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Documento DOUE-L-2024-81489

Decisión (PESC) 2024/2664 del Consejo, de 8 de octubre de 2024, por la que se modifica la Decisión 2011/72/PESC relativa a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas y entidades habida cuenta de la situación en Túnez.

Publicado en:
«DOUE» núm. 2664, de 9 de octubre de 2024, páginas 1 a 2 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2024-81489

TEXTO ORIGINAL

 

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 29,

Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1) El 31 de enero de 2011, el Consejo adoptó la Decisión 2011/72/PESC (1)

relativa a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas y entidades habida cuenta de la situación en Túnez.

(2) De una revisión realizada por el Consejo se desprende que deben suprimirse las entradas correspondientes a dos personas y la información sobre sus derechos de la defensa y su derecho a una tutela judicial efectiva.

(3) El 27 de noviembre de 2023, el Consejo adoptó la Decisión (PESC) 2023/2686 (2) que modificó determinadas Decisiones del Consejo relativas a medidas restrictivas con el fin de incluir disposiciones sobre excepciones humanitarias.

(4) El Consejo considera que debe introducirse una cláusula de revisión relativa a dichas excepciones.

(5) Por lo tanto, procede modificar la Decisión 2011/72/PESC en consecuencia.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La Decisión 2011/72/PESC se modifica como sigue:

1) En el artículo 5, se añade el apartado siguiente:

«3.   Las excepciones contempladas en el artículo 1, apartados 6 y 7, en lo que se refiere al artículo 1, apartados 1 y 2, se revisarán periódicamente y al menos cada doce meses o a petición urgente de cualquier Estado miembro, del Alto Representante o de la Comisión a raíz de un cambio fundamental en las circunstancias.».

2) El anexo se modifica de conformidad con el anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Luxemburgo, el 8 de octubre de 2024.

Por el Consejo

El Presidente

VARGA M.

(1)  Decisión 2011/72/PESC del Consejo, de 31 de enero de 2011, relativa a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas y entidades habida cuenta de la situación en Túnez (DO L 28 de 2.2.2011, p. 62).

(2)  Decisión (PESC) 2023/2686 del Consejo, de 27 de noviembre de 2023, por la que se modifican determinadas Decisiones del Consejo relativas a medidas restrictivas con el fin de incluir disposiciones sobre excepciones humanitarias (DO L, 2023/2686, 28.11.2023, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2023/2686/oj).

ANEXO

En las secciones A y B del anexo de la Decisión 2011/72/PESC, se suprimen las entradas correspondientes a las siguientes personas:

18.

Moez Ben Moncef Ben Mohamed TRABELSI;

21.

Houssem Ben Mohamed Naceur Ben Mohamed TRABELSI.

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 5 y el anexo de la Decisión 2011/72, de 31 de enero (Ref. DOUE-L-2011-80220).
Materias
  • Cuentas bloqueadas
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • Sanciones
  • Túnez

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