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Documento BOE-A-1987-22918

Orden de 30 de septiembre de 1987 por la que se regulan la estructura y funcionamiento de las Agrupaciones de Lengua y Cultura españolas.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 242, de 9 de octubre de 1987, páginas 30242 a 30257 (16 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1987-22918
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1987/09/30/(1)

TEXTO ORIGINAL

CONFORME A LO ESTABLECIDO EN LA DISPOSICION FINAL SEGUNDA DEL REAL DECRETO 564/1987, DE 15 DE ABRIL, POR EL QUE SE REGULA LA ACCION EDUCATIVA EN EL EXTERIOR, HAN QUEDADO SUPRIMIDAS LAS UNIDADES ESCOLARES CREADAS POR LA JUNTA DE PROMOCION EDUCATIVA DE LOS EMIGRANTES ESPAÑOLES, EXTINGUIDA POR EL MISMO, ASI COMO LAS EXTENSIONES DEL INBAD EN EL EXTRANJERO REGULADAS POR REAL DECRETO 1954/1983, DE 15 DE JUNIO, Y ORDEN DE 23 DE SEPTIEMBRE DE 1983 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DE 3 DE OCTUBRE). POR OTRA PARTE, EN EL ARTICULO 41 DEL CITADO REAL DECRETO SE CONTEMPLA LA CREACION DE AGRUPACIONES DE LENGUA Y CULTURA ESPAÑOLAS CON OBJETO DE GARANTIZAR LA COORDINACION DEL PROFESORADO ENCARGADO DE IMPARTIR LOS CURSOS DE LENGUA Y CULTURA ESPAÑOLAS EN LOS DIFERENTES PAISES EN LOS QUE LOS MISMOS ESTEN ORGANIZADOS POR LA ADMINISTRACION ESPAÑOLA Y CON EL OBJETIVO FUNDAMENTAL DE QUE, A TRAVES DE LOS MISMOS, LOS ALUMNOS ESPAÑOLES QUE LO DESEEN PUEDAN MANTENER EL CONTACTO CON SU LENGUA Y SU CULTURA Y PERFECCIONEN SU CONOCIMIENTO DE MANERA SECUENCIAL, A TRAVES DE LOS DIFERENTES NIVELES OFRECIDOS. IGUALMENTE EL ARTICULO 42 DEL CITADO REAL DECRETO ESTABLECE QUE ESTAS AGRUPACIONES, APARTE DE SUS FUNCIONES ESPECIFICAS, PODRAN CONSTITUIRSE EN AULAS COLABORADORAS DE LA RED NACIONAL DE EDUCACION A DISTANCIA DEL MINISTERIO DE EDUCACION Y CIENCIA, CON OBJETO DE ATENDER A AQUELLOS ALUMNOS ESPAÑOLES QUE OPTEN POR CURSAR ENSEÑANZAS REGLADAS DEL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL A TRAVES DE DICHA MODALIDAD. TODO ELLO, JUNTO A LA NECESIDAD DE ACOMODAR LA ESTRUCTURA EDUCATIVA A LOS PRINCIPIOS GENERALES EN LOS QUE SE SUSTENTA EL CITADO REAL DECRETO, ASI COMO LA DE GARANTIZAR LA NECESARIA UNIDAD DE ACCION EN EL EXTERIOR, EXIGEN UNA NUEVA ORGANIZACION Y ORIENTACION DE LAS INSTITUCIONES ENCARGADAS DE DESARROLLAR LOS PROGRAMAS CONTEMPLADOS EN DICHA NORMA Y EN ESPECIAL LO PREVISTO EN EL CAPITULO IV DE LA MISMA. PROCEDE, POR LO TANTO, REGULAR LA ESTRUCTURA Y EL FUNCIONAMIENTO DE LAS AGRUPACIONES DE LENGUA Y CULTURA ESPAÑOLAS A LAS QUE SE REFIERE EL REAL DECRETO 564/1987, DE 15 DE ABRIL.

EN SU VIRTUD, ESTE MINISTERIO HA DISPUESTO:

ARTICULO 1. 1. LAS AGRUPACIONES DE ENGUA Y CULTURA ESPAÑOLAS TIENEN COMO FINALIDAD IMPARTIR A TRAVES DE LAS AULAS QUE LAS INTEGRAN, CURSOS DE LENGUA Y CULTURA ESPAÑOLAS PARA LOS ESPAÑOLES QUE LO DESEEN Y QUE, ESTANDO ESCOLARIZADOS EN LOS PAISES RESPECTIVOS, NO PUEDEN SER ATENDIDOS EN EL REGIMEN DE INTEGRACION PLENA EN LOS SISTEMAS EDUCATIVOS DE LOS MISMOS.

2. ADEMAS DE LA FINALIDAD ESTABLECIDA EN EL APARTADO ANTERIOR, LAS AGRUPACIONES DE LENGUA Y CULTURA ESPAÑOLAS TENDRAN LAS SIGUIENTES FUNCIONES:

A) GARANTIZAR LA COORDINACION DEL PROFESORADO QUE IMPARTE LOS CURSOS EN LAS DIFERENTES AULAS Y CANALIZAR LA PARTICIPACION ORDENADA DE LOS DIFERENTES SECTORES DE LA COMUNIDAD ESCOLAR.

B) FAVORECER LA INTEGRACION EN LOS SISTEMAS EDUCATIVOS DE LOS DIFERENTES PAISES DE LOS CURSOS DE LENGUA Y CULTURA ESPAÑOLAS, QUE LA ADMINISTRACION ESPAÑOLA PROMOVERA A TRAVES DE CONVENIOS Y ACUERDOS INTERNACIONALES.

C) PROPICIAR LA PLANIFICACION UNIFORME DE LOS CURSOS DE LENGUA Y CULTURA ESPAÑOLAS Y COORDINAR LA ACTIVIDAD CULTURAL DE LAS AULAS Y LA GESTION DE LOS RECURSOS QUE SE PONEN A SU DISPOSICION.

3. APARTE DE SUS FUNCIONES ESPECIFICAS, AS AGRUPACIONES DE LENGUA Y CULTURA ESPAÑOLAS PODRAN CONSTITUIRSE EN AULAS COLABORADORAS DE LA RED NACIONAL DE EDUCACION A DISTANCIA DEL MINISTERIO DE EDUCACION Y CIENCIA, CON OBJETO DE ATENDER A LOS ALUMNOS ESPAÑOLES QUE OPTEN POR CURSAR ENSEÑANZAS REGLADAS DEL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL A TRAVES DE DICHA MODALIDAD.

ART. 2. LA SUPERACION DE LOS CURSOS A LOS QUE SE REFIERE LA PRESENTE ORDEN NO CONSTITUIRA, EN NINGUN CASO, REQUISITO NECESARIO PARA LA CONVALIDACION DE ES TUDIOS Y HOMOLOGACION DE TITULOS EXTRANJEROS POR LOS CORRESPONDIENTES ESPAÑOLES DEEGB, BUP Y FP.

ART. 3. LA CONVALIDACION DE ESTUDIOS Y HOMOLOGACION DE TITULOS CONTEMPLADOS EN EL ARTICULO ANTERIOR SE REALIZARAN CONFORME A LA NORMATIVA QUE SE DICTE EN DESARROLLO DEL ARTICULO 44.2 DEL REAL DECRETO 564/1987, DE 15 DE ABRIL.

