Advertido error en el texto remitido para su publicación del mencionado Real Decreto, inserto en el «Boletín Oficial del Estado» número 182, de fecha 30 de julio de 1976, páginas 14711 y 14712, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:
En el artículo segundo, líneas cuarta y quinta, donde dice: «... establecidos en el Decreto dos mil treinta y cuatro/mil novecientos setenta y uno,...», debe decir: «... establecidos en el Decreto dos mil cuarenta y tres/mil novecientos setenta y uno,...»
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