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Ilmo. Sr.: De conformidad con el dictamen emitido por el Consejo Nacional de Educación,
Este Ministerio ha resuelto que, a efectos de lo prevenido en el artículo 16 de la Ley 83 1965, de 17 de julio, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4.° del Decreto 1200/1966 de 31 de marzo, sobre ordenación de Departamentos en la Facultad de Filosofía y Letras, se considere que las cátedras de «Psicología», «Psicología general» y «Etica y Sociología», de las Facultades de Filosofía y Letras, son equiparadas a la de «Psicología social» de la misma Facultad, y sin que esta equiparación tenga carácter recíproco.
Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 3 de abril de 1975.‒P. D., el Director general de Universidades e Investigación, Felipe Lucena Conde.
Ilmo. Sr. Director general de Universidades e Investigación.
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