ART. 4. A LOS ESPAÑOLES QUE ASISTAN A LOS CURSOS DE LENGUA Y CULTURA ESPAÑOLAS EN LAS AULAS QUE COMPONEN LAS AGRUPACIONES DE LENGUA Y CULTURA ESPAÑOLAS, SE LES IMPARTIRA EL PROGRAMA QUE FIGURA EN EL ANEXO A LA PRESENTE ORDEN SEGUN LOS NIVELES DE CONOCIMIENTO QUE EN EL MISMO SE CONTEMPLAN. LAS AGREGADURIAS DE EDUCACION ADAPTARAN EL PROGRAMA A LAS CONDICIONES ESPECIFICAS DE CADA PAIS EN FUNCION DE LOS CONDICIONAMIENTOS METODOLOGICOS DERIVADOS DE LA DIVERSIDAD DE LUGARES EN CUYO CONTEXTO HAN DE PRODUCIRSE LOS CURSOS.

ART. 5. LA SUPERACION DE LOS DISTINTOS NIVELES CONTEMPLADOS EN EL PROGRAMA CULMINARA EN LA OBTENCION DE UN CERTIFICADO DE LENGUA Y CULTURA ESPAÑOLAS EXPEDIDO POR EL MINISTERIO DE EDUCACION Y CIENCIA. DICHO CERTIFICADO CONSTITUIRA LA ACREDITACION OFICIAL DEL NIVEL DE CONOCIMIENTO DE ESPAÑOL CORRESPONDIENTE Y DE LOS COMPONENTES CULTURALES DE NUESTRO PAIS.

ART. 6. 1. CON OBJETO DE DAR CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 1.3 DE LA PRESENTE ORDEN, LOS AGREGADOS DE EDUCACION DISPONDRAN LO NECESARIO PARA QUE AQUELLAS AGRUPACIONES DE LENGUA Y CULTURA ESPAÑOLAS QUE CUMPLAN LOS REQUISITOS EXIGIDOS EN EL ARTICULO SIGUIENTE SE CONSTITUYAN EN AULAS COLABORADORAS DE LA RED A DISTANCIA DEL MINISTERIO DE EDUCACION Y CIENCIA.

2. LA ORGANIZACION GENERAL DE LAS ENSEÑANZAS IMPARTIDAS EN DICHAS AULAS SE REGIRA POR LO ESTABLECIDO CON CARACTER GENERAL POR LOS CENTROS NACIONALES DE EDUCACION A DISTANCIA PARA ESTA MODALIDAD EDUCATIVA.

ART. 7. 1. PARA QUE UNA AGRUPACION DE LENGUA Y CULTURA ESPAÑOLAS SE CONSTITUYA EN AULA COLABORADORA DEBERA REUNIR LOS SIGUIENTES REQUISITOS:

DISPONER DE UNAS INSTALACIONES SUFICIENTES PARA PODER REALIZAR DE UNA MANERA EFICAZ LA TUTORIA DE ALUMNOS.

CONTAR CON UN N VMERO MINIMO DE 100 ALUMNOS MATRICULADOS EN TOTAL PARA LOS DIFERENTES NIVELES DE ENSEÑANZA, QUE RESPONDAN A LAS SIGUIENTES CARACTERISTICAS:A) ALUMNOS PROCEDENTES DE ESPAÑA EN CURSOS AVANZADOS DE CUALQUIER NIVEL EDUCATIVO, CUYA INTEGRACION EN EL SISTEMA EDUCATIVO DEL PAIS SEA PROBLEMATICA O ESPECIALMENTE DIFICIL.

B) PERSONAS MAYORES DE DIECISEIS AÑOS QUE QUIERAN REANUDAR O COMENZAR ESTUDIOS EN CUALQUIER NIVEL EDUCATIVO A FIN DE MEJORAR SU CONDICION SOCIO-LABORAL Y CULTURAL.

2. NO SE ADMITIRA, BAJO NINGUN CONCEPTO A NINGUN ALUM NO, QUE ESTE ESCOLARIZADO EN CUALQUIER NIVEL DEL SISTEMA EDUCATIVO DEL PAIS EN EL QUE RESIDA. ESTOS ALUMNOS, CASO DE QUERER SEGUIR LOS CURSOS DE LOS DIFERENTES NIVELES DE ENSEÑANZA DEL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL POR ESTA MODALIDAD DEBERA REALIZARLOS POR CORRESPONDENCIA A TRAVES DE LOS CENTROS NACIONALES A DISTANCIA EN ESPAÑA.

ART. 8. EL PROCEDIMIENTO PARA AUTORIZAR UNA AGRUPACION COMO AULA COLABORADORA DE LA RED A DISTANCIA SERA EL SIGUIENTE:

EL DIRECTOR DE LA AGRUPACIN ELEVARA LA OPORTUNA SOLICITUD AL AGREGADO DE EDUCACION CON LAS CARACTERISTICAS GENERALES DEL AULA QUE SE PRETENDE CREAR.

EL AGREGADO DE EDUCACION LA REMITIRA CON SU INFORME Y VISTO BUENO A LA DIRECCION GENERAL DE PROMOCION EDUCATIVA, QUE, A LA VISTA DE LA DOCUMENTACION PRESENTADA, DICTARA LA OPORTUNA RESOLUCION.

ART. 9. EL AGREGADO DE EDUCACION ADAPTARA EL REGIMEN DE HORARIO Y CALENDARIO DE LOS CURSOS QUE SE IMPARTAN EN LAS AGRUPACIONES A LO ESTABLECIDO CON CARACTER GENERAL POR LAS AUTORIDADES LOCALES DEL PAIS DE RESIDENCIA EN ATENCION A LAS CONDICIONES Y COSTUMBRE DEL MEDIO EN EL QUE SE HALLEN SITUADAS.

ART. 10. EN TODO CASO LOS PROFESORES QUE IMPARTAN SOLO CURSOS DE LENGUA Y CULTURA ESPAÑOLAS, INDEPENDIENTEMENTE DEL CUERPO AL QUE PERTENEZCAN, REALIZARAN UNA JORNADA DE TRABAJO DE HASTA VEINTICINCO HORAS SEMANALES EN CUALQUIERA DE LOS NIVELES. EN EL SUPUESTO DE QUE EL PROFESOR IMPARTA, ADEMAS, ENSEÑANZAS A DISTANCIA, DICHA JORNADA LECTIVA PODRA REDUCIRSE HASTA DIECIOCHO, AMPLIABLE A VEINTIUNA, EN CASO NECESARIO.

ART. 11. DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 46 DEL REAL DECRETO 564/1987, DE 15 DE ABRIL, AL FRENTE DE CADA AGRUPACION DE LENGUA Y CULTURA ESPAÑOLA, HABRA UN DIRECTOR CUYO NOMBRAMIENTO, CESE Y FUNCIONES SE ESTABLECEN EN LOS ARTICULOS SIGUIENTES.

ART. 12. EL DIRECTOR DE LA AGRUPACION SERA ELEGIDO POR LA JUNTA DE PROFESORES DE CADA AGRUPACION, CONFORME AL PROCEDIMIENTO QUE SE ESTABLECE EN EL ARTICULO SIGUIENTE, Y NOMBRADO POR LA DIRECCION GENERAL DE PERSONAL Y SERVICIOS POR UN PERIODO DE TRES AÑOS.

