, RAT

N, P1

 

16.1.2024

11.3.2024

GBM

P1

 

16.1.2024

11.3.2024»;

g)

en la entrada relativa a los Estados Unidos, las filas correspondientes a la zona US-2.619 se sustituyen por el texto siguiente:

«US

Estados Unidos

US-2.619

POU, RAT

N, P1

 

22.1.2024

11.3.2024

GBM

P1

 

22.1.2024

11.3.2024»;

h)

en la entrada relativa a los Estados Unidos, después de las filas correspondientes a la zona US-2.630, se añaden las filas siguientes, correspondientes a la zona US-2.631:

«US

Estados Unidos

US-2.631

POU, RAT

N, P1

 

7.3.2024

 

GBM

P1

 

7.3.2024».

 

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • MODIFICA los anexos V y XIV del Reglamento 2021/404, de 24 de marzo (Ref. DOUE-L-2021-80413).
Materias
  • Aves de corral
  • Canadá
  • Certificado sanitario
  • Enfermedad animal
  • Estados Unidos de América
  • Importaciones
  • Inspección veterinaria
  • Sanidad veterinaria

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