A fin de dar la debida relevancia nacional a los actos que tendrán lugar el próximo día veintisiete de los corrientes, con motivo de la reciente proclamación real, el Gobierno ha considerado oportuno adoptar las medidas que la solemnidad aconseja.
En su virtud, a propuesta de la Presidencia del Gobierno y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día veinticinco de noviembre de mil novecientos setenta y cinco,
DISPONGO:
Uno. El día veintisiete de noviembre de mil novecientos setenta y cinco se declara fiesta oficial a los efectos administrativos, judiciales y académicos, en todo el territorio nacional.
Dos. En Madrid se considerará asimismo festividad laboral dicho día hasta las quince horas.
El luto nacional declarado por el Decreto dos mil novecientos treinta y nueve/mil novecientos setenta y cinco, de veinte de noviembre, quedará sin efecto durante el citado día veintisiete, hasta las quince horas.
Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid a veinticinco de noviembre de mil novecientos setenta y cinco.
JUAN CARLOS
El Ministro de la Presidencia del Gobierno,
ANTONIO CARRO MARTINEZ
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