ART. 13. 1. LOS CANDIDATOS AL CARGO DE DIRECTOR DEBERAN SER PROFESORES FUNCIONARIOS DE LA AGRUPACION, CON UN MINIMO DE UN CURSO DE EXPERIENCIA ENCIA COMO PROFESOR DE LA MISMA.

2. LOS CANDIDATOS DEBERAN PRESENTAR POR ESCRITO ANTE LA JUNTA DE PROFESORES, CON UNA ANTELACION MINIMA DE QUINCE DIAS RESPECTO DE LA FECHA DE ELECCION, LAS LINEAS BASICAS DE SU PROGRAMA Y SUS MERITOS PROFESIONALES.

3. RESULTARA ELEGIDO EL CANDIDATO MAS VOTADO MEDIANTE SUFRAGIO DIRECTO Y SECRETO. LA VOTACION SE LLEVARA A CABO BAJO LA SUPERVISION DEL AGREGADO DE EDUCACION O PERSONA EN QUIEN DELEGUE.

4. EL AGREGADO DE EDUCACION SOMETERA A INFORME DEL CONSEJO ESCOLAR DE AMBITO NACIONAL LAS PROPUESTAS DE NOMBRAMIENTO A FAVOR DE LOS CANDIDATOS ELEGIDOS.

OBTENIDO INFORME FAVORABLE, LA PROPUESTA SE ELEVARA A LA DIRECCION GENERAL DE PERSONAL Y SERVICIOS A TRAVES DE LA DE PROMOCION EDUCATIVA.

ART. 14. EN AUSENCIA DE CANDIDATOS O CUANDO EL PROPUESTO NO OBTENGA EL INFORME FAVORABLE DEL CONSEJO ESCOLAR NACIONAL, LA DIRECCION GENERAL DE PERSONAL Y SERVICIOS NOMBRARA DIRECTOR DE LA AGRUPACION A PROPUESTA DE LA DE PROMOCION EDUCATIVA.

ART. 15. LOS DIRECTORES NOMBRADOS DEBERAN RESIDIR OBLIGATORIAMENTE EN LA LOCALIDAD EN QUE ESTE UBICADA LA AGRUPACION O EN ALGUNA OTRA PROXIMA A LA MISMA, SIEMPRE QUE, A JUICIO DEL AGREGADO DE EDUCACION, PUEDAN DESEMPEÑAR SIN DIFICULTAD SUS FUNCIONES DIRECTIVAS.

ART. 16. LOS DIRECTORES DE AGRUPACIONES DE LENGUA Y CULTURA ESPAÑOLAS CESARAN EN SUS FUNCIONES AL TERMINO DE SU MANDATO Y, ADEMAS, EN LOS SIGUIENTES CASOS:

1. TRASLADO VOLUNTARIO O FORZOSO DENTRO DEL PAIS EN EL QUE ESTE DESEMPEÑANDO SU FUNCION, PASE A LA SITUACION DE SERVICIOS ESPECIALES, EXCEDENCIA VOLUNTARIA O FORZOSA Y SUSPENSION DE FUNCIONES DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN LA LEGISLACION VIGENTE.

2. RENUNCIA MOTIVADA ACEPTADA POR LA AUTORIDAD EDUCATIVA QUE PROCEDIO AL NOMBRAMIENTO.

3. REVOCACION POR LA MISMA AUTORIDAD, A PROPUESTA RAZONADA DE LA DIRECCION GENERAL DE PROMOCION EDUCATIVA.

4. PERDIDA DE LA CONDICION DE FUNCIONARIO PUBLICO POR ALGUNA DE LAS CAUSAS PREVISTAS EN LA LEGISLACION VIGENTE.

ART. 17. SERAN COMPETENCIAS DEL DIRECTOR DE LA AGRUPACION DE LENGUA Y CULTURA ESPAÑOLAS:

A) OSTENTAR OFICIALMENTE LA REPRESENTACION DE LA AGRUPACION Y REALIZAR LAS GESTIONES, CONTACTOS Y RELACIONES CON LAS AUTORIDADES QUE CORRESPONDA PARA UNA MAS CORRECTA REALIZACION DE LAS ACTIVIDADES DE LA AGRUPACION Y, EN ESPECIAL, PARA APOYAR LA INTEGRACION PLENA DE LAS ENSEÑANZAS DE LENGUA Y CULTURA ESPAÑOLAS EN EL SISTEMA EDUCATIVO DEL PAIS, EN EL AMBITO DE SUS COMPETENCIAS.

B) CUMPLIR Y HACER CUMPLIR LAS INSTRUCCIONES QUE SE DICTEN EN RELACION CON LA MISMA.

C) DIRIGIR Y COORDINAR TODAS LAS ACTIVIDADES DE LA AGRUPACION PROGRAMADAS POR LA JUNTA DE PROFESORES, TANTO EN LO REFERENTE A LOS CURSOS DE LENGUA Y CULTURA ESPAÑOLAS COMO EN LO RELATIVO A LAS ENSEÑANZAS REGLADAS DE LA RED A DISTANCIA, SI LA AGRUPACION SE HUBIESE CONSTITUIDO COMO AULA COLABORADORA DE DICHA RED.

D) COORDINAR LA ACTUACION DEL PROFESORADO Y CONVOCAR Y PRESIDIR LAS REUNIONES DE LA JUNTA DE PROFESORES Y RESPONSABILIZARSE DE LA ELABORACION DE UN PROYECTO GENERAL DE LA AGRUPACION Y UNA POSTERIOR MEMORIA DE RESULTADOS Y LOGROS CONSEGUIDOS.

E) ORDENAR LOS PAGOS Y VISAR LAS CERTIFICACIONES Y DOCUMENTOS OFICIALES, ASI COMO RESPONSABILIZARSE DE LA PREPARACION, CONTROL Y LIQUIDACION DEL PRESUPUESTO DE LA AGRUPACION, BAJO LA SUPERVISION DE LA AGREGADURIA DE EDUCACION.

F) EJERCER LA JEFATURA DE TODO EL PERSONAL ADSCRITO A LA AGRUPACION. A TAL EFECTO SE RESPONSABILIZARA DE LA CONSERVACION DEL MATERIAL Y MOBILIARIO DE LA AGRUPACION, ASI COMO DE LA ORDENACION Y CUMPLIMIENTO DE LA ORGANIZACION, HORARIOS Y DESPLAZAMIENTOS DEL PROFESORADO Y DEL CONTROL DE SU ASISTENCIA AL TRABAJO.

G) CUALESQUIERA OTRAS QUE LE SEAN ENCOMENDADAS POR LAS AUTORIDADES EDUCATIVAS.

ART. 18. LOS DIRECTORES DE LAS AGRUPACIONES DE LENGUA Y CULTURA ESPAÑOLAS DE CADA PAIS DEPENDERAN DIRECTAMENTE DEL AGREGADO DE EDUCACION Y BAJO SU PRESIDENCIA CONSTITUIRAN LA JUNTA DE DIRECTORES DEL MISMO, CON EL FIN DE COORDINAR EL FUNCIONAMIENTO DE LAS AGRUPACIONES Y DISEÑAR LA PROGRAMACION GENERAL DE LA ACCION EDUCATIVA EN EL PAIS, EN EL AMBITO DE ACTUACION DE LAS MISMAS.

