Contido non dispoñible en galego
Ilmo. Sr.: Visto el expediente instruido para la supresión de los Juzgados de Paz de Villasidro, Yudego y Villandiego, Castrillo de Murcia, Olmillos de Sasamón y Citores del Páramo, como consecuencia de la fusión de sus municipios con el de Sasamón (Burgos),
Este Ministerio, de conformidad con la propuesta formulada por la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo, y teniendo en cuenta lo establecido en la base primera de la Ley de 19 de julio de 1944, ha acordado la supresión de los Juzgados de Paz de Villasidro. Yudego y Villandiego. Castrillo de Murcia, Olmillos de Sasamón y Citores del Páramo, y su incorporación al de igual clase de Sasamón, el que se hará cargo de la documentación y archivo de los Juzgados de Paz suprimidos.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 8 de octubre de 1975.
SANCHEZ-VENTURA
Ilmo. Sr. Director general de Justicia.
Axencia Estatal Boletín Oficial do Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid