Lengua de procedimiento: alemán
Partes
Demandante: República Federal de Alemania (representantes: T. Henze, A. Lippstreu y A. Wiedmann, agentes)
Partes coadyuvantes en apoyo de la demandante: Reino Unido de Gran Bretaña y de Irlanda del Norte (representantes: M. Holt, C. Brodie y J. Kraehling, agentes, asistidos por A. Bates, Barrister), República Checa (representantes: M. Smolek, J. Škeřík, J. Vláčil y D. Hadroušek, agentes)
Demandadas: Parlamento Europeo (representantes: L.G. Knudsen y R. Kaškina, agentes), Consejo de la Unión Europea (representantes: G. Maganza, J.-P. Hix y S. Barbagallo, agentes)
Parte coadyuvante en apoyo de las demandadas: Comisión Europea (representantes: D. Triantafyllou y G. von Rintelen, agentes)
Fallo
1)
Anular el artículo 7 del Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.o 922/72, (CEE) n.o 234/79, (CE) n.o 1037/2001 y (CE) n.o 1234/2007.
2)
Anular el artículo 2 del Reglamento (UE) n.o 1370/2013 del Consejo, de 16 de diciembre de 2013, por el que se establecen medidas relativas a la fijación de determinadas ayudas y restituciones en relación con la organización común de mercados de los productos agrícolas.
3)
Mantener los efectos del artículo 7 del Reglamento n.o 1308/2013 y del artículo 2 del Reglamento n.o 1370/2013 hasta que entre en vigor, en un plazo razonable que no podrá exceder de cinco meses a partir de la fecha de pronunciamiento de la presente sentencia, una nueva normativa fundada en la base jurídica apropiada, es decir, el artículo 43 TFUE, apartado 3.
4)
Condenar en costas al Parlamento Europeo y al Consejo de la Unión Europea.
5)
La República Checa, el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y la Comisión Europea cargarán con sus propias costas.
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(1) DO C 129 de 28.4.2014.
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