ART. 19. EN CADA AGRUPACION DE LENGUA Y CULTURA ESPAÑOLAS EXISTIRA UNA JUNTA DE PROFESORES INTEGRADA POR LA TOTALIDAD DE LOS PROFESORES QUE PRESTAN SERVICIOS EN LAS MISMAS Y CUYAS FUNCIONES SON:

PROGRAMAR LAS ACTIVIDADES GENERALES DE LA AGRUPACION.

ELABORAR, JUNTO CON EL DIRECTOR, EL PROYECTO GENERAL Y LA MEMORIA DE LA AGRUPACION.

ELEGIR EL CANDIDATO QUE VAYA A PROPONERSE COMO DIRECTOR DE LA AGRUPACION.

PROMOVER INICIATIVAS EN EL AMBITO DE LA EXPERIMENTACION Y PERFECCIONAMIENTO DE LOS CURSOS DE LENGUA Y CULTURA ESPAÑOLAS, ASI COMO EN TODO LO REFERENTE A UNA MAS RAPIDA Y CORRECTA INTEGRACION DE LAS MISMAS EN EL SISTEMA EDUCATIVO DEL PAIS CORRESPONDIENTE.

ELEVAR PROPUESTAS A LA DIRECCION SOBRE LAS ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS QUE DEBE REALIZAR LA AGRUPACION. EN LAS MISMAS DEBERAN PARTICIAR LOS PROFESORES DE LA AGRUPACION, CON EL FIN DE MEJORAR EL CONOCIMIENTO DE LA REALIDAD LINGUISTICA Y CULTURAL ESPAÑOLA, ASI COMO UN MEJOR CUMPLIMIENTO DE LA S FUNCIONES QUE TIENE ATRIBUIDAS.

CUALESQUIERA OTRAS QUE LES SEAN ENCOMENDADAS.

DISPOSICIONES ADICIONALES

PRIMERA. LAS AGRUPACIONES DE LENGUA Y CULTURA ESPAÑOLAS PODRAN ORGANIZAR CURSOS TENDENTES A LA OBTENCION DEL DIPLOMA DE ESPAÑOL COMO LENGUA EXTRANJERA EN LOS TERMINOS QUE ESTE MINISTERIO DISPONGA.

SEGUNDA. EN EL SUPUESTO DE QUE NO SE HALLEN CONSTITUIDOS LOS CONSEJOS ESCOLARES DE AMBITO NACIONAL A QUE HACE REFERENCIA EL ARTICULO 13.4 DE LA PRESENTE ORDEN, EL INFORME QUE SE MENCIONA EN EL MISMO SERA EVACUADO POR EL AGREGADO DE EDUCACION.

DISPOSICION TRANSITORIA

LOS ALUMNOS QUE CURSAN SUS ESTUDIOS ACTUALMENTE A TRAVES DE LAS AULAS Y EXTENSIONES DEL INBAD, EXTINGUIDAS EN VIRTUD DEL REAL DECRETO 564/1987, DE 15 DE ABRIL, CONTINUARAN REALIZANDOLOS A TRAVES DE LAS AGRUPACIONES DE LENGUA Y CULTURA A CUYO AMBITO SEAN ADSCRITOS, DESDE LOS QUE SE CANALIZARA SU ACTIVIDAD, ASI COMO LA DEL PROFESORADO ENCARGADO DE IMPARTIR LAS MISMAS.

DISPOSICIONES FINALES

PRIMERA. LA INSPECCION A QUE HACE REFERENCIA EL ARTICULO 5. DEL REAL DECRETO 564/1987, DE 15 DE ABRIL, SERA EFECTUADA POR LOS SERVICIOS CENTRALES DE INSPECCION DEL DEPARTAMENTO.

SEGUNDA. QUEDA AUTORIZA LA DIRECCION GENERAL DE PROMOCION EDUCATIVA A DICTAR LAS INSTRUCCIONES PRECISAS EN ORDEN A LA APLICACION Y DESARROLLO DE LA PRESENTE DISPOSICION.

TERCERA. LA PRESENTE ORDEN ENTRARA EN VIGOR EL DIA SIGUIENTE AL DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.

MADRID, 30 DE SEPTIEMBRE DE 1987.

MARAVALL HERRERO

ILMOS. SRES. SUBSECRETARIO Y SECRETARIO GENERAL DE EDUCACION.

ANEXO

PROGRAMA DE LENGUA Y CULTURA ESPAÑOLAS

1. LA PECULIAR SITUACION LINGUISTICA QUE VIVEN LOS ALUMNOS QUE CURSAN ENSEÑANZAS DE LENGUA Y CULTURA ESPAÑOLAS EXIGE UNA PROGRAMACION ACORDE CON LAS ESPECIFICAS CONDICIONES DE APRENDIZAJE. LA LENGUA O LENGUAS DEL ENTORNO, LOS METODOS DE ENSEÑANZA DEL PAIS EN EL QUE LOS ALUMNOS SIGUEN LOS ESTUDIOS REGLADOS, LA PROCEDENCIA LINGUISTICA FAMILIAR, EL GRADO DE DISPERSION DEL ALUMNADO SON, ENTRE OTROS, FACTORES QUE DETERMINAN DIFERENTES REALIDADES DOCENTES, QUE UN PROGRAMA GENERAL DIFICILMENTE PUEDE CONTEMPLAR.

POR ELLO SE PRESENTA AQUI EL MARCO DE REFERENCIA, CUYO PRINCIPIO DE FLEXIBILIDD HA DE PERMITIR A LOS PROFESORES DESTINADOS EN LOS DISTINTOS PAISES ADAPTARLO A LAS NECESIDADES CONCRETAS DE LOS ALUMNOS.

EN EL PROGRAMA ACTUAL SE HA TENIDO EN CUENTA QUE, EN MUCHOS CASOS, EL ESPAÑOL SIGUE SIENDO LA LENGUA FAMILIAR, AUNQUE EMPOBRECIDA E INTERFERIDA POR LA PREPONDERANCIA PROGRESIVA DE LA LENGUA DEL PAIS DE RESIDENCIA.

2. SE PARTE DEL PRINCIPIO DE QUE EL APRENDIZAJE DE LA LENGUA CONSTITUYE UN PROCESO GRADUAL Y CICLICO EN EL QUE LOS DISTINTOS ELEMENTOS OBJETO DE ESTUDIO SE INTERRELACIONAN CONSTANTEMENTE, DE AHI QUE LA ESTRUCTURA RESPONDA A:

2.1 LOS OBJETIVOS SE HAN DISTRIBUIDO EN DIFERENTES SECTORES: COMPRENSION, EXPRESION, LEXICO, MORFOSINTAXIS, CULTURA. DE ESTA DIVISION NO DEBE DEDUCIRSE QUE CADA UNO DE LOS SECTORES HAYA DE SER TRATADO SEPARADAMENTE. EL OBJETIVO PRINCIPAL, COMUN A TODOS LOS APARTADOS, ES CONSEGUIR LA COMUNICACION EN ESPAÑOL. PARA ELLO, SE ACONSEJA PARTIR DE SITUACIONES CONCRETAS, QUE HABRA QUE SUSCITAR EN LA CLASE EN TORNO A LOS CENTROS DE INTERES ESTABLECIDOS.

