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Ilmo. Sr.: Visto el expediente instruído para la supresión del Juzgado de Paz de Castillejo de Dos Casas, como consecuencia de la incorporación de su municipio al de Aldea del Obispo (Salamanca),
Este Ministerio, de conformidad con la propuesta formulada por la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo, y teniendo en cuenta lo establecido en la base primera de la Ley de 19 de julio de 1944, ha acordado la supresión del Juzgado de Paz de Castillejo de Dos Casas y su incorporación al de igual clase del de Aldea del Obispo, el que se hará cargo de la documentación y archivo del Juzgado de Paz suprimido.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 4 de junio de 1975.
SANCHEZ-VENTURA
Ilmo. Sr. Director general de Justicia.
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