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Documento DOUE-M-2023-80564

Reglamento de Ejecución (UE) 2023/845 del Consejo de 24 de abril de 2023 por el que se aplica el Reglamento (UE) 2016/1686 por el que se imponen medidas restrictivas adicionales dirigidas contra el EIIL (Daesh) y Al Qaida, así como contra personas físicas o jurídicas, entidades u organismos asociados con los mismos.

Publicado en:
«DOUE» núm. 109, de 24 de abril de 2023, páginas 13 a 14 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-M-2023-80564

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) 2016/1686 del Consejo, de 20 de septiembre de 2016, por el que se imponen medidas restrictivas adicionales dirigidas contra el EIIL (Daesh) y Al Qaida, así como contra personas físicas o jurídicas, entidades u organismos asociados con los mismos (1), y en particular su artículo 4, apartado 1,

Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1) El 20 de septiembre de 2016, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) 2016/1686.

(2) En vista de la amenaza persistente del EIIL (Daesh) y Al Qaida y de personas físicas o jurídicas, entidades u organismos asociados con los mismos, procede añadir a dos personas y un grupo a la lista de personas físicas y jurídicas, entidades y organismos que figura en el anexo I del Reglamento (UE) 2016/1686.

(3) Por lo tanto, procede modificar el Reglamento (UE) 2016/1686 en consecuencia.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo I del Reglamento (UE) 2016/1686 se modifica de conformidad con el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Luxemburgo, el 24 de abril de 2023.

Por el Consejo

El Presidente

J. BORRELL FONTELLES

 

(1)  DO L 255 de 21.9.2016, p. 1.

ANEXO

El anexo I del Reglamento (UE) 2016/1686 se modifica como sigue:

1) En el epígrafe «A. Personas físicas a que se refiere el artículo 3» se añaden las entradas siguientes:

«15.

Abu Yasir HASSAN (alias Sheikh Hassan, Ahmed Mahmoud Hassan, Yaseer Hassan, Abu Qasim); fecha de nacimiento: 1981 a 1983; lugar de nacimiento: Región de Pwani, Tanzania; sexo: masculino; nacionalidad: tanzana.

16.

Bonomade Machude OMAR (alias Ibn Omar, Abu Sulayfa Muhammad, Abu Sorraca, Abu Surakha, Abu Suraqa Suraqa Filho, Omar Saide, Sheikh Omar); fecha de nacimiento: 15 de junio de 1988; lugar de nacimiento: Distrito de Palma, provincia de Cabo Delgado, Mozambique; sexo: masculino; nacionalidad: mozambiqueña.».

2) En el epígrafe «B. Personas jurídicas, entidades y organismos a que se refiere el artículo 3» se añade la entrada siguiente:

«5.

ISIS-Mozambique (alias Islamic State of Iraq and Syria – Mozambique, Islamic State – Mozambique, ISIL-M, Ansar Al-Sunna, Al-Shabaab, Al-Shabaab in Mozambique, Mozambique Wilaya of the Islamic State, Ahlu Sunna wa Jamaah (ASwJ), Ahl al-Sunna wa al-Jamaa, Ahlu al-Sunnah wal-Jamaah, Ahlu Sunnah Wajamo, Swahili Sunna).».

ANÁLISIS

Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo I del Reglamento 2016/1686, de 20 de septiembre (Ref. DOUE-L-2016-81669).
Materias
  • Cooperación internacional
  • Delincuencia organizada
  • Política Exterior y de Seguridad Común
  • Sanciones
  • Terrorismo

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