LA ACCION PEDAGOGICA CONSISTIRA EN FAVORECER Y APROVECHAR LA ESPONTANEIDAD DEL ALUMNO PARA PASAR PROGRESIVAMENTE A UN LENGUAJE MAS EFICAZ, A FIN DE SATISFACER LAS NECESIDADES DE COMUNICACION EN ESPAÑOL.

2.2 DE ACUERDO CON EL CARACTER CICLICO QUE TIENE EL PROCESO DE APRENDIZAJE DE LA LENGUA, MUCHOS OBJETIVOS SE REPITEN EN LOS DISTINTOS NIVELES, CON LAS NATURALES DIFERENCIAS DE PROFUNDIDAD E INTENSIFICACION.

3. EL ESTUDIO DE LA CULTURA ESPAÑOLA, SOBRE TODO EN LOS NIVELES INICIALES, CONSTITUYE MAS QUE UN FIN EN SI MISMO UN MEDIO PARA DESARROLLAR EL APRENDIZAJE DE LA LENGUA; HABLAR Y ESCRIBIR SOBRE ESPAÑA, RELACIONAR LOS ASPECTOS GEOGRAFICOS, HISTORICOS, POLITICOS, SOCIALES, ARTISTICOS, ETC., CON LOS DEL PAIS DE RESIDENCIA, PUEDEN Y DEBEN CONSTITUIR MUCHOS CENTROS DE INTERES, EN TORNO A LOS CUALES SE INICIA Y PERFECCIONA LA COMPETENCIA COMUNICATIVA DE LOS ALUMNOS.

4. EL PROGRAMA, TAL COMO SE HA CONCEBIDO, VA DIRIGIDO FUNDAMENTALMENTE A LOS ALUMNOS QUE SE HALLEN EN EDAD ESCOLAR. LA METODOLOGIA APLICADA DEBERA ADAPTARSE, EN CADA CASO, A LA SITUACION ESPECIFICA Y PARTICULAR DEL ALUMNADO.

5. SE ESTIMA QUE EL TIEMPO MAXIMO DE DURACION EN QUE SE DEBE CURSAR CADA NIVEL PUEDE SER EL SIGUIENTE:

NIVEL PREPARATORIO: DOS AÑOS.

NIVEL 1: TRES AÑOS.

NIVEL 2: TRES AÑOS.

NIVEL 3: DOS AÑOS.

NIVEL 4: DOS AÑOS.

ES POSIBLE QUE ALGUNOS ALUMNOS, POR SUS APTITUDES E INTERESES, PUEDAN ALCANZAR LOS MINIMOS DE EXIGENCIA DE UNO O VARIOS NIVELES EN MENOS TIEMPO DEL PREVISTO.

EL ALUMNO QUE, POR SU EDAD, SE INCORPORE TARDIAMENTE A ESTAS ENSEÑANZAS SERA SOMETIDO A UNA PRUEBA QUE PERMITA CONOCER SU GRADO DE COMPETENCIA LINGUISTICA, A FIN DE INCLUIRLO EN EL NIVEL QUE CORRESPONDA.

OBJETIVOS GENERALES

1. FOMENTAR LA VALORACION DE LA LENGUA Y CULTURA ESPAÑOLAS COMO FACTOR INTEGRANTE DEL DESARROLLO ARMONICODE LA PERSONALIDAD.

2. HACER VIVIR LA SITUACION BILINGUE Y BICULTURAL O, EN SU CASO, MULTILINGUE Y MULTICULTURAL COMO UNA FUENTE DE RIQUEZA HUMANA Y CULTURAL, ENSEÑANDO A VALORAR POSITIVAMENTE LA APORTACION DE CADA UNA DE LAS LENGUAS Y CULTURAS EN CONTACTO.

3. VALORAR LA SITUACION INTERCULTURAL COMO VECTOR QUE CONTRIBUIRA A LA CREACION DE UNA EUROPA UNIDA, EN UN CLIMA DE RESPETO A LAS PECULIARIDADES LINGUISTICAS Y CULTURALES.

4. DESARROLLAR LA CAPACIDAD LINGUISTICA PARA CONSEGUIR UNA ADECUADA ASIMILACION DE LAS LENGUAS EN CONTACTO.

5. ENSEÑAR A VALORAR LA IMPORTANCIA DE LA LENGUA ESPAÑOLA EN RELACION CON LAS DEMAS LENGUAS HABLADAS EN EL MUNDO, Y, POR TANTO, LAS VENTAJAS QUE PRESENTA UN PERFECTO CONOCIMIENTO DE ESTA LENGUA.

6. UTILIZAR LA LENGUA ESPAÑOLA CON EFICACIA, CORRECCION Y CREATIVIDAD, AL SERVICIO DE LAS NECESIDADES EXPRESIVAS QUE IMPLICAN LAS DIFERENTES SITUACIONES DE COMUNICACION.

7. DESARROLLAR LAS CAPACIDADES INDIVIDUALES PARA COMPRENDER LOS MENSAJES PROCEDENTES DEL ENTORNOFAMILIAR.

8. ENTENDER EL ESTUDIO DE LA GRAMATICA Y DEL VOCABULARIO COMO INSTRUMENTO AL SERVICIO DE LA EXPRESION Y DE LA COMUNICACION.

9. UTILIZAR EL CONOCIMIENTO DE LA LENGUA COMO MEDIO DE COMPRENSION DE LA SOCIEDAD Y DE LA CULTURA ESPAÑOLAS.

10. CONOCER LA DIVERSIDAD LINGUISTICA DE ESPAÑA Y VALORAR POSITIVAMENTE SU RIQUEZA IDIOMATICA Y CULTURAL.

11. APRECIAR LOS DIFERENTES ASPECTOS DE LA CULTURA ESPAÑOLA A TRAVES DE LA HISTORIA.

12. DISTINGUIR Y VALORAR LA DIVERSIDAD AUTONOMICA ESPAÑOLA, TANTO EN SUS CARACTERISTICAS GEOGRAFICAS COMO EN LAS SOCIO-CULTURALES, A FIN DE APRENDER A RESPETAR LA IDIOSINCRASIA DE LOS DIFERENTES PUEBLOS DE ESPAÑA.

NIVEL PREPARATORI

INTRODUCCION

EN ESTE NIVEL SE ATIENDE PRINCIPALMENTE EL ASPECTO ORAL, POR CONSIDERARLO BASICO Y POR SER PREVIO AL ASPECTO ESCRITO. NO OBSTANTE, SI AL PROFESOR LE PARECE OPORTUNO, PUEDE EN DETERMINADOS CASOS UTILIZAR LA EXPRESION ESCRITA PARA EL CULTIVO DE LA EXPRESION ORAL.

