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Documento BOE-A-1975-17621

Decreto 1942/1975, de 17 de julio, por el que se establece una nota legal complementaria en el capítulo 31 del Arancel de Aduanas (Abonos).

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 200, de 21 de agosto de 1975, páginas 17713 a 17713 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Comercio
Referencia:
BOE-A-1975-17621

TEXTO ORIGINAL

El Decreto novecientos noventa y nueve/mil novecientos sesenta, del Ministerio de Comercio, de treinta de mayo, autoriza en su artículo segundo a los Organismos, Entidades y personas interesadas para formular, de conformidad con lo dispuesto en el artículo octavo de la Ley Arancelaria, las reclamaciones o peticiones que consideren conveniente en relación con el Arancel de Aduanas.

Como consecuencia de peticiones formuladas al amparo de dicha disposición, y que han sido reglamentariamente tramitadas por la Dirección General de Política Arancelaria e Importación, se ha estimado conveniente establecer una nota legal complementaria en el capítulo treinta y uno del Arancel de Aduanas.

En su virtud, y en uso de la autorización conferida en el artículo sexto, número cuatro, de la mencionada Ley Arancelaria de uno de mayo de mil novecientos sesenta, a propuesta del Ministro de Comercio y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día cuatro de julio de mil novecientos setenta y cinco,

DISPONGO:

Artículo 1.

Se establece una nota legal complementaria en el capítulo treinta y uno del Arancel de Aduanas, con la siguiente redacción:

«Uno. El nitrato cálcico con un contenido de nitrato amónico igual o inferior al siete coma cinco por ciento está comprendido en la subpartida treinta y uno punto cero dos-C.»

Artículo 2.

El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Así lo dispongo por el presente Decreto dado en Madrid a diecisiete de julio de mil novecientos setenta y cinco.

FRANCISCO FRANCO

El Ministro de Comercio.

JOSE LUIS CERON AYUSO

ANÁLISIS

  • Rango: Decreto
  • Fecha de disposición: 17/07/1975
  • Fecha de publicación: 21/08/1975
  • Fecha de entrada en vigor: 21/08/1975
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • capítulo 31 del Arancel aprobado por Decreto 999/1960, de 30 de mayo (Ref. BOE-A-1960-7965).
    • art. 6.4 de la Ley 1/1960, de 1 de mayo (Ref. BOE-A-1960-7005).
Materias
  • Abonos
  • Arancel de Aduanas

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