Ilmo. Sr.: Visto el expediente instruido para la supresión del Juzgado de Paz de Figueruela de Sayago, como consecuencia de la incorporación de su municipio al de Peñausende (Zamora),
Este Ministerio, de conformidad con la propuesta formulada por la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo, y teniendo en cuenta lo establecido en la base primera de la Ley de 16 de julio de 1944, ha acordado la supresión del Juzgado de Paz de Figueruela de Sayago y su incorporación al de igual clase de Peñausende, el que se hará cargo de la documentación y archivo del Juzgado de Paz suprimido.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 30 de abril de 1976.—P. D., el Subsecretario, Marcelino Cabanas.
Ilmo. Sr. Director general de Justicia.
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