Lengua de procedimiento: francés
Partes
Demandante: Oleksandr Viktorovych Klymenko (Moscú, Rusia) (representante: M. Phelippeau, abogada)
Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: A. Vitro y P. Mahnič, agentes)
Objeto
Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación, en la medida en que se mantuvo el nombre del demandante en la lista de personas, entidades y organismos a los que se aplican las medidas restrictivas en cuestión, de la Decisión (PESC) 2020/373 del Consejo, de 5 de marzo de 2020, por la que se modifica la Decisión 2014/119/PESC relativa a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania (DO 2020, L 71, p. 10), y del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/370 del Consejo, de 5 de marzo de 2020, por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 208/2014 relativo a las medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania (DO 2020, L 71, p. 1).
Fallo
1) Anular, en la medida en que se mantuvo el nombre del Sr. Oleksandr Viktorovych Klymenko en la lista de personas, entidades y organismos a los que se aplican las medidas restrictivas en cuestión, la Decisión (PESC) 2020/373 del Consejo, de 5 de marzo de 2020, por la que se modifica la Decisión 2014/119/PESC relativa a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania, y el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/370 del Consejo, de 5 de marzo de 2020, por el que se aplica el Reglamento (UE) nº 208/2014 relativo a las medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania.
2) Mantener los efectos del artículo 1 de la Decisión 2020/373 respecto al Sr. Klymenko hasta la fecha de expiración del plazo para interponer un recurso de casación con arreglo al artículo 56, párrafo primero, del Estatuto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea o, en caso de que se interponga un recurso de casación dentro de dicho plazo, hasta que este sea desestimado.
3) Condenar en costas al Consejo de la Unión Europea.
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