LOS OBJETIVOS SE ORDENAN EN TORNO A LOS APARTADOS DE COMPRENSION Y DE EXPRESION ORAL, CUYO DESARROLLO ES FUNDAMENTAL PARA EL LOGRO DEL FIN ULTIMO EN LA ENSEÑANZA DE TODA LENGUA: LA COMUNICACION. LAS ACTIVIDADES DE ESTE NIVEL VAN DIRIGIDAS A LA CONSECUCION DE LOS SIGUIENTES OBJETIVOS: A) CAPTACION Y PRONUNCIACION DE LOS SONIDOS; B) PRACTICA DE LA ENTONACION; C) ADQUISICION DEL VOCABULARIO FIJADO, Y D) UTILIZACION DE LAS ESTRUCTURAS BASICAS DE LA LENGUA. TODO ELLO VA ENCAMINADO A FAVORECER EL DESARROLLO DE LA EXPRESION ORAL Y A FACILITAR EL DESBLOQUEO DE LA COMUNICACION.

ESTOS OBJETIVOS, SE PRESENTAN POR SEPARADO Y DE FORMA ORDENADA Y PROGRESIVA DEBIDO A EXIGENCIAS METODOLOGICAS DE EXPOSICION Y NO A UN ORDEN ESTRICTO EN EL DESARROLLO DE LA CLASE. EL PROFESOR PUEDE MODIFICAR EL ORDEN PROPUESTO Y DEBE GLOBALIZAR LOS DISTINTOS ASPECTOS, TENIENDO EN CUENTA EL PROCESO CICLICO DEL APRENDIZAJE DE LA LENGUA.

LA ENSEÑANZA HA DE SER EMINENTEMENTE ACTIVA, SIN DETENERSE EN ASPECTOS TEORICOS. EL PROFESOR DEBE INTERPRETAR CREATIVAMENTE EL PROGRAMA, INTRODUCIENDO ACTIVIDADES NUEVAS QUE MEJOREN EL APRENDIZAJE. INSTRUMENTOS VARIOS COMO LAMINAS, MURALES, DIBUJOS, FOTOGRAFIAS, PELICULAS, ETC., PUEDEN SER DE GRAN UTILIDAD PARA EL CUMPLIMIENTO DE SU TRABAJO.

NIVEL 1

INTRODUCCION

LOS OBJETIVOS PRIORITARIOS SON LA CONSOLIDACION Y AMPLIACION DE LAS ENSEÑANZAS ADQUIRIDAS EN EL NIVEL ANTERIOR. PRESENTA COMO NOVEDADES LA ATENCION ESPECIAL AL REGISTRO ESCRITO DE LA LENGUA ESPAÑOLA Y LA INICIACION AL CONOCIMIENTO DE LA CULTURA ESPAÑOLA.

LOS OBJETIVOS, CENTRADOS SIEMPRE EN TORNO A LOS ASPECTOS DE COMPRENSION Y EXPRESION, ORAL Y ESCRITA, SE DISTRIBUYEN EN CINCO APARTADOS: LECTURA, ESCRITURA, VOCABULARIO, MORFOSINTAXIS Y CULTURA.

EL APRENDIZAJE DE LA LECTURA VA INDISOLUBLEMENTE UNIDO AL PROCESO DE COMPRENSION DE LA LENGUA, POR LO QUE DESDE EL PRIMER MOMENTO AQUELLA DEBE SER COMPRENSIVA. COMO SE SUPONE QUE EL ALUMNO QUE ACCEDE A ESTE NIVEL YA HA APRENDIDO A LEER EN EL PAIS DE RESIDENCIA, LA CUESTION METODOLOGICA NO TIENE ESPECIAL RELEVANCIA. LO IMPORTANTE ES QUE, DESDE EL PRINCIPIO, EL ALUMNO PUEDA IDENTIFICAR, DIFERENCIAR Y REPRODUCIR LETRAS, SILABAS Y PALABRAS, ESTADIO INICIAL EN EL PROCESO DE COMPRENSION DEL MENSAJE. EL RITMO PERSONAL Y LA VELOCIDAD DE LECTURA DE CADA ALUMNO, SIEMPRE Y CUANDO NO DIFICULTE LA COMUNICACION, DEBE SER RESPETADO POR EL PROFESOR.

EN CUANTO A LA ESCRITURA, EL ALUMNO QUE SE INCORPORA A ESTAS CLASES, ESCOLARIZADO EN EL SISTEMA EDUCATIVO DEL PAIS RECEPTOR, DEBE HABER ADQUIRIDO YA LA MOTRICIDAD MANUAL NECESARIA PARA EL TRAZADO DE LOS SIGNOS GRAFICOS, POR LO QUE SE HABRA ACOSTUMBRADO A UN DETERMINADO TIPO DE CALIGRAFIA. NO SERA, PUES, NECESARIO DEDICAR EL ESCASO TIEMPO DE QUE SE DISPONE EL APRENDIZAJE DE DESTREZAS CALIGRAFICAS, PERO SI SE HA DE CONTRIBUIR A CONSOLIDARLAS.

EL APRENDIZAJE DEL VOCABULARIO DEBE TRABAJARSE EN TRES FRENTES DIFERENTES, PERO COMPLEMENTARIOS: A) CONSOLIDACION DEL VOCABULARIO ADQUIRIDO; B) ESTUDIO DE NUEVAS ACEPCIONES DE PALABRAS DEL NIVEL ANTERIOR; C) AMPLIACION DEL VOCABULARIO CON LAINCORPORACION DE NUEVOS CENTROS DE INTERES.

LOS OBJETIVOS MORFOSINTACTICOS NO SE DIRIGEN AL ESTUDIO DE LA GRAMATICA NORMATIVA, SINO A CONSEGUIR QUE LOS ALUMNOS SE EXPRESEN DE MODO ELEMENTAL, PERO CON CORRECCION Y EFICACIA. LOS EJERCICIOS ESTRUCTURALES SISTEMATICOS, PARTIENDO SIEMPRE DE SITUACIONES REALES DE COMUNICACION QUE VENDRAN DETERMINADAS POR LOS CENTROS DE INTERES, SON NECESARIOS PARA LA PRACTICA DE UNA LENGUA CONSTANTEMENTE AMENAZADA POR LAS INTERFERENCIAS DE LA LENGUA CIRCUNDANTE. SE DEBERA ATENDER, PUES, A EJERCITAR LAS ESTRUCTURAS BASICAS DE NUESTRO IDIOMA Y A EVITAR LAS INTERFERENCIAS PARA FACILITAR LA EXPRESION CREATIVA Y CORRECTA EN ESPAÑOL.

POR ULTIMO, EL ESTUDIO DE LA CULTURA ESPAÑOLA, EN ESTA FASE DE INICIACION, DEBE SER ELEMENTAL, CON UN TRATAMIENTO MAS LUDICO QUE CIENTIFICO. SU CARACTER HA DE SER ESENCIALMENTE INSTRUMENTAL: PRETEXTO INFORMAL, NECESARIO PARA EL LOGRO DEL OBJETIVO PRINCIPAL, EL APRENDIZAJE DE LA LENGUA QUE FACILITA LA COMUNICACION.

