Por el Ministerio de Justicia se procede actualmente a la revisión de la circunscripción territorial de los Registros de la Propiedad, inspirada en las necesidades del servicio y en la nivelación de trabajo y rendimiento de estas oficinas, lo cual si aconseja, por una parte, el aumento de Registros en aquellas zonas de crecimiento demográfico y social, paralelamente, de otra, requiere la fusión de Distritos Hipotecarios limítrofes en que el escaso volumen de titulación así lo precise, y a tal efecto, y de conformidad con lo establecido en el Decreto de veintidós de julio de mil novecientos sesenta y siete, Órdenes ministeriales de veinticinco de agosto siguiente y trece de febrero de mil novecientos setenta y cuatro y artículos doscientos setenta y cinco de la Ley Hipotecaria y cuatrocientos ochenta y cuatro del Reglamento para su aplicación, se ha instruido el oportuno expediente, en el que se han recogido los informes preceptivos y ha sido dictaminado favorablemente por el. Consejo de Estado.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día cinco de diciembre de mil novecientos setenta y cinco,
DISPONGO:
Queda suprimido el Registro de la Propiedad de Murias de Paredes, de modo que su actual Distrito Hipotecario pase a integrarse en el de León, salvo los Municipios de Villablino y de Palacios del Sil, que lo serán en el de Ponferrada, a cuyo partido judicial pertenecen.
Queda suprimida, asimismo, la Oficina Liquidadora de Murias de Paredes, que pasará a integrarse en la de Ponferrada y en la Abogacía del Estado de León, en la forma que se dispone en el artículo anterior.
El Ministro de Justicia, a través de la Dirección General de los Registros y del Notariado, adoptará las medidas necesarias para el cumplimiento de este Decreto.
Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid a cinco de diciembre de mil novecientos setenta y cinco.
JUAN CARLOS
El Ministro de Justicia,
JOSÉ MARÍA SÁNCHEZ-VENTURA PASCUAL
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