A fin de reunir en un Centro adecuado todos los protocolos notariales centenarios y demás documentos de valor histórico existentes en la provincia de Burgos, evitando así el peligro de su dispersión y facilitando a la vez la labor de los investigadores, se hace necesaria la creación de un Archivo Histórico Provincial, que estará formado por los fondos actualmente reunidos en la Casa de la Cultura y los que en lo sucesivo se irán recogiendo.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Educación y Ciencia, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día veintitrés de mayo de mil novecientos setenta y cinco,
DISPONGO:
Se crea el Archivo. Histórico de Burgos, que estará formado por los protocolos notariales centenarios y por los demás documentos que se conservan actualmente en la Casa de la Cultura de dicha ciudad, que constituirán la base inicial del citado Archivo, y toda la documentación provincial de valor que pueda ser recogida como fondo histórico.
El citado Archivo dependerá de la Dirección General del Patrimonio Artístico y Cultural y estará a cargo de funcionarios del Cuerpo Facultativo de Archiveros y Bibliotecarios y del Auxiliar de Archivos, Bibliotecas y Museos.
Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid a veintiséis de junio de mil novecientos setenta y cinco.
FRANCISCO FRANCO
El Ministro de Educación y Ciencia,
CRUZ MARTINEZ ESTERUELAS
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