NIVEL 2

INTRODUCCION

EN ESTE NIVEL SE PRETENDE AFIANZAR E INTENSIFICAR LAS ENSEÑANZAS ADQUIRIDAS ANTERIORMENTE. LA PRINCIPAL NOVEDAD CONSISTE EN LA INICIACION EN EL CONOCIMIENTO DE DETERMINADAS TECNICAS DE TRABAJO, FUNDAMENTALES PARA MEJORAR LA COMPRENSION Y LA EXPRESION, ORALES Y ESCRITAS. LA ENSEÑANZA, EN ESTE NIVEL, DEBE RESPONDER A LAS NECESIDADES EXPRESIVAS DEL ALUMNO Y A LA RELACION QUE SE ESTABLECE ENTRE LOS COMPONENTES DEL GRUPO. OTROS ASPECTOS IMPORTANTES SON EL AFIANZAMIENTO Y DESARROLLO DE LAS ESTRUCTURAS BASICAS DE LA LENGUA Y LA PROFUNDIZACION MESURADA EN EL CONOCIMIENTO DE LA CULTURA ESPAÑOLA.

LOS OBJETIVOS SE REFIEREN A LOS SIGUIENTES APARTADOS: TECNICAS DE TRABAJO, COMPRENSION Y EXPRESION ORALES, COMPRENSION Y EXPRESION ESCRITAS, LEXICO, MORFOSINTAXIS Y CULTURA.

EN LO REFERENTE A LAS TECNICAS DE TRABAJO, SE ACONSEJA APROVECHAR LOS CONOCIMIENTOS ADQUIRIDOS POR EL ALUMNO EN LA ESCUELA DEL PAIS DE RESIDENCIA.

POR OTRA PARTE, SU TRATAMIENTO DEBE ADAPTARSE A LOS INTERESES Y MADUREZ DE LOS ALUMNOS.

EL INSTRUMENTO IDONEO PARA PERFECCIONAR LA COMPRENSION Y EXPRESION ESCRITAS ES EL COMENTARIO DE TEXTOS, EMPLEADO DE MODO ELEMENTAL EN UN ESTADIO INICIAL.

SE ACONSEJA UTILIZAR TEXTOS LITERARIOS, DE CIERTA CALIDAD Y ATRACTIVOS, ADAPTADOS A LA EDAD E INTERESES DEL ALUMNADO.

EL CONOCIMIENTO Y LA PRACTICA DE LAS REGLAS ORTOGRAFICAS Y DE LAS REGLAS DE ACENTUACION, QUE PUEDEN PARECER EXCESIVAS EN ESTE NIVEL, SE HAN INCLUIDO PORQUE CONSIDERAMOS CONVENIENTE QUE LOS ALUMNOS ADQUIERAN ESTOS HABITOS DESDE TEMPRANA EDAD. POR OTRA PARTE, SE DA UNA ESPECIAL IMPORTANCIA A LA COMPOSICION DE TEXTOS PERSONALES, INSTRUMENTO ESENCIAL PARA QUE EL ALUMNO PARTICIPE ACTIVAMENTE Y PARA QUE DESARROLLO LA CREATIVIDAD.

CONOCER Y, SOBRE TODO, UTILIZAR ESTRUCTURAS USUALES DE LA LENGUA, SEAN SIMPLES O COMPLEJAS, SON LOS OBJETIVOS FUNDAMENTALES DEL PLANO MORFOSINTACTICO. EN ESTE SENTIDO, SE DEBEN TRABAJAR LAS DISTINTAS CLASES DE PALABRAS QUE PUEDEN FORMAR PARTE DE LOS GRUPOS NOMINAL Y VERBAL.

POR ULTIMO, EN EL APARTADO DE CULTURA SE INTENSIFICA Y AMPLIA EL ESTUDIO DE LA GEOGRAFIA ESPAÑOLA CON ASPECTOS HUMANOS Y CULTURALES. ASIMISMO SE PRETENDE ANALIZAR DE MODO MUY ELEMENTAL EL PAPEL DE ESPAÑA EN EL CONTEXTO INTERNACIONAL. NIVEL 3

INTRODUCCION

ESTE NIVEL SE SITUA EN LA ETAPA FINAL DEL PROCESO DE APRENDIZAJE SISTEMATICO DE LA LENGUA. LA ENSEPRACTICA Y ACTIVA SIGUE SIENDO EL METODO ESENCIAL PARA PERFECCIONAR Y POTENCIAR LA COMPRENSION Y LA EXPRESION, TANTO EN EL ASPECTO ORAL COMO EN EL ESCRITO. CON ESTE CRITERIO SE PROFUNDIZA DE MANERA ESPECIAL EN EL ESTUDIO DE LA ORTOGRAFIA, DEL VOCABULARIO Y DE LA MORFOSINTAXIS.

LA UTILIZACION ADECUADA DE LOS REGISTROS DE LA LENGUA SEGUN LA SITUACION COMUNICATIVA, EL ADIESTRAMIENTO EN LOS DISTINTOS TIPOS DE ESCRITO Y EN LAS DIFERENTES FORMAS DE DISCURSOS, Y LA PRACTICA DEL COMENTARIO DE TEXTOS CONSTITUYEN, EN LO REFERENTE AL ESTUDIO DE LA LENGUA, LOS ASPECTOS NUCLEARES DE ESTE NIVEL.

POR OTRA PARTE, SE INICIA AL ALUMNO EN EL ESTUDIO HISTORICO DE LA CULTURA ESPAÑOLA. ESTA INTRODUCCION PRETENDE EXCLUSIVAMENTE APORTAR UNA VISION PANORAMICA Y SINTETICA DE NUESTRO DEVENIR CULTURAL. HISTORIA Y CULTURA NO SIGNIFICAN AQUI NI ABIGARRADA Y PROLIJA NARRACION DE SUCESOS NI COMPLEJA DESCRIPCION DE ACTITUDES E IDEAS, SINO PRESENTACION GENERAL ESQUEMATICA Y ELEMENTAL DE LAS CARACTERISTICAS DE LOS SUCESIVOS CICLOS DE NUESTRA HISTORIA; CARACTERISTICAS QUE DEBEN APROXIMARNOS A NUESTRAS SEÑAS DE IDENTIDAD.

POR ULTIMO, DEBEMOS SEÑALAR QUE EL ESTUDIO CONJUNTO E INTERRELACIONADO DE LA LENGUA Y DE LA CULTURA ENCUENTRA SU INSTRUMENTO EN EL COMENTARIO DE TEXTOS BIEN SEA A TRAVES DE FRAGMENTOS, BIEN DE OBRAS INTEGRAS , AL TENER QUE SITUAR EL TEXTO EN EL PERIODO HISTORICO-CULTURAL AL QUE PERTENECE.

NIVEL 4

INTRODUCCION

CON ESTE NIVEL SE CULMINA UN LARGO PROCESO DE APRENDIZAJE DE LA LENGUA ESPAÑOLA: ESTA PASA DE SER UN MERO INSTRUMENTO DE COMUNICACION A CONVERTIRSE EN VEHICULO DE CONOCIMIENTO, ENSUS ASPECTOS DE COMPRENSION Y EXPRESION, DE UNA RICA Y VARIADA CULTURA.

LA LENGUA COMO SUSTANCIA INHERENTE A LA CULTURA, Y ESTA ULTIMA COMO CONJUNTO DE MANIFESTACIONES EN QUE SE EXPRESA LA VIDA DE UN PUEBLO, ADQUIEREN AHORA, EN PERFECTA RECIPROCIDAD, IDENTICA CONSIDERACION.

EL ALUMNO, CONOCEDOR DE LOS MECANISMOS LINGUISTICOS BASICOS DEL ESPAÑOL, ESTA AHORA EN DISPOSICION DE COMPRENDER LOS VALORES SIGNIFICATIVOS DE DIFERENTES RECURSOS EXPRESIVOS, ASI COMO DE MANIFESTARSE CRITICAMENTE ANTE CUALQUIER MENSAJE ORAL O ESCRITO. ASIMISMO HA DEBIDO ALCANZAR LA MADUREZ SUFICIENTE PARA DESARROLLAR SU CREATIVIDAD. ESTOS DOS ASPECTOS, ACTITUD CRITICA Y CREACION DE TEXTOS, SON OBJETIVOS PRIORITARIOS DE ESTA ETAPA FINAL.

LOS MEDIOS DE TRABAJO ELEGIDOS PARA ALCANZAR LOS OBJETIVOS MENCIONADOS SON EL ANALISIS DE TEXTOS Y DE OBRAS ARTISTICAS Y EL ESTUDIO DE TEMAS MONOGRAFICOS REFERIDOS A LA CULTURA ESPAÑOLA.

LA NOVEDAD DEL ANALISIS DE OBRAS CONSISTE EN HACER EXTENSIVO EL COMENTARIO A CUALQUIER MODO DE EXPRESION ARTISTICA (LITERARIA, PICTORICA, ESCULTORICA, ARQUITECTONICA, ETC.). SE TRATA DE DESCRIBIR Y EXAMINAR LOS ELEMENTOS CARACTERISTICOS DE DISTINTAS MANIFESTACIONES DEL ARTE, ASI COMO DE ESTABLECER RELACIONES DE SEMEJANZA O DE CONTRASTE ENTRE ELLAS. ASIMISMO SE HA DE VER COMO CADA OBRA ARTISTICA O LITERARIA EXPRESA ESTETICAMENTE EL SENTIR DE LA EPOCA EN QUE SE PRODUCE.

EL ESTUDIO DE TEMAS MONOGRAFICOS SELECCIONADOS CON CRITERIOS DE INTERES, AMENIDAD Y ACTUALIDAD SE ADECUA A LA MAYORIA DE EDAD INTELECTUAL QUE LOS ALUMNOS HAN DEBIDO ALCANZAR. CON ESTA ACTIVIDAD SE PRETENDE:

INTERESAR AL ALUMNO EN EL ESTUDIO Y LA INVESTIGACION DE LA CULTURA ESPAÑOLA.

AMPLIAR EN PROFUNDIDAD EL CONOCIMIENTO DE NUESTRA CULTURA EN SUS VARIADOS ASPECTOS: GEOGRAFICO, HISTORICO, ARTISTICO, SOCIAL, ETC.

UBICAR ESPACIAL, TEMPORAL E HISTORICAMENTE LOS ASPECTOS FUNDAMENTALES DE LA CULTURA ESPAÑOLA.

DESCUBRIR LA RELACION QUE GUARDAN ENTRE SI LOS DISTINTOS MOVIMIENTOS, GRUPOS Y TENDENCIAS CULTURALES, Y ANALIZAR EL PROCESO DE EVOLUCION QUE HAN EXPERIMENTADO EN EL TIEMPO.

RELACIONAR ACONTECIMIENTOS DE LA HISTORIA DE LA CULTURA ESPAÑOLA CON LA DEL PAIS DE RESIDENCIA DEL ALUMNO.

ADQUIRIR UNA OPINION PERSONAL SOBRE TEMAS Y SUCESOS ESENCIALES DE NUESTRA CULTURA.

LOS ALUMNOS TENDRAN QUE ANALIZAR Y DESARROLLAR UN MINIMO DE SEIS TEMAS DURANTE EL TIEMPO ASIGNADO A ESTE NIVEL. SEGUN CRITERIOS DE ACTUALIDAD, INTERES Y TRASCENDENCIA, LOS TEMAS PROPUESTOS SE HAN DISTRIBUIDO EN DOS BLOQUES. DEL PRIMERO GRUPO A TENDRAN QUE TRABAJAR OBLIGATORIAMENTE TRES; DEL SEGUNDO GRUPO B , CUYA LISTA ES ABIERTA Y, POR TANTO, SOLO INDICATIVA, OTROS TRES.

4.

CULTURA: TEMAS MONOGRAFICOS

GRUPO A:

1. ESPAÑA Y EUROPA: RELACIONES E INFLUENCIAS EN EL PASADO Y EN LA ACTUALIDAD.

2. ESPAÑA Y AMERICA: RELACIONES HISTORICO-CULTURALES.

3. LA LITERATURA CONTEMPORANEA EN LENGUA ESPAÑOLA.

4. PANORAMA DEL ARTE ESPAÑOL CONTEMPORANEO.

5. EL SISTEMA POLITICO ESPAÑOL: LA CONSTITUCION DE 1978.

6. CONMEMORACIONES, CENTENARIOS, GRANDES EXPOSICIONES, ETC.

GRUPO B:

1. LOS MEDIOS DE COMUNICACION SOCIAL EN ESPAÑA: PRENSA, RADIO, TELEVISION.

2. EL CINE ESPAÑOL.

3. PERSONALIDADES DESTACADAS DE NUESTRA CULTURA: CIENTIFICOS, PINTORES, ESCULTORES, ARQUITECTOS, ESCRITORES, ETC.

4. PRINCIPALES MUSEOS Y MONUMENTOS DE ESPAÑA.

5. DEPORTES Y ESPECTACULOS AUTOCTONOS.

6. RUTAS TURISTICAS: RUTA DE LA PLATA, CAMINO DE SANTIAGO, RUTA CERVANTINA, ETC.

7. PARQUES NACIONALES.

8. FIESTAS POPULARES DE ESPAÑA.

9. ASPECTOS DE LA ECONOMIA ESPAÑOLA: FUENTES DE ENERGIA.

10. INSTITUCIONES CULTURALES Y CIENTIFICAS: REALES ACADEMIAS, BIBLIOTECAS, ARCHIVOS, CENTROS DE INVESTIGACION, ETC.

11. MUSICA POPULAR Y TRADICIONAL ESPAÑOLA.

12. EL REFRANERO.

13. SITUACION LINGUISTICA DE ESPAÑA: LENGUAS Y DIALECTOS.

14. GRUPOS ETNICOS DE LA SOCIEDAD ESPAÑOLA.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 30/09/1987
  • Fecha de publicación: 09/10/1987
  • Fecha de entrada en vigor: 10/10/1987
  • Fecha de derogación: 07/08/1993
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA por el Real Decreto 1027/1993, de 25 de junio (Ref. BOE-A-1993-20613).
  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 286 de 30 de noviembre de 1987 (Ref. BOE-A-1987-26785).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el Real Decreto 564/1987, de 15 de abril (Ref. BOE-A-1987-10242).
Materias
  • Bachillerato
  • Centros de enseñanza
  • Centros de enseñanza españoles en el extranjero
  • Consulados
  • Cultura
  • Curso de Orientación Universitaria
  • Educación
  • Educación General Básica
  • Embajadas
  • Enseñanza
  • Enseñanza a Distancia
  • Enseñanza de Formación Profesional
  • Estudios extranjeros
  • Extranjeros
  • Instituto Nacional de Bachillerato a Distancia
  • Lengua Española
  • Ministerio de Educación y Ciencia
  • Profesorado
  • Universidad Nacional de Educación a Distancia
  • Universidades

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